Jueves, 21 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Este lunes vuelven las misas para el 51% de los españoles: estas son las normas que exige el Estado

Este lunes vuelven las misas para el 51% de los españoles: estas son las normas que exige el Estado
Las misas vuelven para el 51% de la población española

ReL

Este lunes vuelven las misas para el 51% de la población española, es decir, aquella que vive en las provincias y zonas que el Gobierno ha considerado que pueden pasar a la Fase 1 del desconfinamiento. Son más muchas más las provincias que podrán celebrar misas que las que no lo podrán hacer pero zonas como Madrid, Barcelona o Valencia, importantes focos de población, aún deberán esperar al menos una semana para poder recibir los sacramentos.

En pequeñas islas como Formentera, la Gomera, el Hierro o la Graciosa ya disfrutaron la pasada semana de la Fase 1 debido a su poca población y aislamiento por lo que en ellas se celebraron ya las primeras misas, mostrando así un avance de cómo serían en el resto de España.

Las normas que exige el Estado a las iglesias

El Boletín Oficial del Estado publicó el sábado 9 de mayo las normas generales de esta Fase 1 en la que había un apartado específico para los lugares de culto, donde se especifican las  normas que se deberán seguir en las iglesias desde este lunes en las zonas en las que se podrán reanudar las misas.

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En tonos más oscuros las zonas que han entrado en la Fase 1 y volverán a tener misas. En tono claro, las zonas que seguirán aún en la Fase 0 / El Mundo

El primer punto, ya conocido tras el primer anunció que realizó el Gobierno, es que el aforo en las iglesias en esta fase no podrá superar el tercio de la capacidad y deberá de haber al menos un metro de distancia de seguridad, además de cumplirse las medidas de seguridad e higiene que exigen las autoridades sanitarias. Las mascarillas deberán usarse con carácter general, no habrá contacto personal y no se podrán distribuir objetos, libros o folletos para las celebraciones.

En la norma que publica el BOE se específica que en caso donde no esté claramente determinado el aforo se puede calcular así:

- En espacios con asientos individuales: una persona por asiento respetándose la distancia mínima de un metro.

-Bancos: una persona por cada metro lineal de banco.

- Espacios sin asientos: una persona por metro cuadrado de superficie reservada para los asistentes.

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Además, se exige a las iglesias y otros lugares de culto que el aforo máximo deberá publicarse en un lugar visible.

Prohibición de utilizar el exterior de los templos

Un dato muy relevante que aparece en la norma publicada el sábado y que puede afectar a las iglesias es la prohibición de utilizar el exterior de los edificios ni la vía pública para la celebración de actos de culto. De este modo, se impedirán que se puedan celebrar misas en explanadas y lugares más amplios que permitan aumentar el aforo y también la seguridad de los fieles. Igualmente, esto impide cualquier tipo de actos de piedad, procesiones o exposiciones públicas.

Por otro lado, se pide que las celebraciones litúrgicas sean breves. En cuanto a aspectos prácticos, muchos de los elementos que se recogen en el BOE son iguales a las recomendaciones propuestas por la Conferencia Episcopal Española.

Cuestiones prácticas

Estos son los puntos más importantes:

- Uso de mascarilla con carácter general.

- Antes de cada reunión o celebración, se deberán realizar tareas de desinfección de los espacios utilizados o que se vayan a utilizar, y durante el desarrollo de las actividades, se reiterará la desinfección de los objetos que se tocan con mayor frecuencia.

- Se organizarán las entradas y salidas para evitar agrupaciones de personas en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto.

- Se pondrá a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del lugar de culto, que deberán estar siempre en condiciones de uso.

- No se permitirá el uso de agua bendita.

- Se facilitará en el interior de los lugares de culto la distribución de los asistentes, señalizando si fuese necesario los asientos o zonas utilizables en función del aforo permitido en cada momento.

- Durante las celebraciones, se evitará el contacto personal, la distribución de objetos, folletos o libros, así como tocar o besar objetos de devoción, así como la actuación de coros.

En cuanto a los entierros, en esta fase se permitirá la presencia de quince personas además del sacerdote o diácono que celebre el funeral.

El añadido de los obispos españoles

El pasado 30 de abril la Conferencia Episcopal publicó un documento con recomendaciones, en algunos puntos idénticas a las establecidas ahora por el Estado. Pero además, los obispos mantenían la dispensa dominical para asistir a misa en este tiempo de transición e incluso sugerían a personas mayores, enfermos y personas vulnerables que siguieran las celebraciones por los medios de comunicación.

Por otro lado, el documento de los obispos recomendaba aumentar el número de misas en las parroquias para así compensar la reducción del aforo que establece la ley.

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