Domingo, 29 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

República y guerra civil


Y ahora aclaremos algunos puntos. Mientras el art. 2 de la República decía: “Todos los españoles son iguales ante la ley”, el artículo 26 explicaba cómo había que entender esta igualdad. Cito literalmente: “Art. 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial.

por Pedro Trevijano

Durante los muchos años que he dado clases de la asignatura Religión y Moral Católica en varios Institutos de Enseñanza Media, he tenido que explicar, aunque fuese a grandes brochazos, la historia de la Iglesia. Ahora que se habla tanto de la Ley de memoria histórica quiero hablar sobre lo que enseñaba a mis alumnos y con qué espíritu lo hacía. Era consciente en mis primeros años de profesor que entre mis alumnos sus abuelos, y en mis últimos años, sus bisabuelos, habían combatido seguramente en uno u otro bando. Por eso intentaba no herir susceptibilidades y les recordaba que quedaban rescoldos de la guerra civil y que a los rescoldos había que echarles agua, y no gasolina. En mis apuntes les decía lo siguiente: “España: El 14 de Abril de 1931 se proclamó la Segunda República. Surgida en circunstancias difíciles, en plena crisis económica mundial, se equivocó con su sectarismo religioso, reflejado en el art. 26 de la Constitución. Además hubo una falta de respeto hacia el de opiniones diversas, lo que llevó a unos y otros a no aceptar el resultado de las elecciones cuando les era desfavorable, es decir hubo muy pocos auténticos demócratas. Estas causas condujeron a la tremenda catástrofe de la guerra civil, en la que se cometieron por ambos bandos numerosos excesos y asesinatos, si bien no hay que olvidar los esfuerzos de mucha gente que trató de paliar los efectos del desastre, conservando la sensatez y el sentido común. La Iglesia Católica apoyó en su mayoría el régimen de Franco, si bien en la oposición a éste también hubo numerosos católicos. Lo mejor que hizo Franco fue no entrar en la segunda guerra mundial. Terminada ésta la prosperidad económica general provocó un cambio en las costumbres, cambio éste no siempre positivo, pero en general más positivo que negativo. A la muerte de Franco (+ 1975) se instaura la democracia. Los políticos parecen haber aprendido la tremenda lección de la guerra civil y procuran hacer una Constitución, la de 1978, válida tanto para las derechas como para las izquierdas, en la que colaboran los principales Partidos y es aceptada por la inmensa mayoría del pueblo, siendo uno de los fines de esta Constitución la protección de los derechos humanos, lo que supone un progreso moral evidente: el respeto a los demás”. Y ahora aclaremos algunos puntos. Mientras el art. 2 de la República decía: “Todos los españoles son iguales ante la ley”, el artículo 26 explicaba cómo había que entender esta igualdad. Cito literalmente: “Art. 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial. El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas. Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero. Quedan disueltas aquellas Órdenes religiosas que estatutariamente impongan, además de los tres votos canónicos, otro especial de obediencia a autoridad distinta la legítima del Estado (para que nos entendamos los jesuitas con su voto de obediencia al Papa). Sus bienes serán nacionalizados y afectados a fines benéficos y docentes. Las demás Órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por estas Cortes constituyentes y ajustadas a las siguientes bases. 1ª Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado. 2ª Inscripción de las que deban susbsistir en un Registro especial dependientes del Ministerio de Justicia. 3ª Incapacidad de adquirir y conservar, por sí o por persona interpuesta, más bienes que los que, previa justificación, se destinen a su vivienda o al cumplimiento directo de sus fines privados. 4ª Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza. 5ª Sumisión a todas las leyes tributarias del país. 6ª Obligación de rendir anualmente cuentas al Estado de la inversión de sus bienes en relación con los fines de la Asociación. Los bienes de las Órdenes religiosas podrán ser nacionalizados.” Ese artículo me recuerda parafraseando a Orwell: “Todos los animales son iguales, pero algunos (los religiosos) son menos iguales que otros” e indica la escasa democracia de esa República. Sobre la guerra civil procuraba contarles historias de gente que en uno y otro bando se jugó la vida por ayudar a sus enemigos políticos. De todos modos la historia más bonita la supe cuando ya estaba jubilado. Sucedió en un pueblo de Cuenca: el 18 de Julio de 1936, alguien muy inteligente convocó a los jefes de todos los partidos políticos del pueblo y les dijo: “Acaba de estallar la guerra civil. Si no andamos listos la mitad de los aquí presentes va a morir los próximos días. Os propongo un pacto, Si ganáis vosotros nos protegéis. Si ganamos nosotros os protegemos. ¿De acuerdo?”. Ambos cumplieron su parte del pacto. Durante la guerra los republicanos protegieron a los nacionales, y después de la guerra lo hicieron los nacionales. En ese pueblo no hubo ningún ejecutado y supongo saldrían muy unidos unos y otros, pese a sus diferencias. Pedro Trevijano, sacerdote
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