Domingo, 22 de diciembre de 2024

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Legionarios de Cristo anuncian el Capítulo General Extraordinario para el 8 de enero de 2014

por Análisis y actualidad

«Ha llegado el momento de convocar el Capítulo General Extraordinario pedido por el Santo Padre». Con estas palabras el Delegado Pontificio de los Legionarios de Cristo, Cardenal Velasio De Paolis, anunció a los legionarios la fecha y el lugar (8 de enero de 2014 en Roma) para el Capítulo General Extraordinario al que esa congregación llega tras tres años del proceso de revisión interna. ¿La conclusión? «Será el Capítulo mismo quien establecerá los tiempos, según la marcha de los trabajos y las exigencias de afrontar todos los temas del orden del día», comenta en la misma carta el Delegado del Papa.
 
En la misiva el Cardenal De Paolis recuerda que el Capítulo tiene «como tareas principales la elección de un nuevo gobierno del Instituto y la aprobación de las nuevas Constituciones», además de «otros asuntos según un índice de temas, aprobado por los mismos padres capitulares y en la medida del tiempo disponible».
 
Los legionarios de Cristo llegan a este punto decisivo de su historia tras tres años de trabajos que han supuesto un esfuerzo de renovación y purificación. Durante estos tres años han sido acompañados por el Cardenal Velasio De Paolis como Delegado Pontificio del Papa.
 
La carta íntegra del anuncio del Capítulo General es ésta (traducción al español obtenida de la web institucional de la Legión de Cristo):

¡Venga tu Reino!

Prot. D.P. 216-2013/1

Fiesta de San Francisco de Asís, 4 de octubre de 2013

Queridos Legionarios de Cristo, 

Cuando el Santo Padre me confirió el encargo de gobernar en su nombre la congregación de los Legionarios de Cristo indicó una meta por alcanzar sin establecer un tiempo determinado para ello. A este propósito, escribía lo siguiente: «durante el tiempo que sea necesario para completar el camino de renovación y conducirlo a la celebración de un Capítulo General Extraordinario, que tendrá como fin principal llevar a término la revisión de las Constituciones» (carta de S.S. Benedicto XVI, 16 de junio de 2010). Desde el inicio preveíamos que el tiempo necesario no podía ser menor a tres años. Han pasado desde entonces tres años y medio. Ha llegado el momento de convocar el Capítulo General Extraordinario pedido por el Santo Padre. Me ha parecido conveniente anunciarlo en el día en que la Iglesia celebra la memoria de San Francisco de Asís. Queremos poner bajo la protección del Pobrecillo de Asís este evento importante que marca la conclusión de un largo camino de renovación espiritual y de esfuerzo en la revisión de las Constituciones. El Capítulo que convoco hoy, 4 de octubre de 2013, tendrá lugar en Roma, en la vía Aurelia 677 e iniciará el 8 de enero de 2014. Se prevé que concluya a finales de febrero. Sin embargo, será el Capítulo mismo quien establecerá los tiempos, según la marcha de los trabajos y las exigencias de afrontar todos los temas del orden del día.
 
El Capítulo General ha de representar a todo el instituto y ser «un verdadero signo de su unidad en la caridad» (CIC c. 631 §1). Teniendo en cuenta que el próximo Capítulo Extraordinario es el fin de un largo camino de renovación espiritual y que también tendrá como fin principal la conclusión de la revisión de las Constituciones, y también en respuesta al deseo de muchos, ha parecido conveniente ampliar la representatividad de los miembros que participan por elección, quedando firme el número de los miembros que asisten por oficio según establece el borrador de las Constituciones en el número 149 §1.
 
Para la elección de los delegados se seguirán las siguientes normas:
 
Tendrán voz activa en la elección de los delegados todos los legionarios de votos perpetuos, incluídos quienes han recibido el indulto de extra domum (1) (cf. CIC c. 665 §1). En cambio los religiosos exclaustrados no gozan de voz activa ni pasiva (cf. CIC c. 687). Tienen voz pasiva solamente los religiosos que son sacerdotes en la fecha de esta carta. Evidentemente no se puede votar por quienes ya son miembros del Capítulo ex officio. Cada territorio constituye un colegio electoral que elige un delegado por cada 25 religiosos de votos perpetuos o fracción.
 
La elección se realizará en dos vueltas: resultarán elegidos aquellos que en la primera vuelta superen la mitad más uno. En la segunda vuelta será suficiente la mayoría relativa. Los siguientes en el número de votos serán delegados sustitutos.
 
Cada votante dispone de tantos votos cuantos delegados de cada colegio electoral.
 
Además de los colegios territoriales, habrá también un colegio especial compuesto por los religiosos de votos perpetuos que dependen directamente de la Dirección General. Quedando salvo el principio que los religiosos de votos perpetuos gozan sólo de voz activa y que los sacerdotes de voz activa y pasiva, para este colegio se establece una configuración especial de representatividad: el número es de un candidato por cada 25 miembros o fracción, pero no partiendo del numero de religiosos, sino sólo de los sacerdotes que gozan de voz pasiva.
 
Los directores territoriales son los responsables de realizar el escrutinio de los votos de sus territorios con ayuda de al menos uno de sus consejeros y en presencia de dos o más testigos. Comunicarán los resultados del primer escrutinio el día 25 de octubre y los resultados del segundo escrutinio el día 10 de noviembre.
 
Quedando establecido que los miembros ex officio no tienen ni voz activa ni voz pasiva, las autoridades territoriales distribuirán las listas de religiosos con voz activa, la lista de sacerdotes con voz activa y pasiva, las papeletas electorales, el calendario y las indicaciones prácticas para efectuar el voto y enviarlo a las direcciones territoriales.
 
Es útil recordar que este Capítulo tiene «como tareas principales la elección de un nuevo gobierno del Instituto y la aprobación de las nuevas Constituciones» (carta de S.S. Francisco, 19 de junio de 2013), que se presentarán al Santo Padre. Se considerarán otros asuntos según un índice de temas, aprobado por los mismos padres capitulares y en la medida del tiempo disponible.
 
Según establece el Código de Derecho Canónico, no sólo los territorios y las comunidades locales, «sino también cada miembro puede enviar libremente sus deseos y sugerencias al Capítulo General» (can. 631 §3).
 
Les invito a prepararnos espiritualmente para este momento de gracia pidiendo la asistencia del Espíritu Santo y la intercesión de la Santísima Virgen María. Augurando todo bien en el Señor y asegurando el recuerdo en mi oración, quedo de ustedes,
 
+ Velasio Card. De Paolis, c.s. 
 
1. Ha recibido un indulto de extra domum el religioso que se encuentra legítimamente ausente de su centro de residencia.
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