Sábado, 21 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

Argüello y los asaltantes gay: «¿Interrumpir la misa con voces, insultos, qué es, flores y pájaros?»

P.J.Ginés/ReL

Una escena del asalto de activistas LGTB a la catedral de Alcalá el 3 de abril de 2019, que obligó a interrumpir el culto - eso es delito según la ley española
Una escena del asalto de activistas LGTB a la catedral de Alcalá el 3 de abril de 2019, que obligó a interrumpir el culto - eso es delito según la ley española

El pasado viernes 5 de abril, en la rueda de prensa ante muchos periodistas interesados en la asamblea plenaria de los obispos, el portavoz del episcopado español, Luis Argüello García, obispo auxiliar en Valladolid, respondió a una pregunta de La Sexta que proponía "una terapia espiritual contra la homofobia".

"Estupendo", respondió el obispo. "Todo lo que sea terapia contra el odio... nosotros somos especialistas en predicar el amor, aunque luego lo vivamos medianamente".

Pero inmediatamente el obispo aprovechó para denunciar, sin especificarlo, el asalto de activistas LGTB a la catedral de Alcalá de Henares producido dos días antes, el 3 de abril, cuando varias docenas de activistas con banderas LGTB entraron en la catedral, gritaron e interrumpieron el culto con consignas y actos provocativos.

"Lo que a mí me sorprende es que personas que nos denuncian por delito de odio tengan un gesto tan poco amable como entrar en un templo cuando se está disponiendo la gente para comenzar la celebración de la eucaristía, a entrar dando voces, insultando e interrumpiendo este acto. ¿Esto cómo lo llamamos? ¿Flores y pájaros? ¿Amor? ¿O liturgiofobia? ¿O eucaristiofobia? ¿Por qué no buscamos juntos cómo hacer mejor las cosas?", planteó el obispo.

La Iglesia pide respeto, compasión y delicadeza para con los homosexuales

La doctrina católica sobre la homosexualidad y los homosexuales se puede consultar en el Catecismo de la Iglesia Católica, en sus párrafos 2357, 2358 y 2359.

Ahí se puede leer: "Un número apreciable de hombres y mujeres presentan tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclinación, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición".

El Catecismo prosigue: "Las personas homosexuales están llamadas a la castidad. Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y resueltamente a la perfección cristiana".

La ley española castiga asaltar iglesias e interrumpir el culto: ¡incluso en la República!

La ley española recoge con bastante detalle en los artículos 523 y 524 del código penal que se castiga la alteración de ceremonias religiosas y la ofensa de sentimientos religiosos en lugares de culto. Según la ley española, no es lo mismo insultar a los católicos en la calle que irrumpir con gritos en una iglesia, y más durante la misa.

El artículo 523 del Código Penal dice: quien, “con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto”.

Así entraron unos activistas LGTB interrumpiendo el culto en la catedral de Alcalá el 3 de abril de 2019

Varias de las frases de las leyes actuales españolas sobre protección del culto y de los sentimientos religiosos se tomaron de las leyes de 1932 de la Segunda República: la protección de los sentimientos religiosos, el castigo a la interrupción del culto, el respeto a los "dogmas, rituales", "imágenes, objetos de devoción"... Puede verse en este PDF con la ley de 1932.

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Incluso la ley de 1932 la muy laicista Segunda República española castigaba el escándalo en lugares religiosos ofendiendo el sentimiento religioso 

Otros precedentes de asaltos anticatólicos a iglesias

En marzo de 2019 la Audiencia de Madrid condenó a las dos extremistas de Femen que asaltaron la catedral de la Almudena de Madrid en junio de 2014 por un delito de profanación, por lo que cada una tendrá que pagar una multa que asciende a 2.190 euros.

En diciembre de 2017 el Tribunal Supremo confirmó la condena de un año de prisión impuesta por la Audiencia de Baleares contra cinco jóvenes extremistas que interrumpieron la Misa con gritos a favor del aborto en la iglesia de Sant Miquel, Mallorca, rechazando el recurso de casación interpuesto por los condenados.

En enero y febrero de 2014, y en el diciembre de 2013, durante el debate sobre la Ley del Aborto del ministro Gallardón, abundaron los ataques a iglesias en distintos formatos: 

1) Irrumpir en medio de misa con gritos y pancartas (como en Sant Miquel en Mallorca y en Navidad en Sabadell, Barcelona)

2) Amenazar con pintadas en iglesias que impedirán el culto (como en la basílica de Yecla, Murcia)

3) Encadenándose en la entrada del templo (como en la catedral de Terrassa)

4) Directamente intentando quemar la iglesia (como en Santa Marina, en Sevilla)

Más allá de las actividades delictivas cristianófobas de grupos abortistas, LGTB o anarquistas, se da la circunstancia de que en España la mayoría de actos públicos de cristianofobia (exactamente dos de cada tres) no los protagonizan marginales ni inadaptados, sino que los realizan políticos y cargos electos, como analizaba el informe 2013 del Observatorio de la Libertad Religiosa en España.  

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