La filial española de Planned Parenthood pierde su estatus de asociación de «utilidad pública»
El tribunal de la Audiencia Nacional española declaró que la Federación de Planificación Familiar (FPFE), filial de la trasnacional del aborto Planned Parenthood en España, ya no es más una entidad de “utilidad pública” para el país, informa la agencia ACI.
La consideración de “utilidad pública” supone gozar en España de numerosos beneficios fiscales, económicos, administrativos y procesales.
Recientemente, la Audiencia Nacional rehabilitó la condición de “utilidad pública” a la filial española de la International Planned Parenthood Federation, a pesar de haberla perdido en mayo de 2016 al descubrirse que había sido financiada de manera ilegal durante 7 años.
Sin embargo, este 25 de noviembre se informó que la Audiencia Nacional finalmente revocó el estado de “utilidad pública” a la FPFE al darle la razón al Ministerio del Interior y a la asociación de Abogados Cristianos sobre la no utilidad pública del organismo internacional.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, celebró la decisión y aseguró que “una organización que ha incumplido de forma sistemática la ley no puede tener dicho reconocimiento".
Pidió, además, que dejen de concedérsele “los más de 400.000 euros de subvenciones que recibe con el dinero de nuestros bolsillos”.
Recordó también que la FPFE recibe fondos de su matriz americana, Planned Parenthood, la cual está siendo investigada por el FBI en EEUU por traficar con órganos y tejidos procedentes de los fetos abortados en sus clínicas.
El reclamo de Abogados Cristianos
Abogados Cristianos reclamó ante el Ministerio del Interior que la FPFE no había declarado los ingresos por publicidad en una revista farmacéutica (prohibido en la ley española) ni una sanción por dicha publicidad.
Tras ello, el Ministerio Interior retiró el estatus de “utilidad pública” al organismo abortista alegando que “tal conducta infractora es incompatible con la promoción del interés general, en este caso, la protección de la salud pública”.
Además, aseguró que “supone defraudar la confianza que la sociedad deposita en aquella entidad que pretende beneficiar a la comunidad a cambio de recibir importantes ventajas”.
Luego de la decisión, la FPFE decidió demandar tanto al ministerio como a Abogados Cristianos.
No obstante, la Audiencia Nacional resolvió que efectivamente el Ministerio del Interior actuó bien, y archivó las demandas contra ambas entidades. Finalmente, condenó en costas a la FPFE, es decir, que deberá resarcir al vencedor del litigio los gastos que le causó el proceso.
Para Luis Losada Pescador, director de campañas de la plataforma CitizenGO, esta es “una buenísima noticia desde la óptica española porque se hace justicia”.
La consideración de “utilidad pública” supone gozar en España de numerosos beneficios fiscales, económicos, administrativos y procesales.
Recientemente, la Audiencia Nacional rehabilitó la condición de “utilidad pública” a la filial española de la International Planned Parenthood Federation, a pesar de haberla perdido en mayo de 2016 al descubrirse que había sido financiada de manera ilegal durante 7 años.
Sin embargo, este 25 de noviembre se informó que la Audiencia Nacional finalmente revocó el estado de “utilidad pública” a la FPFE al darle la razón al Ministerio del Interior y a la asociación de Abogados Cristianos sobre la no utilidad pública del organismo internacional.
La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, celebró la decisión y aseguró que “una organización que ha incumplido de forma sistemática la ley no puede tener dicho reconocimiento".
Pidió, además, que dejen de concedérsele “los más de 400.000 euros de subvenciones que recibe con el dinero de nuestros bolsillos”.
Recordó también que la FPFE recibe fondos de su matriz americana, Planned Parenthood, la cual está siendo investigada por el FBI en EEUU por traficar con órganos y tejidos procedentes de los fetos abortados en sus clínicas.
El reclamo de Abogados Cristianos
Abogados Cristianos reclamó ante el Ministerio del Interior que la FPFE no había declarado los ingresos por publicidad en una revista farmacéutica (prohibido en la ley española) ni una sanción por dicha publicidad.
Tras ello, el Ministerio Interior retiró el estatus de “utilidad pública” al organismo abortista alegando que “tal conducta infractora es incompatible con la promoción del interés general, en este caso, la protección de la salud pública”.
Además, aseguró que “supone defraudar la confianza que la sociedad deposita en aquella entidad que pretende beneficiar a la comunidad a cambio de recibir importantes ventajas”.
Luego de la decisión, la FPFE decidió demandar tanto al ministerio como a Abogados Cristianos.
No obstante, la Audiencia Nacional resolvió que efectivamente el Ministerio del Interior actuó bien, y archivó las demandas contra ambas entidades. Finalmente, condenó en costas a la FPFE, es decir, que deberá resarcir al vencedor del litigio los gastos que le causó el proceso.
Para Luis Losada Pescador, director de campañas de la plataforma CitizenGO, esta es “una buenísima noticia desde la óptica española porque se hace justicia”.
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