Jueves, 21 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

«Cor Orans», la instrucción para las 38.000 monjas contemplativas: algunos riesgos de nuestra época

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Las contemplativas tienen una vocación muy especial y delicada que hay que cuidar
Las contemplativas tienen una vocación muy especial y delicada que hay que cuidar

El franciscano gallego José Rodríguez Carballo, desde 2013 secretario vaticano de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada, y el padre Sebastiano Paciolla, secretario y sub secretario del dicasterio, presentaron "Cor Orans", una instrucción sobre la vida de las comunidades contemplativas femeninas para aplicar a partir de la constitución "Vultum dei Quaerere". Afecta a unas 38.000 monjas contemplativas de rito latino.

Ambos señalaron como una novedad de "Cor Orans" que por primera vez en la historia de este dicasterio y de la vida contemplativa, se hizo una encuesta a todos los monasterios del mundo sobre ciertos puntos, entre ellos la formación, la clausura y la autonomía. Aseguran que tanto la Vultum dei Quaerere, como la instrucción Cor Orans, recogen fielmente las orientaciones que dieron en su gran parte los monasterios, recogiendo fielmente los criterios para, por ejemplo, mantener la autonomía sui iuris, pues han sido las mismas entidades religiosas las que han respondido.

La agencia AsiaNews ha señalado algunos aspectos de "Cor Orans" (que no es una nota breve: si se imprime desde Vatican.va, la instrucción da un texto de 11 páginas más 3 páginas de notas). 
  
Separarse del mundo en la clausura
El texto alaba "la vida contemplativa femenina, custodia de gratuidad y de rica fecundidad apostólica" que "siempre ha sido testigo visible de misteriosa y multiforme santidad, y enriquece la Iglesia de Cristo con frutos de gracia y de misericordia”.

La característica y la finalidad de los institutos de vida consagrada, religiosos, es la separación del mundo. Ésta se “corresponde con el dictado paulino de no conformarse a la mentalidad de este siglo, huyendo de todas las formas de mundanidad (n. 156)”.

De aquí surge la regla de la clausura, es decir, “el espacio monástico separado del exterior y reservado a las monjas, en el cual sólo en caso de necesidad puede ser admitida la presencia de extraños. Debe ser un espacio de silencio y de recogimiento, donde pueda desarrollarse la búsqueda permanente del rostro de Dios, según el carisma del Instituto”.  

Proteger el recogimiento de la invasión de noticias
Entre las novedades que ha introducido la Instrucción -que se ocupa de la autonomía de los monasterios, las federaciones de monasterios, la separación del mundo, la formación- figura la normativa en torno a los nuevos medios de comunicación social (n. 68), con toda la variedad en que éstos se presentan hoy en día. Se “apunta a la salvaguarda del recogimiento y del silencio: en efecto, puede vaciarse el silencio contemplativo cuando se llena la clausura de rumores, de noticias y de palabras. El recogimiento y el silencio es de suma importancia para la vida contemplativa, dado que es el ‘espacio necesario de escucha y de la ruminatio de la Palabra de Dios, al mismo tiempo que el presupuesto para una mirada de fe que se percate de la presencia de Dios en la historia personal y en la de las hermanas […] y en las circunstancias del mundo’. Por tanto, tales medios (n. 169) deben ser usados con sobriedad y discreción, no sólo en lo referido a los contenidos, sino también a la cantidad de información y al tipo de comunicación, ‘para que estén al servicio de la formación en la vida contemplativa y de las comunicaciones necesarias, y que éstas no sean ocasión de disipación o de evasión de la vida fraterna en la fraternidad, ni un daño para vuestra vocación, como tampoco un obstáculo para vuestra vida, dedicada por entero a la contemplación”.

No pedir a las contemplativas apostolado activo
El texto también señala que “sin importar cuán urgente sea la necesidad del apostolado activo, los miembros de dichos institutos no pueden ser llamados a prestar la ayuda de su obra en los diversos ministerios pastorales”.   



Elegir lugar donde haya sacerdotes adecuados
Las transformaciones que se han ido sucediendo a lo largo del tiempo se reflejan en numerosos puntos, como cuando se afirma que en la elección del lugar donde habrá de fundarse un monasterio “se debe prestar particular atención a las exigencias de la vida sacramental y espiritual del nuevo monasterio, dado que la carencia de clero en algunas iglesias particulares no siempre permite localizar un presbítero que tenga la idoneidad y sensibilidad espiritual para acompañar a la comunidad de un monasterio de monjas  (n. 27)”. 

Evitar reclutar monjas extranjeras solo para no cerrar
O cuando se señalan como criterios que pueden contribuir a la decisión de cerrar un monasterio: “el número de monjas, la edad avanzada de la mayor parte de los miembros, la capacidad real de gobierno y de formación, la ausencia de  candidatas durante muchos años, la carencia de la vitalidad necesaria para vivir y transmitir el carisma en la fidelidad dinámica (n. 70)”. Pero “sin embargo, debe evitarse absolutamente el reclutamiento de candidatas de otros países cuando el único fin de ello sea salvaguardar la supervivencia del monasterio”. (n. 257)”.

Siendo la vida monástica un encuentro personal con el Señor, la misma “se inicia con la llamada de Dios, y la decisión de cada una de seguir las huellas de Cristo según el propio carisma, como discípula Suya, bajo la acción del Espíritu Santo (n. 221). Y, por ende “a pesar de que siga siendo importante la adquisición de conocimientos, lo cierto es que la formación en la vida consagrada, y particularmente en la vida monástica contemplativa, consiste, sobre todo, en la identificación con Cristo (n. 222)”.

Lea aquí entera la instrucción Cor Orans




 

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