Domingo, 24 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

De un plumazo


Ya sabemos que hay muchos temas para reivindicar frente a este gobierno sectario, injusto y totalitario. Pero cuando nos tocan a nuestros hijos es mas comprensible que levantemos la voz exigiendo nuestras libertades

por Remedios Falaguera

El Tribunal Supremo acaba de usurpar de un plumazo la libertad de enseñanza y el derecho de elección de la educación que los padres queremos para nuestros hijos, con una sentencia en la que, entre muchas otras cosas, reconoce el derecho de las Comunidades Autónomas a no concertar los centros educativos que tienen como proyecto pedagógico la educación diferenciada. Ya sabemos que hay muchos temas para reivindicar frente a este gobierno sectario, injusto y totalitario. Pero cuando nos tocan a nuestros hijos es mas comprensible que levantemos la voz exigiendo nuestras libertades. Unas libertades y derechos avalados no solo en la legislación española, sino también por la jurisprudencia europea … … como se puede demostrar en: - Art. 9 y 27 de la Constitución Española donde “se reconoce la libertad de enseñanza” y se garantiza “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” en unas condiciones de igualdad real y efectiva. - Art. 14 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000 segun el que “Toda persona tiene derecho a la educación. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas”. -Art. 26.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dispone que “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”. - Articulo 2 de la Convención de la UNESCO relativa a la lucha contra las discriminaciones en materia de enseñanza que proclama que “no serán consideradas como constitutivas de discriminación: la creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que estos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente calificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes”. Pues bien, resulta cuanto menos curioso que los mismos que hace unas décadas recorrían las calles pidiendo libertad, justicia, pluralidad…, en un intento de democratizar un sistema dictatorial que pretendía anular y marginar cualquier otra ideología divergente, son ahora los que, sin razonamientos pedagógicos y científicos que lo avalen, pretenden usurpar nuestro derecho legitimo y prioritario de educar a nuestros hijos y escoger el centro educativo que consideremos mejor para ello. Remedios Falaguera
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