POR RESTRINGIR LA LIBERTAD RELIGIOSA
Varapalo de la Justicia a las trabas de la Junta de Extremadura a la clase de Religión
Escuelas Católicas ha celebrado el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que revoca un precepto de la Junta de Extremadura por el que se establecía que si los padres o tutores no se manifestaban sobre la impartición de la clase de Religión para los hijos, se entendía que se renunciaba a esta enseñanza, una interpretación negativa de la libertad religiosa.
La organización Escuelas Católicas indica que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx ) ha anulado «parte» de un artículo de la orden dictada por la Consejería de Educación en la que se establecía que los padres o tutores de los alumnos tenían que manifestar expresamente al comienzo de cada curso escolar su voluntad de que sus hijos recibieran la enseñanza de la Religión, y que de lo contrario «se entendía que no optaban por estas enseñanzas».
Esta sentencia viene a dar la «razón» a Escuelas Católicas de Extremadura (FERE-CECA y EyG), según esta propia asociación, que recuerda que es una organización que acudió a los tribunales por considerar que «son los padres y no la Administración educativa, los que deben expresar la voluntad de recibir o no las citadas enseñanzas y que la Administración no puede interpretar el silencio como la voluntad de los padres de no optar por la Religión, entendiendo así el derecho a la libertad religiosa de las familias en el sentido más negativo», informa Ep.
Escuelas Católicas de Extremadura estima que la orden en ese punto concreto «vulneraba tanto la Ley Orgánica de Educación (LOE) como el Real Decreto que regula las enseñanzas mínimas de segundo ciclo de Infantil y que reconocen que el derecho a recibir ésta enseñanza es voluntad exclusiva de los padres y que la Administración debe mantenerse en un plano neutral».
En opinión del TSJEx , la orden impugnada por Escuelas Católicas que se ocupa de la implantación y ordenación de las enseñanzas de Educación Infantil «aborda, sin embargo, una cuestión que va más allá de lo que es la ordenación de la enseñanza en tal etapa, abordando cuestiones que afectan a la conciencia de las personas», añadió el colectivo impugnador, que añadió que el tribunal extremeña también precisa, asimismo, que «la Administración carece de competencia para decidir tanto en sentido afirmativo como negativo, pero también para interpretar el silencio».
Finalmente, Escuelas Católicas recalcó que tanto en éste como en otros temas que afectan a la educación extremeña su voluntad «ha sido siempre y lo seguirá siendo la de agotar la vía del diálogo dejando en última instancia acudir a vías como la judicial».
Comentarios