Domingo, 22 de diciembre de 2024

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Del trato a los animales en el Catecismo de la Iglesia

por En cuerpo y alma


 
            Aunque no es el primero ni el único documento en el que el tema se trata, y desde luego se pueden obtener algunas indicaciones interesantes en la lectura de los pasajes bíblicos tanto del Antiguo como del Nuevo Testamento, el Catecismo de la Iglesia Católica publicado en 1997 bajo el pontificado de Juan Pablo II se refiere específicamente al trato debido por los seres humano a los animales, cosa que hace dentro del artículo 7 titulado “Séptimo Mandamiento”, de la segunda sección titulada “Los Diez Mandamientos” de la tercera parte, titulada “La vida en Cristo”, dedicándole cuatro números, los que van del 2415 al 2418, en los cuales establece una doctrina muy clara.
 
            Lo primero que hace el Catecismo es establecer de manera muy clara el principio general de la supeditación de los animales al ser humano:
 
            “Los animales, como las plantas y los seres inanimados, están naturalmente destinados al bien común de la humanidad pasada, presente y futura” (num. 2415).
 
            Y es que, según señala, “Dios confió los animales a la administración del que fue creado por él a su imagen” (Núm. 2417).
 
            Si bien, de manera simultánea establece los límites de esa supeditación:
 
            “El dominio concedido por el Creador al hombre sobre los seres inanimados y los seres vivos no es absoluto; está regulado por el cuidado de la calidad de la vida del prójimo incluyendo la de las generaciones venideras; exige un respeto religioso de la integridad de la creación” (núm. 2415).
 
            Y es que “los animales son criaturas de Dios, que los rodea de su solicitud providencial” (num 2416). Y pone como ejemplo el trato deferente que para con ellos observaron personajes especiales de la historia del cristianismo “Recuérdese con qué delicadeza trataban a los animales San Francisco de Asís o San Felipe Neri” (núm. 2416).
 
            Desde este punto de vista, marca los límites que la acción humana no puede traspasar en su relación con los animales. El primero es hasta cierto punto esperable, y tiene que ver con un mal trato hacia ellos:
 
            “Es contrario a la dignidad humana hacer sufrir inútilmente a los animales y sacrificar sin necesidad sus vidas” (núm. 2418).
 
            El segundo es menos esperable, y tiene que ver con lo contrario, a saber, con un exceso en el celo:
 
            “Es también indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar más bien la miseria de los hombres. Se puede amar a los animales; pero no se puede desviar hacia ellos el afecto debido únicamente a los seres humanos” (núm. 2418).
 
            A modo de ejemplo, hace mención el Catecismo de los usos que son legítimos:
 
            “Es legítimo servirse de los animales para el alimento y la confección de vestidos. Se los puede domesticar para que ayuden al hombre en sus trabajos y en sus ocios” (núm. 2417).
 
            Sin soslayar el tratamiento de un uso particularmente cuestionado hoy día:
 
            “Los experimentos médicos y científicos en animales, si se mantienen en límites razonables, son prácticas moralmente aceptables, pues contribuyen a cuidar o salvar vidas humanas” (núm. 2417).
 
            Y bien amigos, esto es todo por hoy. Es mucho más lo que sobre el trato del ser humano con los animales se puede decir a partir de los textos del cristianismo, incluso a través de sus libros esenciales, Antiguo y Nuevo Testamento, y a ellos dedicaremos alguna entrada en esta columna algún día. Pero lo cierto es que ninguno tan esquemático y clarificador como el del Catecismo de 1997 que acabamos de exponer. Que hagan Vds. mucho bien y que no reciban menos. Mañana más.
 
 
            ©L.A.
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