El Constitucional condena a Cantabria por quitar el concierto en 2009 a una escuela diferenciada
Se han necesitado 10 años, pero por fin el Tribunal Constitucional se ha pronunciado y lo ha hecho defendiendo a las escuelas que separan a niños y niñas en aulas distintas: esas escuelas hacen algo perfectamente constitucional y quitarles el concierto económico viola la libertad educativa.
Una sentencia del Tribunal Constitucional acaba de declarar nula la decisión tomada por el Gobierno cántabro en 2009 de no conceder el concierto educativo al colegio Torrevelo, de Santander. El Constitucional considera que el Gobierno autonómico (que era del PSOE y el Partido Regionalista Cántabro) violó así el derecho fundamental a la libertad educativa.
En su resolución, que estima el recurso de los representantes de los padres del colegio, se afirma que el gobierno vulneró los derechos de estos tutores a elegir centro y tipo de formación de sus hijos.
El tribunal indica, además, que al denegarse la renovación de ese concierto -que hasta 2009 tenía el Torrevelo- se produjo «una injerencia en la libertad educativa de los padres de los alumnos» que recoge el artículo 27, apartados 1 y 3 de la Constitución.
Según explica el diario ABC, hay en España 219 centros que separan a los niños y niñas en aulas distintas, menos del 1 por ciento de las escuelas del país. Todos son de titularidad privada, aunque la mitad (109) disponen de concierto educativo (subvención pública), según la Asociación Europea de Centros de Educación Diferenciada (www.easse.org/es/). La gran mayoría de estos colegios son de inspiración cristiana. Una treintena pertenecen, en concreto, a Fomento de Centros de Enseñanza (www.fomento.edu), una institución educativa impulsada por un grupo de padres y educadores vinculados al Opus Dei. Es el caso del colegio Torrevelo.
La diferenciada en Andalucía, también protegida
En 2012 el Tribunal Supremo se pronunció a favor de la decisión de la Junta de Andalucía de retirar las ayudas a varios de estos centros andaluces. No obstante, con la aprobación de la Lomce, el Tribunal Supremo (TS) tuvo que volver a pronunciarse ante nuevos recursos de los colegios y en esta ocasión sostuvo, sin esperar a que resolviera el Tribunal Constitucional que, de acuerdo a la ley, los centros tienen derecho a percibir las subvenciones. En mayo de 2017 la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS reconoció el derecho a la subvención a nueve centros de educación diferenciada por sexo existentes en Andalucía.
El TC al PSOE: separar por sexos es libertad de enseñanza
En abril de este año el Tribunal Constitucional dio por zanjado el tema al fallar en contra de un recurso del PSOE sobre cinco puntos de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), entre ellos, la financiación pública de la educación diferenciada. En su sentencia el tribunal recuerda que la separación por sexos entra dentro de la libertad de enseñanza. Se trata de un modelo como cualquier otro, por lo que no hay razón para excluirlo de esa financiación pública, pues es plenamente constitucional.