Miércoles, 04 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

El núcleo del Concilio Vaticano II


Más exacto que decir «el fiel católico es el que obedece al Papa», es decir que el verdadero creyente es el que profesa la fe en Jesucristo, en unión con los obispos, que están en comunión con el Papa.

por Pedro Trevijano

Conocer el Concilio Vaticano II y su espíritu es conocer lo que es realmente la Iglesia católica, que en tantas ocasiones no tiene nada que ver con lo que algunos grupos quieren hacernos creer que es el espíritu del Concilio Vaticano II. Estos grupos tienen auténtica inquina a todo lo que suponga autoridad en la Iglesia, y acusan a esta autoridad de favorecer descaradamente a la ultra derecha eclesiástica, como se ha visto recientemente en el levantamiento de la excomunión de los obispos lefevbrianos, levantamiento que no pasa de ser un gesto de cortesía, porque, que yo sepa, las autoridades eclesiásticas no les han encomendado el gobierno de ninguna diócesis. En cambio los pobrecitos grupos de izquierda están sometidos a una persecución implacable y doctrinalmente no se les pasa ni una. Por ejemplo en mi Comunidad de la Rioja Cristianos para el Socialismo escribía en enero que «el único punto incontrovertible, absoluto, indiscutible, y, si se quiere dogmático, del mensaje cristiano es el mandamiento de la caritas, del amor fraterno», lo que está en flagrante contradicción con la enseñanza de Iglesia. Por cierto, ¿por qué Roma, a semejanza de lo que ha hecho con los lefevbrianos, no les levanta la excomunión a estos grupos? Pues, muy sencillo, no les levanta la excomunión, porque no puede y no puede porque no les ha excomulgado. Pero volvamos al Concilio: su tema clave fue la colegialidad episcopal, es decir, ¿a quien corresponde la suprema autoridad en la Iglesia? De este asunto se ocupa La Constitución Dogmática «Lumen Gentium» en sus números 22 y 23, interpretados auténticamente, es decir oficialmente, por la Nota Explicativa Previa que acompaña el documento. Evidentemente en el Vaticano II se tuvo en cuenta la doctrina de los Concilios anteriores, especialmente la del Vaticano I sobre el Primado y la infalibilidad papal, aunque ésta según ya dije en otro artículo, sólo se ejercita rarísimamente. El Papa, como Vicario de Cristo y Pastor supremo de la Iglesia, puede ejercer libremente su potestad en todo tiempo, como lo exige su propio ministerio, y su autoridad se basa en que es el Vicario de Cristo, ya que el Primado del Papa no puede tener una estructura colegial. Si el Papa no tuviese personalmente el poder supremo, no sería verdaderamente el jefe de la Iglesia. Según el Concilio la suprema autoridad en la Iglesia también la tiene el Colegio Episcopal, que puede ejercitarla de dos modos inadecuadamente distintos: por medio de su Cabeza, el Papa o por la Cabeza juntamente con los miembros del Colegio (Papa más Obispos), pero nunca sin el Papa y menos contra el Papa. En cambio los Obispos se convierten en miembros del Colegio en virtud de la consagración episcopal, (también el Papa si fuese elegido Papa un no obispo lo primero que habría que hacer es consagrarle inmediatamente Obispo), y por la comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del Colegio, comunión jerárquica de los obispos con el Papa que es indiscutible en la Tradición de la Iglesia y que hace que el colegio episcopal pertenezca por derecho divino a la Constitución de la Iglesia. La colegialidad, por tanto, supone un aumento y una disminución del poder de los obispos. Aumento, en cuanto a ninguno de ellos le debe ser indiferente lo que sucede en la Iglesia Universal y deben tomar sus decisiones, no me corresponde hablar aquí de los aspectos jurídicos, teniendo en cuenta el bien de su diócesis y el de la Iglesia Universal, y disminución, porque eso mismo supone que no deben actuar a su antojo. Es decir, los Obispos tienen, todos juntos y personalmente, una responsabilidad de cara a toda la Iglesia Universal. El «colegio de los obispos» es el conjunto de éstos, se encuentren reunidos en un solo lugar, lo que sucede excepcionalmente en los concilios ecuménicos, donde son en comunión jerárquica con el Papa maestros y jueces de la fe, o estén dispersos por el mundo. Por ello más exacto que decir «el fiel católico es el que obedece al Papa», es decir que el verdadero creyente es el que profesa la fe en Jesucristo, en unión con los obispos, que están en comunión con el Papa. Esta doctrina de la colegialidad episcopal, aunque nunca ha sido objeto de definición solemne, forma parte del patrimonio de la Tradición desde hace veinte siglos. No se trata de corregir un régimen monárquico atemperándolo con elementos de democracia, ni de investigar cuál es la mejor forma de gobierno, sino de penetrar en el contenido de la fe. El episcopado no es una realidad simplemente dependiente del Papa, sino es una comunidad jerárquica que tiene un Primado donde se concentran la plenitud de los poderes, de tal modo que las decisiones de éste tanto en el orden de la fe como en el de la jurisdicción son la última instancia.
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