Sábado, 23 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Conservar en España la sangre de cordón


La ley española obliga a hacer por ley algo que debería ser voluntario: Permitir que se puedan conservar las células madre del hijo para un uso eventual dentro de la familia, a la par que ofrecerlas como donación para un potencial enfermo que pudiera beneficiarse de ellas. La combinación del mejor de los dos mundos.

por Agustín Losada

Opinión

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha dicho en la presentación de un libro sobre la sangre de cordón, según recoge Europa Press, que “el Gobierno prohíbe a los ciudadanos que depositen y conserven las células madre del cordón umbilical de sus hijos para sí, pagando ellos el depósito”.
 
Esto es una verdad a medias, pero amplificada por las empresas que en España operan en este ámbito, a las que les interesa que se haga publicidad de su modelo de negocio.
 
En efecto, en España se promulgó en noviembre del 2006 el RD 1301/2006 que regulaba, entre otras cosas, el uso de la sangre del cordón umbilical (SCU) y la existencia de bancos privados de sangre de cordón. En su anexo I.1 la ley establece los requisitos y condiciones mínimas para las autorizaciones de establecimientos de tejidos y centros o unidades de obtención y aplicación de células y tejidos. En base a dichos requisitos, el Gobierno de Esperanza Aguirre ha autorizado de momento a cuatro empresas para que establezcan en Madrid un banco de sangre de cordón. Así pues, no es cierto que no se pueda conservar la sangre de cordón de forma privada en España. Sin embargo, sí es verdad que se ponen muchas trabas:
 
De esas cuatro empresas autorizadas, una de ellas jamás ha procesado una unidad en nuestro país. Se trata de un laboratorio de análisis clínico, que consiguió para sus instalaciones una ampliación de servicios para incluir el procesamiento de la sangre de cordón umbilical. Luego se lo ofreció a la empresa comercializadora del servicio de conservación de SCU en cuyo accionariado participaba. Así, esta empresa empezó a publicitar que estaban autorizados en España, cuando la realidad es que nunca han procesado un solo cordón en España, ni mucho menos lo han almacenado aquí. De hecho, sus directivos se jactan en público de la estratagema legal que habían inventado para lograr una apariencia de autorización. Todas las unidades que recogen son enviadas en fresco a procesar a un laboratorio europeo, donde luego son conservadas. Se trata, en realidad, de un mero intermediario logístico.
 
De las tres empresas restantes, una es una evolución de un lucrativo negocio de fecundación in vitro. Dado que ya disponía de las instalaciones de criogenización, que utilizan para los gametos y embriones humanos que guardan allí congelados, solicitaron y obtuvieron permiso para ampliar sus servicios a los de procesamiento de SCU. Pero aunque podrían hacerlo en teoría, en la práctica no facilitan el depósito en España. De manera descarada desaniman a las familias que se interesan por guardar su unidad de SCU en España con argumentos del tipo "si la guardas en España te la pueden expropiar". La tercera empresa fue creada como consecuencia de la escisión de otro banco. Juntamente con la anterior consiguió la autorización en enero de este año para un laboratorio que concertó con un hospital que ya trabajaba en temas oncológicos. Ambas empresas desaniman a sus potenciales clientes a guardar la SCU en España, dado que ni siquiera están preparados para hacerlo. Las dos operan igual en este sentido: Todas las unidades son enviadas, una vez procesadas, a conservar en instalaciones fuera de España.
 
Sólo la cuarta de estas empresas, que, por cierto, fue la primera en lograr la autorización en abril del 2007, ofrece la posibilidad real de almacenamiento de las células madre en España, disponiendo hasta ahora de cerca de 700 unidades en esta situación. Es esta empresa la única que en verdad puede ser considerada banco de sangre de cordón, puesto que procesa y almacena en nuestro país algunas muestras.
 
La razón de tanta complicación con el lugar de depósito, y la frase de Esperanza Aguirre sobre la imposibilidad de guardar la SCU en España, viene por el artículo 7.2 del citado Real Decreto, que dice literalmente lo siguiente:
"En el supuesto de uso autólogo eventual, (así llaman al depósito privado de la SCU en la ley) el contenido de la información facilitada con anterioridad a la obtención deberá incluir, además de lo previsto en el apartado anterior, la indicación de que las células y tejidos así obtenidos estarán a disposición para su uso alogénico en otros pacientes en el caso de existir indicación terapéutica...".
 
Es decir, que las muestras depositadas en España deben ser comunicadas al REDMO (registro de donantes de médula ósea) por si resultaran compatibles para otra persona. Son propiedad del niño, pero para poder estar legalmente en España, los padres deben firmar su cesión previa, para el caso de que fueran requeridas.
 
En mi opinión, el depósito mixto público-privado es la opción más éticamente correcta (aunque no la escogida por la mayoría). Sin condenar a las familias que deciden guardar el cordón de sus hijos para uso privativo, lo cual es perfectamente ético y legítimo, la realidad es que las posibilidades de uso actuales de la SCU para el propio niño o sus familiares son pequeñas. Sin embargo, desde luego que si se llega a necesitar, es la mejor alternativa terapéutica, si se dan las condiciones médicas requeridas. La ley española obliga a hacer por ley algo que debería ser voluntario: Permitir que se puedan conservar las células madre del hijo para un uso eventual dentro de la familia, a la par que ofrecerlas como donación para un potencial enfermo que pudiera beneficiarse de ellas. La combinación del mejor de los dos mundos. Lástima que se haga de forma obligatoria, en vez de optativa. Lo cual, por cierto, va en contra del principio de la donación altruista y voluntaria que refleja, entre otras leyes, el mismo RD 1301/2006. Por eso todas las demás empresas se llevan la sangre a conservar fuera de España, donde no existen estas limitaciones de propiedad. Si se hubiera dado la opción a las familias de conservar en España la SCU de sus hijos, ofreciéndola de modo voluntario al REDMO, estoy seguro de que la mayoría de las familias habrían aceptado la donación, manteniendo la capacidad de decisión sobre el destino de la muestra en todo momento. Por algo somos el primer país del mundo en donaciones.
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