La bases de la democracia (II)
El compromiso en defensa de la persona humana en su dignidad inviolable es y ha de ser considerado como parte integrante de la misión de la Iglesia. Ella, como dice el Concilio Vaticano II, «que en razón de su función y de su competencia no se confunde de ningún modo con la comunidad política, es al mismo tiempo signo y salvaguardia de la trascendencia de la persona humana.
Por esto mismo, el respeto absoluto a la vida humana desde su concepción hasta la muerte, el valor del matrimonio y de la familia, el respeto a la libertad de todos, la paz asentada en la justicia y la solidaridad efectiva con los más necesitados constituyen criterios esenciales para la actuación de los católicos en la vida pública y en la adopción de las decisiones que ante ella deba adoptar».
«Una verdadera democracia no puede atentar en manera alguna contra los valores que se manifiestan bajo la forma de derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida, como acabamos de señalar, en todas las fases de su existencia; los derechos de la familia, como comunidad básica o célula de la sociedad; la justicia en las relaciones laborales; los derechos concernientes a la vida de la comunidad política en cuanto tal –la participación en la obra común ejerciendo su libre voluntad–, así como los basados en la vocación trascendente del ser humano, empezando por el derecho de profesar y practicar el propio credo religioso» (Juan Pablo II.
La Iglesia, si bien no diseña y menos aún impone un «modelo» político o de ordenamiento de la sociedad, sí ofrece unas pautas objetivas para la convivencia: las que derivan, en defi nitiva, del reconocimiento pleno de la dignidad de la persona humana como piedra angular del Estado y de todos sus ordenamientos jurídicos al servicio del bien común. Aquí radica el fundamento de la comunidad política que se realizará y ordenará de forma plural en los distintos lugares y situaciones, pero que siempre lo ha de hacer sobre esa base insoslayable, si quiere construir una sociedad democrática en convivencia real de paz y justicia. De este fundamento, base para el impulso ético hacia los valores absolutos, que no dependen del orden jurídico o del consentimiento popular se derivan pautas podríamos decir objetivas o implicaciones concretas e inmediatas muy fundamentales y graves para la valoración jurídica de las instituciones básicas de la vida social el matrimonio y la familia, y la propia organización de la sociedad y el Estado, de acuerdo con los principios de subsidiariedad y legalidad. Esta «pauta objetiva» que ofrece la Iglesia, es decir, el concepto de persona como sujeto trascendente de derechos fundamentales, anterior al Estado y a su ordenamiento jurídico positivo, es un criterio básico en el que ha de inspirarse cualquier «modelo», de forma que un modelo de sociedad o de ordenamiento jurídico que no lo respetase o tutelase no merecería tampoco respeto y sumisión. Para que haya verdadera democracia se ha de respetar el derecho de libertad religiosa. Con cierta frecuencia aparecen en la opinión pública manifestaciones que pretenden cercenar el derecho a la libertad religiosa o el reducirlo a unos límites que lo desfi guran por completo. Así sucede en algunas manifestaciones respecto a la enseñanza religiosa escolar o a la escuela confesional, a las posiciones de la Iglesia en materia moral, o a la capacidad de la Iglesia para evangelizar. Con todos mis respetos, pero también con toda firmeza, es preciso denunciar que algunas de estas manifestaciones, más allá de la legítima libertad de opinión, están poniendo de relieve, además de una ignorancia de la naturaleza del hecho religioso y de la identidad de la Iglesia y su misión, una no aceptación con la amplitud que requiere del derecho a la libertad religiosa. Base y fundamento de la democracia es la salvaguardia del derecho de libertad religiosa. Entre las libertades, cuyo ejercicio garantiza la democracia, la religiosa es fundamental. Es principio y fundamento de la misma y base sobre la que se han de asentar las relaciones entre una confesión religiosa y el Estado, entre la Iglesia y el Estado.
A veces se observa en nuestra sociedad, en el funcionamiento real de la misma el riesgo de absorción en la política de la misma inquietud religiosa que habita en el corazón de todo hombre. Todo lo que impida o ponga en peligro el reconocimiento real de este derecho de libertad religiosa es desfi gurar y destruir la democracia. La suerte política y jurídica de todo el conjunto de los derechos fundamentales está indisolublemente vinculada al derecho a la libertad religiosa, siempre prioritaria. Una democracia sana y verdadera necesita del reconocimiento de este derecho como derecho fundamental de todas y cada una de las personas en el plano individual y como derecho social.
© La Razón
Por esto mismo, el respeto absoluto a la vida humana desde su concepción hasta la muerte, el valor del matrimonio y de la familia, el respeto a la libertad de todos, la paz asentada en la justicia y la solidaridad efectiva con los más necesitados constituyen criterios esenciales para la actuación de los católicos en la vida pública y en la adopción de las decisiones que ante ella deba adoptar».
«Una verdadera democracia no puede atentar en manera alguna contra los valores que se manifiestan bajo la forma de derechos fundamentales, especialmente el derecho a la vida, como acabamos de señalar, en todas las fases de su existencia; los derechos de la familia, como comunidad básica o célula de la sociedad; la justicia en las relaciones laborales; los derechos concernientes a la vida de la comunidad política en cuanto tal –la participación en la obra común ejerciendo su libre voluntad–, así como los basados en la vocación trascendente del ser humano, empezando por el derecho de profesar y practicar el propio credo religioso» (Juan Pablo II.
La Iglesia, si bien no diseña y menos aún impone un «modelo» político o de ordenamiento de la sociedad, sí ofrece unas pautas objetivas para la convivencia: las que derivan, en defi nitiva, del reconocimiento pleno de la dignidad de la persona humana como piedra angular del Estado y de todos sus ordenamientos jurídicos al servicio del bien común. Aquí radica el fundamento de la comunidad política que se realizará y ordenará de forma plural en los distintos lugares y situaciones, pero que siempre lo ha de hacer sobre esa base insoslayable, si quiere construir una sociedad democrática en convivencia real de paz y justicia. De este fundamento, base para el impulso ético hacia los valores absolutos, que no dependen del orden jurídico o del consentimiento popular se derivan pautas podríamos decir objetivas o implicaciones concretas e inmediatas muy fundamentales y graves para la valoración jurídica de las instituciones básicas de la vida social el matrimonio y la familia, y la propia organización de la sociedad y el Estado, de acuerdo con los principios de subsidiariedad y legalidad. Esta «pauta objetiva» que ofrece la Iglesia, es decir, el concepto de persona como sujeto trascendente de derechos fundamentales, anterior al Estado y a su ordenamiento jurídico positivo, es un criterio básico en el que ha de inspirarse cualquier «modelo», de forma que un modelo de sociedad o de ordenamiento jurídico que no lo respetase o tutelase no merecería tampoco respeto y sumisión. Para que haya verdadera democracia se ha de respetar el derecho de libertad religiosa. Con cierta frecuencia aparecen en la opinión pública manifestaciones que pretenden cercenar el derecho a la libertad religiosa o el reducirlo a unos límites que lo desfi guran por completo. Así sucede en algunas manifestaciones respecto a la enseñanza religiosa escolar o a la escuela confesional, a las posiciones de la Iglesia en materia moral, o a la capacidad de la Iglesia para evangelizar. Con todos mis respetos, pero también con toda firmeza, es preciso denunciar que algunas de estas manifestaciones, más allá de la legítima libertad de opinión, están poniendo de relieve, además de una ignorancia de la naturaleza del hecho religioso y de la identidad de la Iglesia y su misión, una no aceptación con la amplitud que requiere del derecho a la libertad religiosa. Base y fundamento de la democracia es la salvaguardia del derecho de libertad religiosa. Entre las libertades, cuyo ejercicio garantiza la democracia, la religiosa es fundamental. Es principio y fundamento de la misma y base sobre la que se han de asentar las relaciones entre una confesión religiosa y el Estado, entre la Iglesia y el Estado.
A veces se observa en nuestra sociedad, en el funcionamiento real de la misma el riesgo de absorción en la política de la misma inquietud religiosa que habita en el corazón de todo hombre. Todo lo que impida o ponga en peligro el reconocimiento real de este derecho de libertad religiosa es desfi gurar y destruir la democracia. La suerte política y jurídica de todo el conjunto de los derechos fundamentales está indisolublemente vinculada al derecho a la libertad religiosa, siempre prioritaria. Una democracia sana y verdadera necesita del reconocimiento de este derecho como derecho fundamental de todas y cada una de las personas en el plano individual y como derecho social.
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