Domingo, 22 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

La Iglesia y la masturbación


El que razona “como esto es pecado venial, no lucho contra ello” está mucho más fácilmente en pecado grave, supuestas evidentemente las demás condiciones para cometerlo. Una actitud pedagógica y pastoral debe liberar y desdramatizar, pero no irresponsabilizar.

por Pedro Trevijano

Muchos penitentes se quejan en el sacramento de la Penitencia que, a menudo, los sacerdotes sobre los mismos puntos, decimos cosas diversas. En concreto sobre la masturbación no es raro que te digan que, mientras algunos sacerdotes les han dicho que es pecado mortal, otros, en cambio, no le dan mayor importancia. No olvidemos además que lo que el penitente busca es lo que dice la Iglesia Católica, no la opinión personal del sacerdote. Desde hace unos años, afortunadamente, tenemos un libro de referencia, el “Catecismo de la Iglesia Católica”, en el que está la doctrina oficial de la Iglesia. Sobre este tema dice: “Por masturbación se ha de entender la excitación voluntaria de los órganos genitales a fin de obtener un placer venéreo. ‘Tanto el Magisterio moral de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado’. ‘El uso deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales normales contradice a su finalidad, sea cual fuere el motivo que lo determine’. Así, el goce sexual es buscado aquí al margen de ‘la relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de un amor verdadero’. Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral de los sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales que pueden atenuar o tal vez reducir al mínimo la culpabilidad moral (nº 2352)”. Creo que lo mínimo que se nos puede pedir a los sacerdotes confesores es que conozcamos este texto y procuremos actuar conforme a él, así como que recomendemos a nuestros penitentes, para que vean que actuamos en conformidad y comunión con la Iglesia Católica, que se lean este texto en el Catecismo. Sobre ese libro está claro que los sacerdotes debiéramos repasarlo con frecuencia y los fieles tenerlo en su casa y de vez en cuando utilizarlo, algunos leyéndolo íntegro y otros, utilizándolo como un diccionario en el que miramos de vez en cuando aquello que queremos saber. En este asunto actúo así: me parece claro que no se puede juzgar del mismo modo la persona cuyo único centro de vida sea él mismo, no se preocupe de los demás y carezca de afán de superación, que aquella otra que intente vivir sinceramente una vida cristiana, solicitando la ayuda de la gracia e intentando practicar la caridad, la justicia y la castidad. En este segundo caso es más presumible que quede atenuado el carácter deliberado del acto y no haya, por tanto, falta subjetivamente grave, por lo que esta persona puede acercarse a comulgar. En cambio el que razona “como esto es pecado venial, no lucho contra ello”, éste está mucho más fácilmente en pecado grave, supuestas evidentemente las demás condiciones para cometerlo. Una actitud pedagógica y pastoral debe liberar y desdramatizar, pero no irresponsabilizar. Pedro Trevijano Etcheverría
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