Viernes, 22 de noviembre de 2024

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Homofobia en Cataluña en 2013: 45 casos según los Mossos; 384 según el lobby gay, que cuenta de todo

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La lluvia de ideología gay contabiliza muchas más supuestas agresiones que la Policía
La lluvia de ideología gay contabiliza muchas más supuestas agresiones que la Policía
En los primeros días del mes de octubre se hicieron públicos los datos de los Mossos d’Esquadra (policía catalana), basados en la memoria de la Fiscalía de Delitos de Odio y Discriminación de Barcelona, sobre el total de las denuncias por agresiones en 2013 en Cataluña, con un total de 243 casos.

La primera causa de agresiones por "odio y discriminación" según el informe de los Mossos es el racismo y la xenofobia (un centenar de casos), seguido de la ideología, donde los Mossos recogieron el año pasado un total de 68 denuncias por discriminación ideológica, frente a las 48 del año anterior.

Además, en tercer lugar figura la discriminación por orientación sexual e identidad de género (45 denuncias en 2013).

También se denunciaron 17 presuntos casos de discriminación por motivos religiosos; por ejemplo, a mujeres que lucen el hijab (pañuelo islámico).

Por provincias, Barcelona ocupa la primera posición (166), seguida de Tarragona (46), Girona (16) y Lleida (15).

Las cifras del Observatorio contra la Homofobia
Paralelamente, el Observatorio catalán contra la Homofobia, del Frente de Liberación Gay de Cataluña (FLGC, un lobby de ideología del homosexualismo político), publicó su particular estadística de denuncias recibidas el año pasado, cifrada según ellos en 384 casos.

Desde este Observatorio se señala que cuatro de cada diez quejas son por agresiones y discriminación en el espacio público; y que del total hay 20 casos que son referidos a la vivienda, es decir de gays o lesbianas que han visto vetado su acceso a un inmueble supuestamente por su condición sexual.

Hay que resaltar que el Observatorio catalán contra la Homofobia, como sucede con otras organizaciones del homosexualismo político, recibe subvenciones de la Administración catalana, aunque reclaman que se les incremente el importe que actualmente reciben.

“No podemos hacer publicidad de la nueva ley con este presupuesto”, 2.300 euros, argumenta Eugeni Rodríguez, presidente de esta entidad y portavoz del FAGC, en referencia a la ley de privilegios LGTBI que el Parlamento catalán aprobó el pasado 2 de octubre, después de que el presidente de la Generalitat, Artur Mas, engañó a la Iglesia catalana.

¿Datos creíbles?
Sin embargo, cabe preguntarse si este Observatorio cumple con los requisitos que puedan acreditar a un observatorio de este tipo, y la respuesta es que no.

Cada año hablan de incremento de los casos de agresiones y discriminación contra el colectivo LGTBI, pero en sus memorias anuales solo muestran unos pocos casos concretos, y no siempre se puede decir que sean creíbles en cuanto a que la causa sean conflictos homófobos o se trate simplemente de planteamientos absurdos.

Además, a la hora de detallar los casos concretos en sus memorias anuales, no siguen ningún criterio jurídico y mezclan conceptos, desde una perspectiva en la que todo conflicto de un homosexual es un acto homófobo, incluso cuando se trata de algún caso en el que es la persona homosexual la que entra en conflicto.

No hay en sus memorias ninguna estadística de los casos juzgados a lo largo del año ni de las sentencias emitidas.

La cuestión es que realmente son muy pocos los juicios por delitos homófobos, hecho que contrasta con la exuberancia numérica de las memorias.

La ausencia de una relación entre los hechos expuestos y la intervención fiscal por delitos de homofobia, o de los jueces por denuncias, como mínimo llama la atención.

Todo ello viene a constatar que, con la nueva ley de privilegios LGTBI, y sobre todo con la inversión de la carga de la prueba [ser tratado como culpable hasta que se demuestre lo contrario; ndReL], es relativamente fácil comprometer por ejemplo a una empresa que haya decidido despedir a un trabajador por incompetencia y resulte que ese empleado sea homosexual. Solo tendría que denunciar los hechos alegando que son por su condición sexual para que fuera la empresa la que tuviera que demostrar que tiene razón.

Además, ante el trato de favor que los medios de comunicación, y en especial TV·, dedican a los homosexuales, no deja de ser paradójico que la memoria cite que “la mofa y la vejación hacia el colectivo GLT por parte de los medios de comunicación y en especial de la TV continúen siendo una constante en las memorias de esta Oficina Antidiscriminatoria”.

Impedir el "cruising" (sexo en la calle) ¿es agresión homófoba?
Si nos vamos a la memoria de 2005-2006, nos encontramos con las siguientes cuestiones: se recibieron 283 denuncias y el 71% hacían referencia a los espacios públicos.

En ese sentido, la memoria indica que “dentro del bloque de agresiones y discriminaciones en la calle y lugares públicos, hemos hecho tres subapartados que expresan la diversificación de las agresiones. Concretamente los subapartados son: a1 – ‘Cruissing’; a2 - Ligar en espacios cerrados (WC, grandes superficies comerciales); a3 - En la calle”.

Hay que recordar que el ‘cruissing’ hace referencia a la actividad de realizar prácticas sexuales en lugares públicos, como parques, playas o descampados. Esta actividad suele practicarse sobre todo entre los varones homosexuales.

La memoria continúa reconociendo que “este subapartado recoge la gran mayoría de las denuncias recibidas en nuestra oficina, de personas que manifiestan haber sido agredidas, perseguidas, insultadas o molestadas cuando mantenían relaciones interpersonales en espacios públicos no comerciales (parques) concentrados fundamentalmente en la conocida zona de ‘ligue’ de Montjuïc”.

Y añade: “La secuencia de la agresión es la siguiente: Mientras las personas están buscando sexo por alrededor de la zona de ‘cruissing’, se acercan hombres con actitud insultante, intimidatoria y en el peor de los casos, de violencia física”.

Habría que preguntarse si esas actitudes agresivas no se manifestarían también hacia heterosexuales que estuvieran practicando sexo a la vista del resto de la gente en esos espacios públicos.

En cuanto a los WC públicos, la memoria dice lo siguiente: “Un lugar también habitual de encuentro interpersonal son los servicios (WC) de las grandes superficies comerciales y estaciones de tren o autobuses. La tipología de la agresión es la de la actuación desmesurada de los guardas de seguridad del establecimiento”.

Y cita casos concretos, entre ellos el siguiente: “M. C. V. fue sacado a la fuerza de los pasillos de la puerta de entrada de los lavabos del FNAC de Plaza Cataluña por los guardas de seguridad”.

Es decir que estos comportamientos exhibicionistas relacionados con el sexo homosexual, que la propia memoria del Observatorio catalán contra la Homofobia reconoce, son presentados como hechos homófobos sin considerar que las agresiones pueden tener como fundamento las prácticas sexuales en lugares públicos en lugar de tratarse de ataques por la condición homosexual de los implicados.

En cualquier caso, con la ley de privilegios LGTBI de la Generalitat de Cataluña, demostrar esta última cuestión es tarea imposible, sobre todo dada la inversión de la carga de la prueba, que convierte situaciones absurdas en motivo de denuncia que acabará en juicio y condena.
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