Un experto en libertad religiosa alaba el papel de la Iglesia en la conservación del patrimonio
La libertad religiosa y el patrimonio de la Iglesia son siempre temas candentes y de actualidad. Para arrojar luz sobre estas polémicas, este martes el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid y ponente de la Comisión Mixta de Libertad Religiosa del Ministerio de Justicia, José María Coello de Portugal, impartió una conferencia en Córdoba.
Tal y como recoge Europa Press, sus palabras se centraron en la aportación de la Iglesia Católica en la conservación y mantenimiento de su patrimonio y también a la importancia que éstos tienen desde un punto de vista cultural e histórico.
Según ha informado el Foro Europa Ciudadana, que ha organizado la citada conferencia impartida por Coello de Portugal, éste ha abordado, dentro del ciclo de conferencias sobre 'La libertad religiosa en la Unión Europea', el estatus jurídico de los bienes de la Iglesia.
Los bienes de la Iglesia, "al servicio de la sociedad"
Así, bajo el título de 'El régimen jurídico de los bienes de titularidad eclesiástica', el profesor Coello de Portugal ha subrayado en su ponencia que "la labor de conservación de la Iglesia hace que ese patrimonio de titularidad eclesiástica pueda ponerse en valor y al servicio de la sociedad, sin perder su sentido original".
Además, ello "permite combinar la protección cultural de estos bienes con el ejercicio de la libertad religiosa", siendo un ejemplo destacado, según ha señalado el experto, la Mezquita-Catedral de Córdoba, por la labor de conservación que lleva a cabo la Iglesia Católica de este monumento, declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.
La polémica "artificial" de las inmatriculaciones
Sobre este asunto de la propiedad de los bienes de la Iglesia y al hilo del debate sobre las inmatriculaciones, el presidente de Foro Europa Ciudadana, José Carlos Cano, ha señalado, por su parte, que "esta polémica carece de base legal y, por tanto, es artificial y basada en cuestiones ideológicas y no jurídicas".
Los expertos han puesto a la catedral de Córdoba como ejemplo de conservación por parte de la Iglesia
El caso de Córdoba
Refiriéndose al caso concreto de la Mezquita de Córdoba, José Carlos Cano ha recordado que "toda la jurisprudencia y numerosos documentos históricos avalan la propiedad eclesial del templo desde hace más de ocho siglos".
Así, ha señalado que, "tanto el Gobierno central, como la Junta de Andalucía y la Justicia española, han reconocido en diferentes informes y documentos que el único propietario de este templo es el Cabildo de la Catedral de Córdoba".
Todos estos documentos vienen recogidos en el último informe de Foro Europa Ciudadana, titulado 'La libertad religiosa en la UE: el caso de la Mezquita-Catedral de Córdoba', según ha recordado el presidente del Foro Europa Ciudadana, quien ha añadido que, durante el proceso de investigación para preparar este informe, se han analizado "todos los argumentos que manejan quienes defienden la titularidad pública del templo, pero más allá de las valoraciones ideológicas, no hemos encontrado ni un solo documento histórico ni sentencia que avale que la Mezquita fuese en algún momento de la historia de titularidad pública".
Respecto a la inmatriculación del templo por la Iglesia, Cano ha señalado que "ésta no fue inconstitucional y respetó el marco legal y legítimo en el que se llevó a cabo", añadiendo que "la inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante la inmatriculación, no tiene carácter constitutivo, sino declarativo, es decir, otorga publicidad sobre la propiedad, pero no otorga la propiedad. Por tanto, no es cierto tampoco, como se viene afirmando desde determinadas instancias, que la Iglesia se apropiara de la Mezquita-Catedral a través de la inmatriculación".
Tal y como recoge Europa Press, sus palabras se centraron en la aportación de la Iglesia Católica en la conservación y mantenimiento de su patrimonio y también a la importancia que éstos tienen desde un punto de vista cultural e histórico.
Según ha informado el Foro Europa Ciudadana, que ha organizado la citada conferencia impartida por Coello de Portugal, éste ha abordado, dentro del ciclo de conferencias sobre 'La libertad religiosa en la Unión Europea', el estatus jurídico de los bienes de la Iglesia.
Los bienes de la Iglesia, "al servicio de la sociedad"
Así, bajo el título de 'El régimen jurídico de los bienes de titularidad eclesiástica', el profesor Coello de Portugal ha subrayado en su ponencia que "la labor de conservación de la Iglesia hace que ese patrimonio de titularidad eclesiástica pueda ponerse en valor y al servicio de la sociedad, sin perder su sentido original".
Además, ello "permite combinar la protección cultural de estos bienes con el ejercicio de la libertad religiosa", siendo un ejemplo destacado, según ha señalado el experto, la Mezquita-Catedral de Córdoba, por la labor de conservación que lleva a cabo la Iglesia Católica de este monumento, declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco.
La polémica "artificial" de las inmatriculaciones
Sobre este asunto de la propiedad de los bienes de la Iglesia y al hilo del debate sobre las inmatriculaciones, el presidente de Foro Europa Ciudadana, José Carlos Cano, ha señalado, por su parte, que "esta polémica carece de base legal y, por tanto, es artificial y basada en cuestiones ideológicas y no jurídicas".
Los expertos han puesto a la catedral de Córdoba como ejemplo de conservación por parte de la Iglesia
El caso de Córdoba
Refiriéndose al caso concreto de la Mezquita de Córdoba, José Carlos Cano ha recordado que "toda la jurisprudencia y numerosos documentos históricos avalan la propiedad eclesial del templo desde hace más de ocho siglos".
Así, ha señalado que, "tanto el Gobierno central, como la Junta de Andalucía y la Justicia española, han reconocido en diferentes informes y documentos que el único propietario de este templo es el Cabildo de la Catedral de Córdoba".
Todos estos documentos vienen recogidos en el último informe de Foro Europa Ciudadana, titulado 'La libertad religiosa en la UE: el caso de la Mezquita-Catedral de Córdoba', según ha recordado el presidente del Foro Europa Ciudadana, quien ha añadido que, durante el proceso de investigación para preparar este informe, se han analizado "todos los argumentos que manejan quienes defienden la titularidad pública del templo, pero más allá de las valoraciones ideológicas, no hemos encontrado ni un solo documento histórico ni sentencia que avale que la Mezquita fuese en algún momento de la historia de titularidad pública".
Respecto a la inmatriculación del templo por la Iglesia, Cano ha señalado que "ésta no fue inconstitucional y respetó el marco legal y legítimo en el que se llevó a cabo", añadiendo que "la inscripción en el Registro de la Propiedad, mediante la inmatriculación, no tiene carácter constitutivo, sino declarativo, es decir, otorga publicidad sobre la propiedad, pero no otorga la propiedad. Por tanto, no es cierto tampoco, como se viene afirmando desde determinadas instancias, que la Iglesia se apropiara de la Mezquita-Catedral a través de la inmatriculación".
Comentarios