¿Quedará en nada la ofensa a la Virgen en la televisión pública catalana? De momento, el Juzgado de Instrucción número 5 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) acaba de citar como imputados a los tres humoristas de TV3 que se mofaron de la Virgen del Rocío.
En el auto, del que se hace eco la web Vozpópuli, la juez explica que los hechos denunciados por Abogados Cristianos podrían ser constitutivos de un delito de injuria, cuyo tipo básico contempla penas de prisión de entre seis y doce meses. La magistrada Miriam Luque les emplaza a que comparezcan como investigados el próximo 27 de octubre.
La juez acepta que Abogados Cristianos se presente como acusación popular y solicita que se incorporen al procedimiento los antecedentes penales de los investigados, en caso de tenerlos.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha declarado que "este tipo de vejaciones no pueden quedar impunes. Solo pedimos que se respete a los cristianos".
Mofa grosera de temática sexual y étnica
La mofa a la Virgen del Rocío se emitió en el programa satírico 'Està passant' de la TV3 y los imputados son Toni Soler, Jair Domínguez y la actriz Judit Martín. El sketch consistió en una parodia en forma de entrevista a Martín, la cual iba ataviada como la Virgen del Rocío y portaba un muñeco en sus manos que simulaba ser el niño Jesús.
La actriz imitó el acento andaluz, se burló varias veces del traje que llevaba y se presentó como 'marededeu del Rocío' y, preguntada por los devotos dijo: "Anda y que se vayan a tomar por c...". La actriz también dijo que llevaba "200 años sin poder echar un polvo como Dios manda" y que "estaba más caliente que el palo de un churrero".
Protestas al Comité Audiovisual, desestimadas
El sketch causó la indignación de muchos espectadores que se quejaron al CAC (Consejo Audiovisual de Cataluña), organismo "independiente" para la regulación de la comunicación audiovisual. Recibieron quejas de 3 entidades (el partido Valents, que dirige Eva Parera, la Federación de Entidades Culturales Andaluzas en Cataluña, FECAC, y la asociación E-Cristians) y las de 115 personas a título individual.
Sin embargo, los 5 consejeros del CAC, de forma unánime, dictaminaron que los chistes groseros y sexuales, "aunque puedan resultar desafortunados y hasta hirientes para determinados segmentos de la audiencia, especialmente en lo que respecta a las personas que profesan la fe católica, se sitúan en el marco del ejercicio de la libertad de expresión".
Y añadía el CAC: "El Consejo considera que hay que extremar el cuidado para evitar en los espacios de entretenimiento humorístico manifestaciones que puedan menospreciar a las personas que profesan cualquier creencia religiosa. Además, constata que la expresión satírica es una manifestación de la libre opinión de ideas, creencias y juicios de valor, que se utiliza como instrumento de denuncia y de crítica social. Por todo eso, el Consejo considera que en el caso analizado no se aprecia ninguna vulneración de la normativa audiovisual".
La asociación E-Cristians protestó al CAC por estar violando sus propias normas aprobadas en 2002 y especializadas en el trato del hecho religioso en programas de entretenimiento, una normativa llamada "Criterios del Consejo del Audiovisual de Catalunya en materia de tratamiento del hecho religioso en los programas audiovisuales de entretenimiento" que el CAC ahora ignoró.
"Es una evidencia de que este programa vulnera todos los citados 'criterios', hecho que el Consejo del CAC no podía ignorar. Al hacerlo, infringe su propia normativa y la finalidad por la que ha sido instituido. ¿Cómo calificar una decisión de un órgano de la administración que obra mal siendo plenamente consciente del hecho?", denunció Josep Miró, presidente de E-Cristians.