Sábado, 23 de noviembre de 2024

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El escrito del Primado al Gobierno, desde Guadalajara

por Victor in vínculis

El jueves 18 de junio de 1931 El Castellano publica “un documento histórico”.

San Sebastián.- He aquí el escrito que el pasado día 15 dirigió el Eminentísimo señor Cardenal Segura al Gobierno, desde Guadalajara, protestando de su detención y expulsión:

“Excelentísimo señor: Recibo en este momento del Gobierno civil de la provincia de Guadalajara una comunicación fechada en 15 de junio de 1931, que dice textualmente: De orden del Gobierno provisional de la República española sírvase ponerse inmediatamente en marcha hacia la frontera de Irún. Dios guarde a Su Eminencia muchos años. Guadalajara, 15 de junio de 1931. El gobernador civil, José Luis Trejo (Rubricado). Hay un sello que dice: Gobierno civil de la provincia de Guadalajara.- Eminentísimo señor Cardenal Primado, don Pedro Segura y Sáenz.

Creo que no me negará el Gobierno provisional, que Vuestra Excelencia preside, el derecho de exposición respecto al cumplimiento de una orden de tan extraordinaria importancia, no solo para mí, sino para la Iglesia española. No ya en calidad de cardenal Primado de España, ni de arzobispo de Toledo, ni de director pontificio de la Acción Católica, ni de comisario general de la Santa Cruzada, sino aun como simple ciudadano español, me creo asistido del derecho ante una orden del Gobierno provisional a que se me demuestren los motivos por los cuales el Gobierno ha decretado mi expulsión de España, y éste es el alcance que tiene la orden trasladada, si bien no lo expresa con claridad. Si se demuestra judicialmente o extrajudicialmente o que soy responsable de infracción de cualquiera de las leyes porque se rige la República española, o que mi presencia y actuación en España, concretada al cumplimiento de mis deberes, es causa justificada de perturbaciones del orden público, que el Gobierno no cuenta con medios para reprimir o que previamente se ha comunicado en forma un decreto de expulsión que haya sido infringido, contando siempre con la autoridad de la Santa Sede, por cuya voluntad expresa he regresado a mi diócesis, cumpliré con fidelidad la orden que se me intime. Mas si esto no se demuestra, me creo asistido, por todos los derechos, natural, civil y eclesiástico, a tenor de la Constitución vigente y del Concordato, para mantenerme en mi puesto cumpliendo con mi deber pastoral. Es más: me veo obligado a ello por deberes sacratísimos de cuyo cumplimiento el Gobierno provisional no puede en modo alguno relevarme sin autorización expresa de la Santa Sede.

Solo mediante la fuerza y la violencia podré en este caso ser obligado a abandonar mi diócesis, cosa que ruego al Gobierno me permita hacer constar mediante acta notarial si, como espero de la rectitud de conciencia de los miembros que componen el Gobierno provisional, se diera en esta forma la orden de mi expulsión.

Me ha de permitir V.E. alegar como derecho de mi actual permanencia en España, la noticia que por conducto enteramente fidedigno llegó hasta mí antes de partir de Roma, de que se había decretado oficialmente que el Gobierno no había tenido parte en mi salida anterior de España, y que no había obstáculo, consiguientemente, en que pudiera regresar.

Creo reconocerá V.E. las circunstancias verdaderamente agravantes de que viene rodeada la intimación de la orden trasladada del Gobierno provisional de la República española, que quiero poner en su conocimiento para esclarecimiento total de los hechos mediante las notas adjuntas que se transcriben:



Anunciada previamente por teléfono la visita oficial a las religiosas adoratrices del convento de Guadalajara [en la foto, sobre estas líneas, claustro de dicho Convento]. Citados, para tratar, al mismo tiempo, de asuntos de gobierno eclesiástico, los párrocos de la capital de Guadalajara, me dirigía, en automóvil, a esta ciudad de mi archidiócesis cuando, al llegar a las inmediaciones de la capital, fui detenido por una pareja de la Guardia civil, una vez comprobado que se trataba de la persona del Cardenal Arzobispo de Toledo... Montó la pareja en el automóvil, que se encaminó, en primer lugar a la Comandancia de la Guardia civil, y desde la misma, penetrando en el automóvil el sargento encargado de las oficinas de la Comandancia, fui conducido a la Comisaría de Vigilancia, establecida en la planta baja del Gobierno civil. Allí se requirieron los documentos de identidad de mis compañeros, y, a continuación, después de tomadas las notas para el atestado, se hizo una inspección personal de los papeles que llevaba.

Permanecimos custodiados en la habitación por la pareja de la Guardia civil de servicio. En vista de que el tiempo transcurría y se impedía el ejercicio de la jurisdicción eclesiástica dentro de mi diócesis, manifesté al señor comisario lo siguiente:

Haga saber al señor gobernador civil que vengo a Guadalajara en cumplimiento de un ministerio pastoral, a practicar visita canónica en el convento de Religiosas Adoratrices de esta ciudad, y que si violentamente se me impide el ejercicio de mi ministerio, aparte de las penas canónicas en que, desde luego, incurrirán los que pusieren impedimento al libre ejercicio de la administración eclesiástica, elevaré ante quien corresponda la más enérgica protesta, que desde ahora formulo por la violación de la inmunidad personal mediante una detención injusta por la fuerza pública.

Por mandato del gobernador, el comisario de policía me intimó de palabra, ante la pareja de la Guardia civil, mis familiares y mis acompañantes, la orden expresa del Gobierno de que cuanto antes eligiese la frontera, por la que inmediatamente salir de España, para partir desde este momento, con opción de llevar a uno de mis acompañantes, habiendo de venir conmigo el mismo comisario de policía, a lo que respondí que estaba en España en uso de perfectísimo derecho según declaración hecha en nota diplomática con la Nunciatura Apostólica a la Secretaría de Estado. Que necesitaba que la orden se me comunicase por escrito, y que para ausentarme de España era preciso una autorización expresa de la Santa Sede, con cuya aprobación me encuentro en mi diócesis, protestando de la forma en que se había realizado la detención por orden del Gobierno; que me había mantenido custodiado por una pareja de la Guardia civil de servicio en la sala común de la Comisaría, en la que llevaba detenido e incomunicado más de dos horas. Que si por fuerza bruta se me arrastraba de España, el Gobierno asumiría la responsabilidad y yo formularía las oportunas reclamaciones donde procedieran.

El señor comisario dijo que daría cuenta al señor gobernador, quien en las dos horas y media de mi detención, no se dignó venir a comunicar personalmente con el Cardenal Primado de España, reducido a la condición de preso vulgar, sin que se haya demostrado por nadie en ninguna ocasión el menor motivo de esta medida, ni haya recibido más requerimiento que la intimación hecha en la noche del 12 de mayo verbalmente por una persona particular, en la que se me ratificó “que el Gobierno no garantizaba mi vida en España por espacio de media hora”.

Hay otros motivos que dificultan el que se cumplimente con la prontitud que se pide la orden del Gobierno provisional, en el caso de ser mantenida. Como de la relación anterior se desprende, vine totalmente desprovisto de todo, ya que se trataba de una permanencia de tres horas fuera de casa. Carezco absolutamente de todo: de dinero, de ropa, de medicina que reclama mi estado de salud, y hasta de breviario para el rezo del oficio divino. Como no se me permite terminar esta exposición, ya que se recurre a la violencia, ruego a V.E. la tenga por presentada y resuelva conforme proceda.
 
Guadalajara, 15 de junio de 1931.
Excelentísimo señor presidente del Gobierno provisional de la República española”.
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