Jueves, 21 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Sánchez quitará la protección legal al sentimiento religioso: en la UE 27, lo normal es protegerlo

El presidente español, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados
El presidente español, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados; necesita muchos aliados para aprobar leyes

P.J.Ginés

Es algo de lo que se viene hablando en España desde 2018 y aún antes: eliminar el artículo 525 del Código Penal, el que permite castigar las ofensas contra los sentimientos religiosos.

Ahora, según adelanta el diario El País, progubernamental y bien informado de lo que hace el poder socialista, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, intentará eliminar ese artículo en el marco de lo que él llama "plan de regeneración democrática" que empezó a explicar este lunes. Contaría con el apoyo de sus socios de izquierda radical (Podemos, Sumar, ERC) y quizá alguno más. Sumar también querría despenalizar las injurias contra la Corona y altas instituciones estatales, pero probablemente Sánchez no lo aceptará.

Sánchez dijo sobre su plan el lunes que "emana" de la Constitución y de medidas del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea y que espera que lo aprueben "todos los demócratas" (que es una forma de decir que quien no lo apoye no será demócrata, pero también que hasta ahora no había demócratas en el país, al tener otras leyes).

En realidad, en la Unión Europea lo normal es castigar las ofensas a los sentimientos religiosos, que es lo que hacen 21 de sus 27 países bajo distintas fórmulas. Y lo raro es que las leyes no lo castiguen. Allí donde no se castigan los ataques a los sentimientos religiosos, la conflictividad aparece bajo la fórmula de "delito de odio contra una comunidad religiosa".

Un informe del Observatorio de la Libertad Religiosa citado en julio por el diario ABC detallaba que solo hay 6 países de la UE que no castigan estas ofensas al sentimiento religioso, y son muy peculiares:

- las postcomunistas Chequia y Estonia, considerados los dos países menos religiosos del continente;
- Croacia, de tradición católica, pero marcada por la guerra de Yugoslavia y sus conflictos étnicos,
- Suecia, muy descristianizada,
- Francia, el único régimen laicista de Europa, excepto quizá la pseudocomunista Bielorrusia,
- y la "nueva" Irlanda del gay hindú Varadkar que implantó el aborto y quitó una anticuada ley de blasfemia en 2018 sin sustituirla por nada (pero, tristemente, con el apoyo amplio de un referéndum popular).

El resto de países de la Unión entienden que los sentimientos religiosos sí merecen protección.

Una norma que casi nunca logra castigar

En realidad, en España es muy difícil castigar a alguien por "ofensa a los sentimientos religiosos", y casi nunca se consigue, porque requiere a menudo mostrar el "ánimo de causar afrenta". El artículo 525 dice:

"Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican".

Hay juristas que insisten en que el escarnio, según la RAE, es "burla tenaz que se hace con el propósito de afrentar", que "tenaz" significa "firme y pertinaz en un propósito" y que "causar afrenta" es "ofender, humillar, denostar". Los agresores en los juicios suelen negar que buscaran "ofender, humillar y denostar" y suelen declarar que hacían una actividad artística o de denuncia social sin tal voluntad de afrenta. Depende de los jueces fallar en un sentido u otro.

Sin embargo, es verdad que al existir la norma, es posible denunciar a los agresores y emprender un proceso legal, lo que ayuda a que muchos blasfemos, cristianófobos y resentidos en general moderen sus ataques y los reconduzcan con más civismo.

En la foto, una pantomima feminista y anticatólica el 8 de mayo de 2022 ante la catedral de Tarragona:

Una pantomima feminista y anticatólica el 8 de mayo de 2022 ante la catedral de Tarragona

Los que interrumpen el culto: sentencias más duras

En España es mucho más frecuente castigar por casos de asaltos a lugar de culto interrumpiendo las ceremonias, algo que las juventudes de la CUP (el movimiento de izquierda antisistema Arran) y grupos feministas y abortistas hacían con cierta frecuencia hace diez años, y dejaron de hacer precisamente por los juicios y sus sentencias (la interrupción en la misa de Nochebuena de 2013 en Sabadell o la del del 9 de febrero de 2014 en Palma de Mallorca son ejemplos; contar con vídeos ayuda a detener culpables). Pero aún en 2024 en el País Vasco se dio un caso similar.

Esto pertenece al artículo 523 del Código Penal que castiga a quien "con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impida, interrumpa o perturbe los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas".

En 2018, el digital ForumLibertas, repasando un informe de la Comisión de Estados Unidos sobre Libertad Religiosa Internacional que analizaba la dureza de las leyes sobre las expresiones anti-religiosas o de blasfemia, sobre 71 países, otorga a España el número 70: es decir, era casi el país menos duro respecto a este tema. Había democracias de alto nivel como Alemania, Finlandia o Italia, que castigan con bastante dureza los ataques contra los sentimientos religiosos, según el informe de esta Comisión de EEUU.

De hecho, varias de las frases de las leyes actuales españolas se han tomado de las leyes de 1932 de la Segunda República: la protección de los sentimientos religiosos, el castigo a la interrupción del culto, el respeto a los "dogmas, rituales", "imágenes, objetos de devoción"... Puede verse en este PDF con la ley de 1932.

Normas de 1932 de la Segunda República Española contra quien ofenda los sentimientos religiosos:

Norma de la Segunda República Española contra quien ofenda los sentimientos religiosos

En 2018, la asociación Abogados Cristianos proponía para España adoptar el artículo que figura en el Código Penal canadiense que condena severamente el escarnio contra la religión pero especifica que que ninguna persona será condenada por expresar “de buena fe y en un lenguaje decente” una opinión sobre un tema religioso. Eso permite conjugar dos derechos: la libertad religiosa y la libertad de expresión, a la vez que se fomenta el respeto, que es necesario para la paz pública y la convivencia en diversidad.

¿Es bueno que no haya límites al insulto y la grosería? La Alemania pre-nazi

En la muy liberal Alemania de Weimar, en los años 20, no había limitaciones a la prensa insultante y al humor ofensivo. Por eso el historiador inglés Paul Johnson en su libro Historia de los Judíos afirma que "la atmósfera de violencia real que alimentó al nazismo estaba a su vez sostenida por la creciente violencia verbal y gráfica en los medios de difusión. A veces se sostiene que la sátira, incluso la más cruel, es un signo de salud en una sociedad libre, y que no deben imponérsele restricciones. La historia judía no confirma este criterio. Los judíos han sido blanco de estos ataques con más frecuencia que otro grupo cualquiera y saben por larga y amarga experiencia que la violencia impresa es sólo el preludio de la violencia sangrienta".

En el vídeo: Activistas abortistas de Arran (extrema izquierda juvenil de las CUP) interrumpen una misa en Banyoles (Gerona) con gritos y panfletos en 2014.

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