Martes, 05 de noviembre de 2024

Religión en Libertad

Vulneración de todo tipo de derechos e imposición de una ideología

¿Cómo nos afectará la ley LGTB nacional? El Foro de la Familia recopila las consecuencias jurídicas

¿Cómo nos afectará la ley LGTB nacional? El Foro de la Familia recopila las consecuencias jurídicas
El Foro de la Familia alerta de las consecuencias del proyecto de ley LGTB que se votará después del verano

J.L. / ReL

Después del verano se debatirá el proyecto de ley presentado por Unidos Podemos y redactada por la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), uno de los mayores y más subvencionados lobbies gays en España. A tenor del apoyo que han manifestado partidos como el propio Podemos, PSOE o Ciudadanos y lo que ha dejado entrever el PP, la ley LGTB a nivel nacional podría ser aprobada por una mayoría aplastante o total, convirtiéndose en uno de los grandes logros históricos del lobby gay en España. (Puede leer aquí íntegro el proyecto de ley)

El texto no se anda con medianías y supone la imposición a todos los niveles de la ideología de género, entrando en conflicto directo con derechos como la libertad de expresión, educativa, religiosa y de conciencia. Para ello, hay una batería de multas de todo tipo, prohibiciones, decomisos de libros, cierres de páginas así como medidas dirigidas a colegios, empresas  y administraciones. (Puede saber más detalles sobre este proyecto de ley en este reportaje de ReL).


Mariano Calabuig, presidente del Foro de la Familia, alerta sobre los peligros que acarrearía para las libertades si se aprobase esta normativa


El Foro de la Familia da la voz de alarma
Ante la gravedad del proyecto que será previsiblemente aprobado sólo con pequeñas modificaciones, el Foro de la Familia (www.forofamilia.org) , que agrupa a cientos de agrupaciones y asociaciones, ha querido denunciar las imposiciones de este texto y las graves consecuencias jurídicas que acarreará su aplicación en la libertad de los ciudadanos.

El presidente del Foro de la Familia, Mariano Calabuig, alerta de que “los que hoy día defienden esa concepción de la sexualidad que pretende convertir en obligatoria la nueva ley propuesta pueden defender sus opiniones con toda libertad y sin riesgo alguno de ser sancionados ni perseguidos. De aprobarse esta proposición de ley, quienes defiendan otra concepción de la sexualidad pasarán a ser sancionados y sus centros educativos o medios de comunicación pueden ser clausurados”.


El partido de Pablo Iglesias ha sido el que presentó el texto en el Congreso con la esperanza de que fuera aprobado en el Orgullo Gay aunque finalmente no lo consiguió

La libertad, la gran víctima de este proyecto de ley
Esta propuesta, al igual que ocurre con la ideología de género, pretende consagrar como ley y como pensamiento impuesto una mera “opinión antropológica opinable y discutible”. Y las consecuencias de esto pueden ser gravísimas.

De este modo, el Foro de la Familia destaca tres aspectos en los que la libertad es vulnerada por este proyecto de ley:

1. Cualquier discrepancia sobre esa concepción de la persona se convierte en algo sancionable  y perseguible por constituir vejación o discriminación hacia aquellas personas en las cuales el “sexo sentido” no coincida con el genético y morfológico.

2. Todas las administraciones públicas y personas físicas y jurídicas quedan obligadas a defender, promover  y actuar conforme a esa nueva ideología sobre sexualidad y a hacerla visible y promoverla bajo amenaza de sanción en caso contrario.

Estas obligaciones están reguladas en el texto en ámbitos como políticas sociales, sanidad, familia, administración de justicia, educación, políticas laborales y empresa, infancia y juventud, cultura, educación, ocio, tiempo libre, cooperación internacional, medios de comunicación, fuerzas armadas, administraciones públicas, etc.
 
3. Si llega a aprobarse esa ley, la discrepancia sobre esa concepción de la sexualidad pasa a ser ilegal y sancionable por considerarse discriminación contra las personas LGTBI.


Uno de los aspectos más polémicos es el artículo 96.4 que contempla la incautación y destrucción de libros o publicaciones que el lobby gay no considere adecuadas

La imposición de una ideología
Ante esta tesitura, el Foro de la Familia insiste en recordar que “sobre la sexualidad y las conductas sexuales se puede opinar y que los derechos constitucionales de libertad de expresión, educación, ideológica y religiosa se aplican también respecto a la sexualidad”.

Sin embargo, añaden que “estos derechos constitucionales son desconocidos y reprimidos por esta Proposición de Ley que pretende imponer un pensamiento e ideología únicos en materia de sexualidad con el pretexto de luchar contra la discriminación de las personas LGTBI”.

Algunos ejemplos que aparecen en la futura ley
A su vez, el presidente del Foro de la Familia muestra su preocupación y cita algunos de los artículos del proyecto de ley que son “medidas atentatorias contra la libertad”:

- Se pretende imponer coactivamente una visión de la sexualidad y reprimir toda discrepancia con amenazas de sanciones por delito de odio o infracción administrativa sancionable con multa de hasta 45.000 euros y penas accesorias de cierre de actividad y clausura de centros, destrucción de material expresivo de opiniones discrepantes, retirada de subvenciones o conciertos y resolución de contratos administrativos (cfr. art. 92.10 y 96).

- Se prohíben las terapias destinadas a la reversión de la orientación sexual aunque las solicite y las desee el afectado o sus representantes legales (cfr. art. 7.3.d) y se sanciona tanto el prestar este servicio como el aconsejarlo o promoverlo (cfr. art. 94.4.c) como infracción muy grave.



- Se impone a todas las administraciones públicas la obligación de difundir la visión de la sexualidad de la ley y la promoción de las asociaciones del lobby LGTBI (cfr. art. 7.5 entre otros).

- Se impone ex lege la visión de la transexualidad y la intersexualidad también respecto a los menores de edad contra los derechos de los padres (cfr. art 20, 21 y 52 entre otros).

- Se obliga a permitir el uso de todo tipo de instalaciones como baños, vestuarios, etc., según el sexo sentido por cada uno al margen del sexo real de cada persona (cfr. art. 10.k. con carácter general, 38 respecto a los centros penitenciarios, 44 respecto a los centros educativos).



- Se obliga a las bibliotecas públicas y de los centros escolares a tener material LGTBI (cfr. art. 58.3).

La educación pasa a ser el gran objetivo del lobby LGTB
Según el Foro de la Familia, especialmente preocupante para las familias son las previsiones de la Proposición de Ley en materia de educación.  Conforme a esta normativa:

- El Estado y las CCAA elaborarán un plan integral en materia LGTBI para su aplicación “de manera transversal en todas las asignaturas” (art.40.1) y se formará a todos los profesores para “incorporar la realidad LGTBI y la diversidad familiar dentro de sus programas de estudio de manera regular” (art. 40.2).

- Ese plan deberá incorporar como mínimo “en todas las asignaturas y cursos la implantación de asignaturas y ejemplos que contemplen la diversidad sexual y de género así como la diversidad familiar”, “la inclusión de la diversidad familiar en educación infantil” y “el estudio del movimiento LGTBI en la asignatura de Historia en educación secundaria” (art.40.3).


Artículo 40.3 del proyecto de ley

- Todos los docentes serán formados en la materia y esa formación será evaluable para “el acceso a los cuerpos docentes” (art. 41).

- A los padres y tutores también se les formará en esta materia (art. 42).

- Los alumnos y profesores tienen derecho a exteriorizar su identidad de género en materia de vestimenta, nombre, uso de instalaciones, etc. (art. 44).

- Los materiales escolares “garantizarán la introducción de referentes positivos LGTBI” y en las bibliotecas de los centros escolares “se incorporarán libros de temática LGTBI acordes para todas las edades” (art. 45).

 - Para otorgar subvenciones o conciertos la Administración valorará si los centros escolares se atienen a las prescripciones de esta ley (art. 47).

La ley LGTB explicada en un minuto


 

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