Martes, 26 de noviembre de 2024

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Del fin de la sociedad política en las diferentes ideologías o cosmovisiones

por Manuel Morillo

Creo que es interesante recordar de manera sintética cual  fin de la sociedad política, en función de sus teorías, según el liberalismo, según el totalitarismo, según la teoría socionaturalista de la escuela católica clásica.

Y también ver cuál es la diferencia entre la concepción liberal y la concepción socionaturalista acerca del bien común de la sociedad política
 
Es importantísimo conocer cual sea el fin intrinseco de la sociedad politica. Lobo da algunas claves para sintentizar.

Sin conocer cuál sea en concreto el fin, al que se ordena por su propia naturaleza la sociedad política, mal conoceremos qué sea la sociedad política y no sabremos con exactitud a dónde se debe orientar la actividad política.

La determinación y conocimiento del fin propio e intrínseco de un ser es de capital importancia para la determinación y conocimiento de su naturaleza; mucho más, si el ser es un ser esencialmente dinámico, como es la sociedad política.
 
Pero ¿cómo se puede determinar cual sea el fin de la sociedad politica?
 
Para determinar cuál sea el fin de la sociedad política es necesario indagar y preguntarse por el fin e intención que tuvieron los hombres al reunirse y formar la sociedad política, por qué y para qué se reunieron y se comprometieron trabajar juntos de un modo comunitario.
 
Aunque ha habido quien ha negado que el Estado o sociedad política tenga un fin propio y especifico, por ejemplo Haller, consecuentemente a su concepción del origen y naturaleza del Estado, que no es más que la pirámide resultante de compromisos particulares, de donde deduce que "así como en las uniones privadas de carácter social entre los hombres no existe ningún fin propio común sino fines particulares varios así tampoco se debe buscar en los diversos Estados un fin determinado y constante; sin embargo se han dado a esta pregunta tres respuestas fundamentales, que parten de la concepción que cada una tiene del hombre y del origen institucional de la sociedad política.

Estas tres respuestas son la de la teoría liberal, la del evolucionismo dialéctico o totalitarismo y la de la teoría socionaturalista del hombre.
 
¿Cuál es el fin de la sociedad política según el liberalismo?
 
El liberalismo, al desconocer la naturaleza social del hombre y ver en él ante todo un ser esencialmente libre, afirma en consecuencia que el fin propio de la sociedad civil o bien común, que los hombres buscan en la sociedad civil, es únicamente la defensa de los derechos y libertades individuales, estableciendo para ello un orden jurídico, que armonice esos derechos y libertades y los componga entre sí.
 
En la sociedad civil el hombre sigue siendo libre, "no puede renunciar a su libertad sin renunciar a ser hombre, (...)...semejante renuncia es incompatible con la naturaleza humana" nos dice Rousseau en su Contrato social. (lib. I,c,4)
 
Por consiguiente, en la sociedad cada cual conserve su Iibertad, pero limitada por la libertad de los demás. Para lo cual es necesario buscar una armonía y composición de los derechos y libertades de unos y otros. El fin, pues, de la sociedad política es precisamente buscar y establecer esa armonía y composición de las libertades individuales.
 
"El individuo pierde por el contrato social su libertad natural y el derecho ilimitado a cuanto provoca sus apetitos y está a sus alcances; gana en cambio la libertad civil y la propiedad de cuanto posee. Para entender bien esta compensación es necesario distinguir la libertad natural reducida a las fuerzas individuales, de la libertad civil limitada por la libertad general, y la posesión, efecto de la fuerza o derecho del primer ocupante, de la propiedad fundada en un título positivo". (Contrato social l,c,8)
 
Determinar los limites de los derechos y libertades individuales dentro de la máxima libertad para todos, es función de la autoridad, mediante la ley. Tal es la regla de oro que debe observarse en el establecimiento del bien común: reconocer a los ciudadanos el máximo de libertad posible, que no debe restringirse sino cuando sea necesario y en la medida en que lo .sea para no entrar en conflicto con otros.
 
Esta teoría liberal del fin de la sociedad política se vio reafirmada y robustecida con la teoría kantiana que separa el orden jurídico del orden moral.

Para Kant, en efecto, sólo la ley interna -el imperativo categórico- que fundamenta el orden moral, obliga en conciencia; no así la ley externa, que fundamenta el orden jurídico; no obliga, es sólo coactiva. La ley jurídica, el deber jurídico no es deber moral, ni obliga en conciencia, es sólo coactiva; solo exige que se la respete exteriormente, al menos por temor a la coacción.
 
De aquí se sigue que cada uno en el orden externo de la convivencia social es libre para hacer lo que le plazca con tal que no impida la libertad de los demás, Ahora bien, la armonización y composición de estas libertades es el fin de la sociedad y el objeto del orden jurídico. Porque "el Derecho -según Kant,- no es otra cosa que el conjunto de condiciones con las que la libertad de cada uno pueda coexistir con la libertad de los demás; .según la ley general de la libertad". El orden jurídico no tiene otro fin que armonizar las manifestaciones externas de las libertades individuales.
 
¿Cuál es el fin de la sociedad política o estado según el totalitarismo?
 
Según el Totalitarismo, de cualquier tipo que sea, el fin de la sociedad civil es el bien del Estado. El Estado es un fin en sí, al que se subordinan todos los derechos y libertades de los ciudadanos. Los ciudadanos en cuanto tales no tienen otra finalidad que trabajar y buscar el bien del Estado, sacrificando todo al Estado, si eso es necesario.
 
Las teorías evolucionistas, que explican el origen de la sociedad política como un producto o derivación natural y necesario del hombre, no por razón de su condición social, sino por razón de su dinamismo evolutivo, sometido a la ley general de la evolución, ya sea natural, ya sea dialéctica; no tienen otra opción para explicar los fines del Estado o sociedad política, que la de afirmar que el Estado no tiene fines, sino que él es fin en sí.

Así como el individuo, en un momento dado de la evolución, es un fin en si, de la misma manera el Estado, en un momento superior de esa evolución, es un fin en si, una totalidad, síntesis suprema, que absorbe y comprende dentro de si al individuo, a la familia y a la sociedad.
 
En esto consiste el Totalitarismo del Estado.

El Totalitarismo es primordialmente una teoría de fines, en cuanto que no reconoce que el Estado tenga fines, sea una entidad al servicio de la persona humana, sino al revés.

La persona es para el Estado, no el Estado para la persona. En el Estado y por el Estado recibe la persona una forma de ser superior, una categoría humane y jurídica, que la eleva sobre su condición anterior. "Solo en el Estado tiene el hombre existencia racional... el hombre debe cuanto es al Estado". (Hegel)
 
El Estado o sociedad política es el término más elevado de la evolución humana que tiende a alcanzar su forma más perfecta en el Estado-dios hegeliano, en la Comuna socialista o en el Punto Omega teilhardiano. En el Estado y por el Estado recibe el individuo todo lo que es y lo que tiene de humano y perfecto. El Estado es la fuente de todos los derechos humanos, de su nueva y más perfecta realidad, que es la "asociada", la "incorporada" al Estado, a la Comuna, o al Cristo Místico y Cósmico.

Dentro de esta concepción evolucionista se comprende perfectamente lo que nos dice Hegel, que el Estado, último grado de la evolución del Espíritu objetivo, sea "el fin absoluto en si, Dios presente en la tierra, la voluntad misma de Dios".

Teilhard no se encerrará en este panteísmo evolucionista, ya sea idealista , como en Hegel, ya sea materialista, como en Marx. Nos dirá que el término último y absoluto de la evolución, según su famosa ley de "compiejidad-conciencia", es Cristo, Punto Omega de la Cosmogénesis universal, que se convierte por lo mismo en una Cristopénesis . En ese Punto Omega se concentra perfecta y divinamente todo el universo material y espiritual. Todo queda recapitulado en Cristo.
 
El Estado totalitario, como fin en si, al que converge todo, es el término natural y necesario de la teoría evolucionista.

El Totalitarismo no es lo mismo que absolutismo o poder absoluto del Estado.

El absolutismo es una consecuencia lógica de la concepción totalitaria del Estado. Prácticamente se confunden.

Toda concepción totalitaria del Estado es necesariamente absolutista, puesto que hace al Estado fuente de todo derecho y de todo poder sin limitación ninguna; sin más medida que la conveniencia del propio Estado.

No hay otro bien común que el bien del Estado en sí mismo. Todo por el Estado y para el Estado.
 
¿Cuál es el fin o bien común de la sociedad política según la teoría socionaturalista de la escuela católica clásica ?
 
El fin o bien común de la sociedad política según la teoría socionaturalista de la escuela católica clásica es un bien complejo: comprende aquel conjunto de condiciones de la vida social con las que puedan los hombres conseguir con más plenitud y facilidad su propia perfección.
 
Como hemos dicho, el fin intrínseco o bien común de la sociedad política es aquello por lo que los hombres han formado la sociedad política y buscan en ella, a saber aquel conjunto de bienes útiles que necesitan para poder realizarse íntegramente como personas, tanto a nivel biológico, como a intelectual y moral; bienes que no pueden obtener por sí solos o en familia.
 
Es evidente que esos bienes, que los hombres al formar la sociedad política, comprenden: en primer lugal y fundamentalmente, la defensa (tutamen) de sus derechos y libertades individuales, familiares y profesionales; y en segundo lugar, aquella suficiencia de medios y condiciones de acción, que les ayuden (invamen) para el mejor cumplimiento de los fines humanos; fines que se concretan en la realización integral de la persona humana, en su triple aspecto: físico (educación física), intelectual (educación intelectual) y moral (educación moral y religiosa).

"El bien común de la sociedad política abarca a todo el hombre, tanto en las necesidades del cuerpo, como a las del espíritu" (PT, 57)
 
En la época moderna este bien común se pone principalmente en la salvaguarda de los derechos y deberes de la persona humana, entre los que se encuentra el deber religioso. De ahí que "el bien común se ha de procurar por tales procedimientos que no solo no pongan obstáculo, sino que sirvan igualmente a la consecución del fin ultraterreno y eterno del hombre" (PT 59)
 
"El bien común no puede determinarse por concepciones arbitrarias, ni recibir su norma en primer término de la prosperidad material de la sociedad, sino más bien del desenvolvimiento armónico y perfección natural del hombre, para lo que el Creador ha destinado la sociedad como medio" (Pío XII SP 45)
 
"Una parte y fundamental del bien común es el orden público, que resulta de la eficaz tutela de los derechos y obligaciones de todos los ciudadanos y de su pacífica composición y armonía entre sí ; de la debida observación de la moralidad pública y ordenada convivencia de todos en la auténtica justicia" ( DH 7)
 
Resumiendo lo que hemos dicho, lo podemos encerrar en dos palabras latinas de fácil recordación: iuvamen y tutamen, ayuda y defensa.

Buscando esta ayuda (invamen) y esta defensa (tutamen) en la colaboración o sociedad con otros, el hombre pasó de la familia o tribu a la Ciudad o Municipio, de la Ciudad o Municipio a la Comarca; de la Comarca a la Región; de la Región al Estado.

 
El fin de la sociedad política es no sólo el tutamen (defensa, tutela); sino también el iuvamen (la ayuda).
 
¿Cuál es la diferencia entre la concepción liberal y la concepción socionaturalista acerca del bien común de la sociedad política?
 
La diferencia fundamental entre una escuela y otra, de consecuencias importantes para la teoría política, está en que para el liberalismo el fin o bien común del Estado es más bien negativo, la defensa y armonía de los derechos y libertades de los ciudadanos, mediante el establecimiento de un orden jurídico que los define, los proteja y armonice.

Es decir, la afirmación y declaración de las libertades fórmulas que en el texto legal u orden jurídico se declaran y definen.
 
Principio importante, que de esta concepción se deriva, es el "laissez faire laissez passer" del Estado liberal. Cada cual puede hacer lo que le plazca con tal de que respete y se mantenga dentro del orden jurídico y constitucional.
 
Para la concepción clásica de la escuela socionaturalista el fin o bien común del Estado no es sólo negativa, la defensa o tutela (tutamen) de los derechos y libertades de los ciudadanos y demás entidades infraestatales; sino también y principalmente positiva, la ayuda (iuvamen), proporcionando, con la colaboración de todos, los medios necesarios para la realización de esos derechos y libertades. Ya se entiende, de aquellos medios, que el hombre o sociedades inferiores no pueden conseguir por su propio esfuerzo.
 
De este modo, las libertades y derechos, que se reconozcan a los ciudadanos no serán meramente formales (reconocidos), sino reales, es decir, contarán con los medios necesarios para su realización, proporcionados por la misma sociedad, puesto que ese es su fin propio y específico.
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