Domingo, 06 de octubre de 2024

Religión en Libertad

CLAUSURA DEL CONGRESO «ÉTICA Y CON-CIENCIA»

José Luis Requero argumenta la inconstitucionalidad de la nueva Ley del aborto

El magistrado afirmó que la reforma «se inspira en los postulados ideológicos del feminismo radical o de género». Durante su intervención en la clausura del VII Congreso de Bioética, expuso el porqué de la inconstitucionalidad de la reforma.

R.B./ReL

 El magistrado de la Audiencia Nacional, José Luís Requero, ha calificado de «inconstitucional» la reforma de la vigente Ley del aborto, y ha hecho referencia a las investigaciones judiciales a clínicas abortistas. Según el letrado, es una reforma que procura «salvar las ilegalidades cometidas por éstas». Así lo ha manifestado en la clausura del VII Congreso Nacional de Bioética, organizado por la Asociación Española de Bioética y Ética Médica (AEBI) y la Universidad CEU San Pablo.
 
En torno a la ilegalidad de la reforma, Requero ha destacado que el Gobierno se basa en una falsedad científica, ya que desde diferentes ámbitos «se ha negado la categoría humana al no nacido -ha agregado- a base de mudarlo a golpe de categorías ideológicas».
 
«Ora falsedad es que la sociedad reclame esa ley» ha argumentado el magistrado, que sostiene que la reforma se basa en «exigencias de las clínicas abortistas o de un feminismo radical o de género».
 
En referencia a estas ideas, Requero afirma que el aborto se ha convertido para la ideología de género en la «quintaesencia de la liberación de la mujer». Argumenta el juez, que en una sexualidad sin límite moral, se llega a sustituir el concepto de «moral sexual» por el de «salud sexual», en la que se da a entender que sólo se interviene en un contexto fisiológico en el que «hay que desprenderse de todo obstáculo o consecuencia indeseada». 
 
Así, añade, «se quiere presentar la cuestión como un debate social». Y con esta finalidad, el Congreso de los Diputados creó una subcomisión a finales de 2008, que realizó un estudio sobre la aplicación de la legislación en materia de interrupción voluntaria del embarazo, afirma Requero. Sin embargo, finalmente, «los trabajos se realizaron a puerta cerrada porque se sabía que no había un respaldo social por parte de la población».
 
De la misma forma, Requero niega que existan razones de seguridad jurídica que la sostenga. «La Ley de 1985 -dice el magistrado- era bastante clara, y otra cosa distinta era que se incumpliese». Además, es inadmisible que tras años de infracciones en estas materias «quienes han propiciado este gran fraude- en referencia a las clínicas- invoquen la situación así creada como pretexto para cambiar la ley».
 
Otro aspecto de falsa legalidad, destaca el letrado es la que hace referencia a «la manida homologación a los países de nuestro entorno, así como que venga exigida por tratados suscritos por España», cuando en realidad «no los hay», explica Requero.
 
Inconstitucionalidad olvidada
El artículo 15 de la Constitución, que refleja el deber del Gobierno de defender al no nacido, se puso en peligro a partir de que en 1985, se introdujera un sistema de indicaciones sobre esta materia. Comenta el juez, que el primer ministro de justicia de la época de Felipe González, Fernando Ledesma, responsable de la actual Ley del aborto, defendió la despenalización parcial del aborto en casos excepcionales.
 
El Tribunal Constitucional, entonces admitió la posibilidad de despenalizarlo siempre que el Estado se comprometiera a proteger al no nacido «a través de otra vía no penal». En este sentido afirma el juez, nos encontramos que en el paso de veintitrés años, el mismo Estado «no ha hecho nada para rellenar el hueco que dejó con la renuncia a la protección legal del nasciturus».
 
Además, indica Requero, el Gobierno no sólo no ha exigido rigor en la constatación de las indicaciones, atrayendo así el negocio del aborto legal, sino que «no ha realizado nada para parar el incremento de las cifras de éste, ni ha integrado en la Educación un planteamiento favorable a la vida humana».
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