Los sacerdotes que dicen la misa tradicional acogidos a las disposiciones de Traditionis Custodes tendrán que utilizar los ritos reformados tras el Concilio Vaticano II en todos los demás sacramentos, y se verán forzados a concelebrar la misa crismal si quieren seguir teniendo permiso de la Santa Sede utilizar el misal previo a la reforma.
Son las conclusiones prácticas más relevantes incluidas en el documento, fechado el 4 de diciembre, que dio a conocer este sábado la Oficina de Prensa de la Santa Sede. En él, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ofrece sus respuestas a las dubia [dudas] que había suscitado en estos meses la aplicación del motu proprio Traditionis custodes, con el cual Francisco derogó el pasado 16 de julio el motu proprio Summorum pontificum de Benedicto XVI, que en 2007 liberalizó la misa tradicional.
El mensaje del arzobispo Arthur Roche, prefecto de la Congregación, a los presidentes de las conferencias episcopales, especifica que sus respuestas cuentan con el "consentimiento" y "aprobación" del Papa.
Objetivo: una "única expresión"
Monseñor Roche comienza recordando el objetivo de Traditionis custodes es "la búsqueda constante de la comunión eclesial”, y que eso "se expresa reconociendo en los libros litúrgicos promulgados por los santos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II, en conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, la única expresión de la lex orandi del Rito Romano. Esta es la dirección en la que queremos caminar".
Al dirigirse a los obispos, les dice que "como pastores, no debemos prestarnos a polémicas estériles, capaces sólo de crear división, en las que el hecho ritual es a menudo instrumentalizado por visiones ideológicas. Más bien, todos estamos llamados a redescubrir el valor de la reforma litúrgica".
Tras esta introducción, la Santa Sede da respuestas a once dudas, las más "recurrentes" de entre las que habían sido cursadas a la Congregación.
En parroquias, solo en caso necesario
De ellas, solo una supone un alivio a las limitaciones impuestas por Traditionis custodes, aunque la concesión viene acompañada de algunas apostillas muy severas. Monseñor Roche establece que donde no sea posible encontrar una iglesia u oratorio o capilla disponible para acoger a los fieles que celebran la misa tradicional, el obispo puede pedir a la Congregación una dispensa respecto a lo establecido en el motu proprio, para que la misa pueda celebrarse en la iglesia parroquial.
Pero en la nota explicativa, se dice con rotundidad que "la celebración eucarística según el rito precedente, al ser una concesión limitada a dichos grupos, no forma parte de la vida ordinaria de la comunidad parroquial". Y pide que la valoración de que no haya otra opción se haga "con escrupulosa atención" y considera que "no es oportuno" que esa celebración se incluya en el horario de misas parroquiales: "Por último, evítese que coincidan con las actividades pastorales de la comunidad parroquial".
Y concluye con una excusa previa: "En estas disposiciones no hay ninguna intención de marginar a los fieles vinculados a la forma celebrativa precedente: sólo pretenden recordarles que se trata de una concesión para proveer a su bien (en vista del uso común de la única lex orandi del Rito Romano) y no de una oportunidad para promover el rito precedente".
Un duro golpe
Las otras diez aclaraciones son en el sentido más duro que podían esperar los sacerdotes y fieles que plantearon las dudas.
La más importante: los sacerdotes que digan la misa tradicional solo podrán usar el multisecular rito para la misa, pero no para el resto de sacramentos.
La nota explicativa es prolija en insistir en que la finalidad de Traditionis custodes es la desaparición total de la misa tradicional: "El motu proprio Traditionis custodes pretende restablecer en toda la Iglesia de Rito Romano una única e idéntica oración que exprese su unidad, según los libros litúrgicos promulgados por los santos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II", y el obispo diocesano "ha de trabajar para que en su diócesis se vuelva a una forma celebrativa unitaria".
Y el obispo ha de hacerlo de forma activa, es decir, "ha de procurar acompañar a todos los vinculados con la forma celebrativa precedente hacia una plena comprensión del valor de la celebración en la forma ritual que nos ha sido entregada por la reforma del Concilio Vaticano II por medio de una formación adecuada".
Obligación de concelebrar
A la pregunta: "Si un presbítero, al que se le ha concedido el uso del Missale Romanum de 1962, no reconoce la validez y la legitimidad de la concelebración –negándose a concelebrar, en particular, en la misa crismal– ¿puede seguir beneficiándose de esta concesión?", monseñor Roche responde "negativamente".
La razón, según la nota explicativa, es que "el deseo explícito de no participar en la concelebración, especialmente en la misa crismal, parece expresar una falta, tanto de aceptación de la reforma litúrgica, como de comunión eclesial con el obispo, requisitos necesarios para la concesión para celebrar con el Missale Romanum de 1962". Por eso el obispo debe invitar a ese sacerdote "a vivir en el gesto elocuente de la concelebración esa comunión eclesial que es condición necesaria para poder participar en la mesa del sacrificio eucarístico".
Obligación de usar las traducciones bíblicas al uso
El prefecto del Culto Divino responde afirmativamene a la cuestión de si es posible utilizar en una celebración según el rito tradicional una traducción autorizada de la Biblia. La razón es que el propio motu proprio Traditionis Custodes "establece que las lecturas sean proclamadas en lengua vernácula, utilizando las traducciones de la Sagrada Escritura para uso litúrgico, aprobadas por las respectivas Conferencias Episcopales".
Y explica: "Dado que los textos de las lecturas están contenidos en el propio misal, y no existiendo, por lo tanto, el libro del Leccionario, para observar cuanto ha sido dispuesto en el motu proprio se ha de recurrir necesariamente al libro de la Sagrada Escritura en la traducción aprobada por las Conferencias Episcopales para uso litúrgico, eligiendo las perícopas indicadas en el Missale Romanum de 1962". En consecuencia, "no podrá ser autorizada ninguna publicación de Leccionarios en lengua vernácula que reproduzca el ciclo de lecturas del rito precedente".
Multiplicación de autorizaciones
En otra respuesta, la Santa Sede especifica que el obispo debe ser autorizado por ella para conceder permiso para decir la misa tradicional a los sacerdotes ordenados después de la publicación de Traditionis custodes.
Y todo, porque "el motu proprio expresa claramente la voluntad de reconocer como única expresión de la lex orandi del Rito Romano la contenida en los libros litúrgicos promulgados por los santos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II... Es por tanto absolutamente deseable que los presbíteros ordenados después de la publicación del motu proprio compartan este deseo del Santo Padre".
Respondiendo a otra duda, monseñor Roche aclara también que la facultad de celebrar la misa tradicional "puede concederse ad tempus", es decir, el obispo puede darla solo para un periodo determinado. Es más, es "recomendable" que lo haga así porque "la finalización del período definido ofrece la posibilidad de verificar que todo esté en armonía con la orientación establecida por el motu proprio. El resultado de esta verificación podrá proporcionar motivos para prolongar o suspender la concesión".
En las últimas preguntas, la Santa Sede resuelve:
-que la concesión del obispo vale solo para su diócesis;
-que si un sacerdote autorizado debe ser sustituido, el sustituto necesita también una autorización;
-que los diáconos y ministros que participen en la celebración también deben ser autorizados;
-que un sacerdote que celebre ambos ritos y tenga que binar, no puede hacerlo usando el rito tradicional (es decir, la Santa Sede no considera "causa justa" ni "necesidad pastoral" para el sacerdote atender a un segundo grupo de fieles de la misa tradicional);
-que un sacerdote autorizado a decir misa tradicional no puede binar con ese rito; la razón es la misma: la Congregación no considera "causa justa" ni "necesidad pastoral" en el segundo grupo de fieles, pues "no se niega en absoluto el derecho de los fieles a celebrar la eucaristía, ya que se les ofrece la posibilidad de participar en la eucaristía en su forma ritual actual".