Una profesión criminal: la medicina
¿Los políticos que con su voto favorable a esta Ley han creado esta obligación, no son también ellos corresponsables en estos crímenes?
por Pedro Trevijano
Ante todo debo decir que tengo parientes médicos, y aunque considero todo trabajo honrado un servicio a los demás, pienso que ello es especialmente cierto en el caso de tres profesiones, que para mí requieren una vocación especial: la de sacerdote, la de maestro y la de profesional de la medicina, porque son las tres que tratan de un modo más directo con el ser humano.
Siempre he pensado que la vocación médica es la lucha a favor de la vida y me conmueve el ver tantos médicos que se toman totalmente en serio el juramento hipocrático, que data del siglo V antes de Cristo y en el que se comprometen, entre otras cosas, a “tampoco daré un abortivo a ninguna mujer”. Recordemos también que para la Iglesia Católica. “tanto el aborto como el infanticidio son crímenes nefandos”, doctrina mantenida a lo largo de los siglos y que siempre se ha considerado como causa más que suficiente para no permitir el acceso a la comunión a quienes no se han arrepentido y confesado.
Cada vez que leo la nueva Ley del Aborto, la aprobada este año, y aunque creo que la anterior es también inasumible, descubro nuevas perversiones e iniquidades. Esta vez me he fijado de modo especial en cómo quedan los médicos y su posible objeción de conciencia con esta nueva Ley.
En el Preámbulo, Parte II, leo lo siguiente: “Asimismo se recoge la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo, que será articulado en un desarrollo futuro de la Ley”. Evidentemente es una reacción ambigua por dos razones: 1) ¿qué se entiende por profesionales directamente implicados? y 2) ¿cómo va a ser ese desarrollo futuro de la Ley en este tema de la objeción de conciencia?
Pero la preocupación crece cuando leemos en el artículo 19-2 lo siguiente: “Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia”. En pocas palabras entiendo esto: según la Ley el derecho de la mujer a abortar es prevalente al derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario.
Pero hay otro texto en la Ley aún peor. “Artículo 8. Formación de profesionales de la salud. La formación de profesionales de la salud se abordará con perspectiva de género e incluirá:
a) La incorporación de la salud sexual y reproductiva en los programas curriculares de las carreras relacionadas con la salud , incluyendo la investigación y formación en la práctica clínica de la interrupción voluntaria del embarazo.
b) La formación de profesionales en salud sexual y salud reproductiva, incluida la práctica de la interrupción del embarazo.”
Personalmente pienso que es tremendamente importante en Medicina que haya confianza entre el médico y el enfermo, confianza basada también en el hecho que sé que mi médico va a hacer todo lo posible por ayudarme en ese momento para mí difícil que es la enfermedad. Pero ¿qué confianza puedo tener yo, que soy católico y creo en mi Iglesia y su doctrina, como muchísimos otros españoles, en un individuo que para llegar a ser un profesional de la Medicina ha tenido que cometer crímenes? No me extraña que las Facultades Católicas de Medicina de nuestro país se hayan declarado objetores de conciencia.
Y una última pregunta: si con esta Ley se pretende obligar a los estudiantes de Medicina a realizar, lo que para cualquier católico fiel a la Iglesia y para muchos no católicos, es un crimen nefando, ¿los políticos que con su voto favorable a esta Ley han creado esta obligación, no son también ellos corresponsables en estos crímenes? Dejo la respuesta a Vds. y a su sentido común.
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