Carta informativa de Monseñor Sebastián a los fieles de Lumen Dei
En consecuencia, hoy, los miembros de Lumen Dei que quieran estar en comunión con la Iglesia católica, tienen que aceptar el nombramiento del Comisario Pontificio hecho y confirmado válidamente por la Santa Sede mediante un Decreto de la Congregación para los Institutos de la Vida Consagrada, con fecha 14 de mayo
BREVE INFORMACIÓN Como responsable de la vida de Lumen Dei, con la mayor sencillez y el mejor afecto quiero informarle de los datos verdaderos en lo referente a mi nombramiento como Comisario Pontificio con autoridad y competencias de Presidente General de Unión Sacerdotal LD y Unión Lumen Dei. El P. Zavala y sus colaboradores dicen que el Decreto de la Congregación por el que se hace mi nombramiento es un Decreto NULO sin ningún efecto jurídico. Esto no es cierto. Mi nombramiento ha sido confirmado por la Santa Sede en dos ocasiones distintas, a pesar de las impugnaciones que ha hecho el P. Zavala. Es cierto que el Derecho canónico no menciona la posibilidad de nombrar un Comisario Pontificio en relación con las Asociaciones privadas, sino que lo menciona solo en relación con las Asociaciones públicas. Sin embargo, hay que tener en cuenta, que 1. Unión Sacerdotal Lumen Dei es una Asociación Pública. Por lo tanto no habría ninguna objeción respecto de todo lo que es Unión Sacerdotal. Aun así el P. Zavala no reconoce la autoridad de la Santa Sede. 2. Los expertos consultados dicen que, aunque el Código no mencione esta medida al hablar de las asociaciones privadas, tampoco la excluye. En ninguna parte se dice que algo semejante no pueda hacerse cuando las circunstancias lo aconsejen. 3. También es innegable que Lumen Dei funciona como una sola Asociación, cuya naturaleza jurídica las mismas Constituciones la dejan abierta y en manos de la Santa Sede. 4. En cualquier caso, si se quiere impugnar la validez de mi nombramiento, como ha hecho el P. Zavala, habrá que esperar que alguien con autoridad superior a la Congregación, declare la nulidad, pero de ninguna manera esta nulidad puede ser decidida por un particular especialmente afectado. En concreto, solo la Signatura Apostólica tiene autoridad para invalidar el Decreto de la Congregación. La misma Signatura ha dicho que el recurso presentado no suspende la ejecución del Decreto de la Congregación y en consecuencia hay que tener por válido mi nombramiento mientras la Signatura no diga lo contrario. El P. Zavala hace prevalecer su opinión particular en contra de la autoridad de la Congregación y de la misma Signatura Apostólica. Yo le digo al P. Zavala que las decisiones de la Santa Iglesia las tenemos que obedecer con la misma prontitud, y aun mayor, con que inculcamos la obediencia a los Superiores internos de Lumen Dei. 5. La dificultad que aducen por la naturaleza privada de los bienes de PRODEIN y de Testimonio es también una dificultad sin fundamento. El Comisario Pontificio interviene en el gobierno de Unión Lumen Dei no como un agente exterior a Lumen Dei, sino como Presidente General, con las mismas atribuciones y con los mismos derechos y limitaciones como lo han hecho anteriormente los otros Presidentes Generales. Hay que saber que la Santa Sede, además de destituir al P. Zavala de su cargo de Presidente General, le ha prohibido expresamente que se presente y actúe como tal, y además ha destituido a todos los Consultores miembros del Consejo General. Por encargo de la Santa Sede, yo les he comunicado oficialmente esta decisión. El caso es que nos encontramos ante una situación grave de desobediencia a la Santa Sede, que los miembros de Lumen Dei tienen que conocer para poder alinearse en conciencia con la autoridad y la comunión con la Santa Iglesia Católica que en este momento, en Lumen Dei, representa el Comisario Pontificio. En consecuencia, hoy, los miembros de Lumen Dei que quieran estar en comunión con la Iglesia católica, tienen que aceptar el nombramiento del Comisario Pontificio hecho y confirmado válidamente por la Santa Sede mediante un Decreto de la Congregación para los Institutos de la Vida Consagrada, con fecha 14 de mayo. Es una pena que la resistencia de unas pocas personas les mantengan en el error y les obliguen a tener que mantenerse en comunión con la Iglesia, representada hoy por el Comisario Pontificio, como único Superior legítimo de Lumen Dei, en contra de quienes pretenden seguir siendo superiores de Unión Lumen Dei negándose a obedecer la autoridad de la Santa Sede. Todo esto es doctrina firme y verdadera. Los miembros de Lumen Dei la pueden comentar con quienes quieran, de dentro y de fuera de la Asociación, con toda libertad, según su buen parecer. Ya comprendo que esta situación ha de resultar molesta y puede crear problemas de conciencia, pero poco a poco se va sabiendo la verdad y las personas se van manifestando con libertad según su conciencia y en perfecta comunión con la Iglesia católica. Les animo a que pregunten a personas entendidas y santas para que les ayuden a orientarse según la sana doctrina y la recta conciencia. Sepan todos que estoy a vuestra disposición para aclarar estos puntos cuanto sea necesario. Oremos con humildad y confianza para que la verdad de Dios ilumine nuestras almas y crezca nuestra caridad, en el interior de Lumen Dei y en la gran comunión de la Iglesia Católica en cuya obediencia quisieron vivir y morir los fundadores de Lumen Dei. Madrid, 28 de julio de 2008 + Fernando Sebastián Aguilar, C.M.F. Comisario Pontificio para ULD
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