Este mes de mayo las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado por unanimidad, con los votos de PSOE, PP y Ciudadanos, una ley de multas y privilegios gays que implanta también el adoctrinamiento en ideología de género.
Se suma a otras leyes de multas y privilegios gay que se han ido aprobando en parlamentos autonómicos, siempre con apoyo de Cs y a menudo también con el del PP (como la ley de multas gays de Madrid, con la que se intentó multar a un colegio católico). Poco a poco hay tribunales que van señalando las inconsistencias legales de estas normas.
En Castilla-La Mancha gobierna en solitario el PSOE con Emiliano García Page (que dice ser católico) como presidente autonómico y 19 diputados autonómicos. García Page y el PSOE, con mayoría absoluta, no tenían ninguna necesidad de implantar esta ley si no querían. Sólo otros dos partidos tienen presencia en las Cortes autonómicas, el PP (10 diputados) y Ciudadanos (4 diputados), y los dos se sumaron votando a favor.
El socialista García Page en la misa de Corpus Christi en la catedral de Toledo en 2021. Dice ser católico, gobierna en solitario y ha aprobado una ley que multa a quien no siga la ideología de género, adoctrina con dinero público, destroza el deporte femenino...
Los obispos de Castilla La-Mancha (la provincia eclesiástica de Toledo) han difundido un comunicado al respecto. Los obispos apoyan todo lo que ayude a evitar violencias, pero denuncian que "la inmensa mayoría de los preceptos de la ley tienen por objeto incorporar la perspectiva de género de manera transversal y promover las medidas en materia LGTBI en todos los sectores de la sociedad –Administración Pública, bienestar social, ámbito familiar, educativo, sanitario, cultural, económico, medios de comunicación, protección ciudadana y ámbito rural– y para toda la población de nuestra región".
Como en otras leyes de multas y privilegios LGTB, también en esta las multas son importantes. Los obispos señalan sus "multas de 3.001 a 30.000 euros para sus infractores, con la prohibición para entidades o personas de recibir subvenciones o, incluso, la inhabilitación temporal, cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación durante un año. Además, se invierte la carga de la prueba; es decir, corresponderá a quien se atribuye que ha discriminado a personas LGTBI la aportación de una justificación probada, objetiva y razonable de las medidas supuestamente discriminatorias".
Los obispos animan a "todas las personas" a que "lean atentamente la ley y la valoren en conciencia". A los cristianos les piden oración y que "fomenten su formación y articulen positivas vías de acción" (que no concretan).
10 efectos dañinos de la ley LGTBI de Castilla-La Mancha
En las semanas previas a la aprobación de la ley, un grupo de cristianos de Castilla-La Mancha analizó la ley y señaló 10 puntos dañinos de los que se hizo eco ReL. Los recordamos a continuación (las leyes de otras comunidades autónomas son muy parecidas y tienen los mismos peligros).
1) "Es una ley que se basa en la premisa de que el sexo se puede elegir, que el sexo biológico no determina a la persona, que toda decisión respecto al sexo es válida" (artículo 4, de "definiciones").
2) "Está ley pretende regular unos derechos que ya están garantizados en la Constitución, para un colectivo que se autodenomina LGTBI y que no representa a todas las personas con atracción por el mismo sexo" (artículo 2, sobre la finalidad de la ley).
3) "Vulnera principios constitucionales como:
-el derecho al libre desarrollo de la personalidad", pues "cualquiera puede elegir una opción sexual", pero en el artículo 8 se prohíben las "terapias de conversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinadas a modificar la orientación sexual, la identidad sexual, el desarrollo sexual o la expresión de género de las personas LGTBI, esto es, se prohíbe elegir la opción contraria";
-"la neutralidad de los poderes públicos" al establecer en el artículo 10 que las administraciones "prestarán respaldo a la celebración, en fechas conmemorativas internacionales, nacionales o regionales, de actos y eventos que constituyen instrumentos de visibilización, normalización y consolidación de la igualdad plena y efectiva en la vida de las personas LGTBI”.
4) "Promueve sanciones de hasta 60.000 € por infracciones genéricas y nada claras, como la 'discriminación por error' (art. 4), e invierte la carga de la prueba en la que se solicitará al denunciado demostrar su inocencia (art. 55).
5) "Se entromete en la familia proponiendo programas de información", como el artículo 26: “La consejería competente en materia de infancia y familia incorporará programas de información dirigidos a las familias con el objetivo de divulgar las distintas realidades afectivas y sexuales”.
6) "Atenta gravemente contra los derechos constitucionales de determinados profesionales, como los psicólogos" con la prohibición de las terapias de conversión (art. 8), "o la libertad de conciencia de otros, como los maestros", al imponerles la forma en la que deben dirigirse a sus alumnos (art. 38) "o los funcionarios" con el artículo 14 que impone "formaciones que garanticen la actuación adecuada de profesionales que prestan servicios en todos los ámbitos de la Administración sobre materia LGTBI”.
7) "Es una ley absurdamente revisionista, que pretende juzgar y condenar las actuaciones del pasado, atribuyendo a las Administraciones Públicas tareas de revisión" (art. 9) y que "en sus atropellos contra la lengua, el sentido común y el principio de seguridad jurídica, inventa conceptos lingüísticos indeterminados" como “sexilio”, “transfobia”, “lesbofobia”, y expresiones como “relaciones deseantes”, “discriminación por error” o “familia LGTBI”.
8) "Vulnera los derechos y logros alcanzados por las mujeres, discriminando claramente a las mujeres y niñas en las competiciones deportivas" en el artículo 41 ("En los eventos y competiciones deportivas se favorecerá que las personas participen conforme a su identidad sexual") y "estableciendo principios jurídicos que suponen peligros penitenciarios y de utilización de espacios exclusivos de las mujeres".
9) "Atenta gravemente contra los niños" al "inculcar una ideología no demostrada científicamente, tanto en el ámbito familiar como en el educativo, ofreciendo supuestos derechos como la elección del sexo y del nombre, el cambio de sexo mediante hormonas" (art. 30) o la elección de los baños en el colegio (art. 38).
10) "Es una ley contraria a la demanda social, sin consenso social ni científico" y "que pretende gastar 1.600.000 euros "en los tiempos tan difíciles que estamos pasando".
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A continuación, el texto completo del comunicado de los obispos de Castilla-La Mancha
COMUNICADO DE LOS OBISPOS DE LA PROVINCIA ECLESIÁSTICA DE TOLEDO ANTE LA APROBACIÓN POR LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA DE LA LEY DE DIVERSIDAD SEXUAL Y DERECHOS LGTBI
Los Obispos de la Provincia Eclesiástica de Toledo –que integra la archidiócesis de Toledo, Primada de España, y las diócesis de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Sigüenza-Guadalajara-, queremos recordar una vez más, desde nuestra condición de pastores del Pueblo de Dios, la doctrina del Magisterio de la Iglesia sobre la naturaleza del ser humano.
Apoyamos toda iniciativa que favorezca la igualdad real y evite la discriminación que puedan sufrir las personas por razón de sexo, raza, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, como expresa nuestra Constitución. Apoyamos igualmente las medidas, siempre necesarias, que ayuden a evitar la violencia contra personas y colectivos por esos u otros motivos. La Iglesia, como institución, desea estar siempre al lado de las personas que sufren. Con este fin, promueve proyectos concretos para acoger, acompañar, ayudar y, en definitiva, promover la dignidad de quienes son “descartados” por la sociedad.
Precisamente por ello, los Obispos nos sentimos obligados a manifestar nuestra preocupación por la reciente aprobación de la Ley de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha. La citada ley, a pesar de que declara que tiene como principal finalidad evitar situaciones de discriminación y violencia contra las personas que denomina como “LGTBI”, también se orienta a implantar en la sociedad una concreta forma de entender la naturaleza del ser humano, en la cual se parte de la separación entre el sexo con el que se ha nacido y con el que la persona se identifica, entre el sexo con el que se ha nacido y la elección personal de la orientación sexual.
De hecho, la inmensa mayoría de los preceptos de la ley tienen por objeto incorporar la perspectiva de género de manera transversal y promover las medidas en materia LGTBI en todos los sectores de la sociedad –Administración Pública, bienestar social, ámbito familiar, educativo, sanitario, cultural, económico, medios de comunicación, protección ciudadana y ámbito rural– y para toda la población de nuestra región.
Junto con ello, la ley introduce un importante régimen sancionador, con multas de 3.001 a 30.000 euros para sus infractores, con la prohibición para entidades o personas de recibir subvenciones o, incluso, la inhabilitación temporal, cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación durante un año. Además, se invierte la carga de la prueba; es decir, corresponderá a quien se atribuye que ha discriminado a personas LGTBI la aportación de una justificación probada, objetiva y razonable de las medidas supuestamente discriminatorias. Animamos a todas las personas que lo deseen, lean atentamente la ley y la valoren en conciencia por sí mismas.
El planteamiento antropológico que subyace en esta ley es contrario a la enseñanza del Magisterio de la Iglesia sobre la naturaleza del ser humano y no responde a lo que afirma la ciencia, la cual sostiene que la identidad sexual tiene su fundamento principal en la biología. En definitiva, esta ley pretende ser una visión que contrasta tanto con la fe como con la razón, con consecuencias sobre la esencia de la familia. Dios nos ha creado hombres y mujeres, y la diferencia entre ambos es una verdad.
La visión antropológica cristiana parte de la sexualidad como un elemento constitutivo de la personalidad derivado del diseño de Dios. La libre determinación de la personalidad no puede ser contraria a la verdad ni ser manipulada hasta el extremo de olvidar o ignorar lo que el ser humano es. Aunque, ciertamente, se parte del respeto a cada persona y de la coincidencia de voluntades en la lucha contra cualquier expresión de injusta discriminación, la luz de la verdad exige exponer con claridad esta visión.
Pedimos a los fieles de la Iglesia que peregrinan en el territorio de Castilla-La Mancha que intensifiquen su oración para que cese toda forma de violencia y discriminación en la sociedad, fomenten su formación y articulen positivas vías de acción que ofrezcan a todos la belleza de nuestra realidad como hombres y mujeres creados a imagen y semejanza de Dios. Por último, imploramos al Señor que nos dé fuerzas para saber discernir lo bueno de lo malo; lo que puede ayudar verdaderamente a mejorar la vida de las personas, a nivel individual y colectivo.
26 de mayo de 2022, memoria de San Felipe Neri
+ Francisco Cerro Chaves, Arzobispo de Toledo y Primado de España
+ José María Yanguas Sanz, Obispo de Cuenca
+ Ángel Fernández Collado, Obispo de Albacete
+ Atilano Rodríguez Martínez, Obispo de Sigüenza-Guadalajara
+ Gerardo Melgar Viciosa, Obispo de Ciudad Real
+ Francisco César García Magán, Obispo Auxiliar de Toledo
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