Jueves, 21 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Denuncian ante el Supremo al magistrado Andrés Ollero por retraso malicioso con el aborto: ¡11 años!

Andrés Ollero, magistrado del TC, junto a una bandera
Andrés Ollero es magistrado del Tribunal Constitucional desde 2012, antes fue diputado del PP muchos años... el TC lleva 11 años sin responder sobre la ley de Aborto de Zapatero

ReL

La Asociación Española de Abogados Cristianos ha presentado este miércoles ante el Tribunal Supremo una querella contra el Magistrado del Tribunal Constitucional, Andrés Ollero, ponente del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Aborto de 2010, que permite abortos sin alegar causa alguna hasta las 14 semanas de embarazo. 

Andrés Ollero fue durante 17 años diputado del Partido Popular, llegando a ser portavoz de Educación y Justicia. Desde 2012 es magistrado del Tribunal Constitucional de España (llegó dos años después de que se presentara el recurso de inconstitucionalidad). Ostenta, entre otros reconocimientos, la Gran Cruz de la Orden de Alfonso X el Sabio (2000) y la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort (1998).

La organización de juristas cristianos acusa al magistrado de un posible delito de prevaricación en su modalidad de retardo malicioso.

Solicita para él una pena consistente en la inhabilitación para empleo o cargo público por un periodo de seis meses.

Se cumplen ahora once años desde que el Tribunal Constitucional rechazó suspender cautelarmente la Ley del Aborto (el TC español casi nunca concede esas suspensiones cautelares). 

El Tribunal, en un auto firmado el 14 de julio de 2010 y publicado en el BOE el 9 de agosto de ese mismo año, aseguró que iba a dar “carácter prioritario a la tramitación y resolución del presente recurso”. Pasados 11 años y con más de un millón de vidas eliminadas mediante el aborto en España, aún no ha respondido a la pregunta de si esa ley -bastante distinta a la anterior, de 1985- es conforme a la Constitución Española.

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El 9 de agosto de 2010 -hace un millón de abortos- el Constitucional aseguraba que daría carácter prioritario al recurso sobre la ley de aborto de Zapatero... y se ha convertido en su segundo tema más antiguo y sin tratar

La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, asegura que “cuando la más alta instancia jurídica de nuestro país anuncia que dará carácter prioritario a un recurso por tratarse del derecho fundamental a la vida, no puede haber un magistrado que posponga más de 11 años la resolución. Este tipo de prácticas, en nuestra opinión prevaricadoras por tratarse de un retardo malicioso, desprestigian nuestras instituciones y no deben quedar impunes”.

Castellanos asegura que “el hecho de que no haya sentencia no es algo casual”. Y señala que “en ningún caso se puede considerar que el recurso haya caducado o que haya perdido su objeto procesal puesto que la ley sigue en vigor y se ha solicitado varias veces el fallo por parte de muchos de los firmantes de aquel recurso”.

No sólo hay sentencia, es que ¡en 11 años ni se ha discutido el asunto!

En la querella se puede leer: "Transcurridos casi once años desde la interposición del  meritado recurso de inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional no ha dictado resolución
alguna al respecto. El ponente encargado de este asunto es el Magistrado D. X. Se ha de destacar que, durante este tiempo, ni el ponente ni los diferentes presidentes del Tribunal que ha habido hasta ahora -XX (2001- 2004), XXX (2004-2011), XXX (2011-2013),
XXXX (2013-2017) XXXXX (2017- presente)- han llevado este asunto al Pleno del Tribunal, de manera que no solo no se ha dictado una resolución respecto del recurso de inconstitucionalidad interpuesto, sino que ni siquiera se ha discutido el asunto".

El texto de la querella señala que "este asunto ocupa el segundo lugar [en antigüedad] en cuanto a recursos pendientes de resolver por el Tribunal, dado que el mismo Grupo
Parlamentario Popular presentó un recurso el 16 de octubre de 2009 un recurso contra la
Ley Catalana de Educación que todavía no ha sido resuelto. La intención maliciosa se muestra también en que, al no dictarse sentencia, la ley recurrida se mantiene. El no resolver el recurso deja entrever una adhesión ideológica a la ley vulnerando la imparcialidad que todo Juez o Magistrado debe cumplir".

Polonia Castellanos, de la Asociación de Abogados Cristianos

Polonia Castellanos, de la Asociación de Abogados Cristianos

20 diputados llevan al Constitucional al Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Polonia Castellanos recuerda a la prensa, además, que “el escandaloso retraso en resolver este recurso ha obligado a varios de los diputados firmantes del mismo a llevar el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo”.

Efectivamente, como informó ReL el 29 de junio, 20 diputados de los que presentaron el recurso en 2010 han acudido, 11 años después, a presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra el Tribunal Constitucional español por retrasar injustificadamente su sentencia.  

Un grupo de estos diputados ha llevado este martes al Tribunal Constitucional su demanda por escrito.  Es la primera vez en la Historia que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo y un juez por cada uno de los 47 países que representa (incluye bastantes de fuera de la UE), se encuentra con una demanda por retraso injustificado contra el Tribunal Constitucional (TC).  

Los 20 denunciantes señalaron que el TC ha violado el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) que garantiza el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. "Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable...", dice el convenio. 

Durante estos 11 años, el TC ha dictado más de 2.000 sentencias, la mayoría sobre recursos muy posteriores al del aborto.

La demanda incluye una nota de uno de los firmantes, el ex-diputado José Eugenio Azpiroz Villar (fue diputado del PP por Guipúzcoa, de 1993 a 2015). Recuerda que "ya el 16 de diciembre de 2020 presentamos ante este TC escrito solicitando que se dictase sentencia en el recurso de inconstitucionalidad por nosotros interpuesto más de una década antes, sin que el TC haya dictado la sentencia instada ni se haya dignado contestar a aquel escrito".

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