Domingo, 22 de diciembre de 2024

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De ese padre que ha perdido la custodia de sus hijos por fumar

por En cuerpo y alma

 

            Vds. conocen sin duda el caso. Un tribunal ha privado a un padre de la custodia compartida de sus hijos porque fumaba demasiado y el humo del tabaco podía “perjudicar” a los churumbeles de diez y trece años.

            La sentencia ha producido a unos estupefacción, a otros simplemente hilaridad (¡qué divertidas son estas cosas cuando le pasan a los demás!) Pero la realidad es que la misma esconde una verdadera carga de profundidad contra el sistema de convivencia social según lo hemos venido entendiendo y mejorando durante siglos, durante milenios.

            Son muchas las preguntas que cabe hacerse ante la inverosímil decisión judicial. Ahí va la primera y más evidente: ¿a tal grado de necedad y de degradación hemos llegado que ahora resulta que para un niño es más perjudicial el humo del tabaco que vivir sin su padre? ¿Tan poco vale la paternidad en esta sociedad? ¿Tan grave es fumar?

            Otra: y si la madre también hubiera fumado y se hubiera aplicado el mismo criterio, ¿dónde habrían ido a parar esos niños? ¿a un asilo? ¿O sea, que es mejor para la educación y el desarrollo infantil un asilo en el que nadie fuma que un hogar en el que los padres lo hacen? Y ahora me pregunto, y si el director del asilo o alguno de sus empleados fumara, ¿habría que seguir degradando la situación de esos niños y dejarlos, por ejemplo, en la calle? Pero es que en la calle también hay gente que fuma, entonces que hacemos, ¿los mandamos al campo a vivir con las vaquitas mientras no se demuestre que ninguna de ellas es fumadora?

            Una tercera: y si fuera la madre la que fumara y no el padre: ¿se habría permitido el juez privarle a ella de la patria potestad de sus hijos? Desde este punto de vista, la sentencia revela otro de los grandes principios que se ponen en tela de juicio en estos días extraños, que vivimos en los que parece que quisiéramos proceder a la voladura de tantos y tantos logros que tantos y tantos siglos ha costado conseguir: en este caso, el de la igualdad de todos ante la ley. En esta sociedad de la discriminación mal llamada “positiva” que estamos implementando cada día y se nos está yendo literalmente de las manos, se pone de manifiesto con cada vez mayor intensidad que en ellas, unos seres  son “más iguales” (¡genial Orwell!) que otros: las mujeres que los hombres, los negros que los blancos, los musulmanes que los cristianos, los inmigrantes que los originarios, los homosexuales que los heterosexuales, los pobres que los ricos, los jóvenes que los adultos, y así cuántas categorizaciones quieran Vds. establecer.

            Otra pregunta: si fumar sigue sin ser ilegal (de hecho, es el estado, el mismo que hace las leyes y que dicta lo que es legal y lo que no, el que más se lucra con el tabaco) y ninguna ley prohíbe a nadie fumar en su casa, ¿se puede utilizar comportamiento tal para privar a un padre de nada menos que la custodia de sus hijos? ¿A tal estado de inseguridad jurídica estamos llegando? Hoy es fumar, mañana puede ser roncar, al otro no vestirse bien, al otro no ser guapo, al otro ser calvo, al otro tener colesterol… Cualquier juez del país puede decidir que cualquier comportamiento de un padre, aunque no sea ilegal, le capacita para alejarle de sus hijos e impedirle verlos.

            Y una quinta, la más importante: ¿de quién son los niños? ¿son como siempre fueron de los padres y sólo una situación absoluta y verdaderamente excepcional puede permitir al estado arrebatárselos, o por el contrario ahora son del estado y los padres son unos meros “administradores” o “fiduciarios” de las criaturas, a las que el estado puede trasladar a su entera voluntad y conveniencia? Y si colectivizamos los niños, ¿qué impide mañana colectivizar a las mujeres o a los hombres, o a las personas con mayor talento?

            Ahí dejo a Vds. algunas de las gravísimas inquietudes que la inverosímil sentencia plantea. No sé hasta qué punto pueda ser recurrible, pero tampoco me produce excesiva tranquilidad que la misma llegue a un Tribunal Supremo cuya capacidad de sorprender al personal y dar carnaza al absurdo no se muestra últimamente inferior a la del más aprendiz de los tribunales…

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