Un referéndum legaliza el material blasfemo en Irlanda, pero la Constitución aún pide honrar a Dios
Participación del 44%: 950.000 a favor del material blasfemo
La participación total en el referéndum fue de menos del 44%. Solo en tres condados (de las 40 circunscripciones) se alcanzó un 50% de votantes.
Pero la Constitución aún pide reverencia al nombre de Dios
Lo común en Europa
En un estudio comparando países, la Asociación de Abogados Cristianos establece: "Alemania y Bulgaria, seguidos por Finlandia y Austria, lideran la lista de estos países. Imponen sanciones que llegan a ser el triple de duras que las españolas. En España, la máxima sanción asciende a los 12 meses de prisión, mientras que la media de los países europeos es de 17 meses".
La asociación de abogados, fundada en 2008, señala cierta relación entre falta de protección legal y aumento de ataques contra los cristianos: "Respecto a los delitos de odio dentro de la Unión Europea, los seis países que no protegen los sentimientos religiosos suman el 50% de los ataques registrados como delitos de odio contra los cristianos".
La asociación lamenta que "determinado sector laicista (entre los que es preocupante encontrar incluso algunos jueces)" insista en decir que las leyes de protección de los sentimientos religiosos son algo "franquista", "islámico" o "no democrático". La realidad es que estos sentimientos se protegen en las leyes de numerosas democracias actuales.
En España el Código Penal presenta su artículo 525 sobre ofensas a sentimientos religiosos y "a quienes no profesan religión", que dice: «Incurrirán en la pena de multa de 8 a 12 meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.»
Además, el artículo 523 del Código Penal castiga a quien con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impida, interrumpa o perturbe los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas.
Abogados Cristianos tiene una propuesta para España: adoptar el artículo que figura en el Código Penal canadiense que condena severamente el escarnio contra la religión pero especifica que que ninguna persona será condenada por expresar “de buena fe y en un lenguaje decente” una opinión sobre un tema religioso. Eso permite conjugar dos derechos: la libertad religiosa y la libertad de expresión, a la vez que se fomenta el respeto, que es necesario para la paz pública y la convivencia en diversidad.