Miércoles, 27 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Nuevas normas para el «banco del Vaticano»: ternas, mandatos quinquenales, más controles

La Guardia Suiza pasa ante la torre del Banco Vaticano, foto de 2014
La Guardia Suiza pasa ante la torre del Banco Vaticano, foto de 2014

Jesús M.C.

De toda la vida, la gestión de los fondos del Instituto para las Obras de Religión, el popularmente llamado "banco vaticano", ha sido una fuente de dolores de cabeza para la Iglesia. Congregaciones y diócesis de todo el mundo ponen dinero allí, especialmente para operaciones internacionales y actividades en las misiones, pero los excesos de confianza o falta de transparencia han sido causa de escándalos. En los últimos años se han multiplicado las iniciativas para que haya más controles y más acordes a la legalidad internacional.

Hace 4 años ya se revisaron aspectos de su Estatuto. Y ahora vuelven a cambiarse, siguiendo un dictamen de la Santa Sede, para adecuarse a la nueva Constitución Apostólica Praedicate Evangelium, de marzo de 2022, que establece una amplia reforma en toda la Curia.

Como otras entidades vaticanas, la dirección del IOR y otros cargos en este organismo tendrán ahora mandatos de cinco años, renovables solo una vez (el directivo podrá estar un máximo de diez años en el cargo). Una serie de normas establecen una "estructura de gobierno más ágil y con funciones mejor definidas entre los distintos órganos para evitar superposiciones o duplicidades de actividades".

Los mandatos de los integrantes de la Comisión Cardenalicia y del Consejo de Superintendencia no serán simultáneos.

Una norma sobre conflictos de intereses especifica que "cada miembro del Consejo de Superintendencia se abstendrá de participar en las votaciones relativas a resoluciones en las que tenga un interés, actual o potencial, en nombre propio o de terceros".

El Consejo de Superintendencia será responsable de definir las líneas estratégicas, las políticas generales y la supervisión de las actividades del IOR.

Por su parte, el Director General será responsable de la gestión y administración del Instituto. Ya no habrá una dirección colegiada que conste de director y vicedirector. Pero el Director General puede designar a uno de los gerentes como "vicedirector", como una función o servicio.

El Director General seguirá siendo nombrado por el Consejo de Superintendencia y aprobado por la Comisión Cardenalicia. La novedad es que ahora será elegido "sobre la base de una terna de al menos tres candidatos idóneos". Podrá ser contratado por tiempo indeterminado o determinado.

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