El Tribunal Superior de Baleares bloquea el decreto de Bachillerato del PP porque se salta Religión
El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha ordenado la suspensión cautelar del Decreto 35/2015 que establece el nuevo currículum de Bachillerato LOMCE, concretamente por lo que hace a la regulación de la asignatura de Religión.
En un auto conocido este martes 30 de julio, y a petición del Obispado de Mallorca, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJB acordó esta suspensión cautelar del decreto sin esperar a las alegaciones del Govern [en manos del Partido Popular, autor del decreto; nota de ReL], que ahora tiene un plazo de tres días para defender la norma suspendida. El tribunal deberá decidir entonces si mantiene la medida cautelar o la levanta.
En la práctica, la confirmación de la suspensión supondrá la obligación de todos los centros de Bachillerato de ofertar la Religión dentro de las asignaturas específicas a escoger opcionalmente por los alumnos de primer curso, como venía ocurriendo desde el año 1979 y hasta la publicación del decreto impugnado.
Esto significará un caos añadido a la situación que viven los institutos de Secundaria en relación a la LOMCE y a sus nuevos currículums.
El recurso del Obispado, firmado por el abogado especialista en materia educativa, Marc González, se sigue por el procedimiento especial de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, dado que, tras la promulgación del decreto el pasado mes de mayo han sido muchos los centros públicos que habrían optado por no incluir la materia de Religión en su oferta educativa de Bachillerato de cara al próximo curso, lo que ha impedido que los alumnos y sus familias puedan escoger la asignatura.
Ello vulnera, según el abogado del Obispado, el derecho que les reconoce el artículo 27.3 de la Constitución y los vigentes Acuerdos con la Santa Sede.
En un auto conocido este martes 30 de julio, y a petición del Obispado de Mallorca, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJB acordó esta suspensión cautelar del decreto sin esperar a las alegaciones del Govern [en manos del Partido Popular, autor del decreto; nota de ReL], que ahora tiene un plazo de tres días para defender la norma suspendida. El tribunal deberá decidir entonces si mantiene la medida cautelar o la levanta.
En la práctica, la confirmación de la suspensión supondrá la obligación de todos los centros de Bachillerato de ofertar la Religión dentro de las asignaturas específicas a escoger opcionalmente por los alumnos de primer curso, como venía ocurriendo desde el año 1979 y hasta la publicación del decreto impugnado.
Esto significará un caos añadido a la situación que viven los institutos de Secundaria en relación a la LOMCE y a sus nuevos currículums.
El recurso del Obispado, firmado por el abogado especialista en materia educativa, Marc González, se sigue por el procedimiento especial de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, dado que, tras la promulgación del decreto el pasado mes de mayo han sido muchos los centros públicos que habrían optado por no incluir la materia de Religión en su oferta educativa de Bachillerato de cara al próximo curso, lo que ha impedido que los alumnos y sus familias puedan escoger la asignatura.
Ello vulnera, según el abogado del Obispado, el derecho que les reconoce el artículo 27.3 de la Constitución y los vigentes Acuerdos con la Santa Sede.
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