Anula dos fallos judiciales previos y revoca su despido
El Constitucional da la razón a la profesora de Religión casada por lo civil con un divorciado
El Obispado de Almería no le había renovado el contrato porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.
El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar de una profesora, a la que no se le renovó el contrato para enseñar religión tras casarse por lo civil con un divorciado.
Este hecho "no guarda relación con la actividad docente desempeñada por la demandante, pues no afecta a sus conocimientos dogmáticos o a sus actitudes pedagógicas", según argumenta el Constitucional (TC) en una sentencia conocida hoy.
Así, el TC anula una sentencia de diciembre de 2001 del Juzgado de lo Social número 3 de Almería y otra de 2002 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Esos tribunales habían desestimado las demandas de la profesora Resurrección Galera Navarro contra el Obispado de Almería, que no la propuso para continuar impartiendo religión porque no reunía las condiciones exigibles para defender la moral y la doctrina cristiana.
El TC otorga el amparo reclamado por Galera e impone "retrotraer" las actuaciones al momento anterior a dictarse la sentencia del juzgado de Almería para que este órgano judicial dicte otra nueva acorde con los argumentos del fallo constitucional.
La docente ha recibido con "alivio" y una "enorme satisfacción" el fallo del Constitucional porque su despido fue "como si le cortasen los brazos y las piernas, porque los niños y la docencia eran su vida".
Así lo ha trasladado su marido, Johannes Romes, este martes, quien, desde el hotel rural ´La Alberca´ que desde hace cinco años ambos regentan en el parque natural Cabo de Gata-Níjar (Almería), ha asegurado que están "flipando", después de casi diez años de litigio, ante una sentencia "que nos da la razón por fin en lo que siempre hemos creído, el derecho fundamental a la intimidad, porque la vida personal no tiene porque ver con la enseñanza a los niños".
Romes, quien ha utilizado expresiones como "increíble", "genial" o "contentísimos" para verbalizar "un montón de sentimientos juntos", ha resaltado que el contenido del fallo del TC, que revoca las sentencias de un juzgado de lo social de Almería y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), "pone fin a una injusticia a todas luces que nos dolió y nos duele muchísimo".
Jurisprudencia "beneficiosa"
Acerca de si Resurrección estaría dispuesta a retomar la enseñanza de pronunciarse en sentido favorable el juzgado de lo Social, ha apelado a la cautela y ha apuntado que se trata de un planteamiento "prematuro".
"A la espera de que se repita el juicio, se trata de una cuestión que dudamos, máxime si tenemos en cuenta que la vía para elegir a los docentes de Religión no ha cambiado y sigue siendo a propuesta del Obispado y del obispo de turno", ha remarcado Romes, para quien la trascendencia del fallo del Constitucional reside en que "sienta jurisprudencia en la materia y no cualquiera".
"Estamos contentos porque se ha administrado Justicia de la instancia más alta y, sobre todo, en nombre de todos los compañeros que durante años han pataleado contra este tipo de decisiones que ahora se demuestran son discriminatorias, ya que la sentencia puede también beneficiarles a ellos", ha concluido.