Miércoles, 27 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

El TC convierte, en 24 horas, la eutanasia en un derecho: «Es la expresión de la autonomía personal»

TC
El Tribunal Constitucional español aprueba en pleno, por nueve votos a favor y dos en contra, que "la vida no sea un derecho absoluto". También aprueba que exista un registro para médicos y sanitarios objetores de conciencia.

ReL

El Tribunal Constitucional (TC) convierte en tiempo récord la eutanasia en un derecho. Este miércoles 22 de marzo la ley de la eutanasia ha sido validada por nueve votos a favor y dos en contra, según publica el diario ABC.

Los magistrados reunidos en pleno han desestimado, solo 24 horas después de empezar a estudiarlo, el recurso presentado por Vox contra la ley de eutanasia. El magistrado progresista Ramón Sáez, ponente del recurso, era partidario de su inadmisión y de considerar la ley como constitucional.

La vida como derecho absoluto

"La decisión libre y consciente de poner fin a la propia vida constituye una expresión de la autonomía personal que le es inherente", señalaba el magistrado en el borrador. La norma es constitucional, según él, porque limita su objeto a la "eutanasia activa y directa" médicamente controlada "en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que no ha podido ser mitigado por otros medios".

"El derecho fundamental a la vida" no sería un absoluto en un contexto eutanásico, ya que se produce una grave situación de tensión entre la libertad y dignidad de la persona y su propia vida

"La tesis absolutizadora de la vida no es compatible con la Constitución", proclama. Por ello, se recuerda que la jurisprudencia constitucional ha respaldado decisiones libres e informadas de pacientes que implicaba adelantar su muerte, como la retirada de aparatos de soporte o la solicitud de cuidados paliativos terminales.

El Tribunal no aprecia diferencia valorativa constitucional entre esas decisiones y la que es objeto de la ley de eutanasia y que se fundamentan en la libertad como valor superior del ordenamiento jurídico, la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.

Eutanasia"La tesis absolutizadora de la vida no es compatible con la Constitución", dice la sentencia.

"El derecho a la integridad física y moral en conexión con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad protegen un ámbito de autodeterminación que ampara la decisión individual, libre y consciente, de darse muerte por propia mano, en un contexto de sufrimiento extremo como el que describe la ley orgánica cuestionada", se dice.

Registro para objetores

"Derecho que incluye la facultad de recabar y usar la asistencia de terceros que fuere necesaria para llevar a la práctica la decisión de morir de manera acorde con su dignidad e integridad personal, de manera segura e indolora", se añade.

Este reconocimiento constitucional del derecho de autodeterminación en contextos eutanásicos demanda a los poderes públicos "el deber de habilitar las vías necesarias para posibilitar la ayuda de terceros".

La sentencia apunta que el procedimiento administrativo debe ser "riguroso con sólidas garantías de protección de estos derechos y bienes" que establece la ley, con el control previo del personal sanitario que se asegura de que la decisión es "informada, libre y responsable", las tres solicitudes sucesivas o el periodo de reflexión.

Sobre la objeción de conciencia de los médicos y enfermeros, el TC dice que es constitucional obligar al profesional a informar anticipadamente por escrito y la creación de un registro de profesionales objetores, cuya finalidad es facilitar a la administración sanitaria la organización del servicio y la eficacia del derecho que regula la ley. 

Puedes ver aquí un vídeo sobre los peligros de la ley de eutanasia.

Han votado de forma discrepante los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Consideran que se crea 'ex novo' un "derecho fundamental de autodeterminación respecto de la propia muerte en contexto eutanásico". El Constitucional además ha rechazado todas las recusaciones del PP contra sus miembros sin ni siquiera tramitarlas.

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