Viernes, 27 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

La corte escocesa dictamina que la definición de «mujer» no puede incluir a los hombres biológicos

Escocia dice no a igualar a las mujeres trans con las mujeres.
Escocia dice no a igualar a las mujeres trans con las mujeres.

ReL

Un grupo a favor de la mujer en Escocia ha desafiado con éxito en los tribunales la presión del gobierno regional por redefinir el término legal de ‘mujer’ pretendiendo que incluyera en él a los hombres que se identifican como mujeres. El gobierno escocés, encabezado por la Primera Ministra nacionalista liberal Nicola Sturgeon, intentó ampliar la definición de ‘mujer’ al incluir a las llamadas “mujeres trans” en su Ley de Representación de Género en Juntas Públicas, lo que provocó una reacción del grupo en favor de las mujeres For Women Scotland, según informa LifeSiteNews.

La ley disponía que cualquier persona que “viva como mujer” y que al menos se “proponga [convertirse] en mujer” mediante un “proceso” indefinido cumpliría el objetivo de la ley, que es intentar aumentar la representación femenina en ciertos organismos públicos.

El gobierno actuó más allá de sus competencias

Aunque en un primer momento For Women Scotland impugnó la ley y los jueces rechazaron sus demandas, lo cierto es que en el Tribunal Supremo, en un fallo del 18 de febrero, y conocido recientemente, se determinó que el gobierno actuó más allá de su competencia legislativa al redefinir el término ‘mujer’ para incluir a los hombres biológicos con el fin de aumentar la representación femenina en las juntas públicas.

El tribunal agregó que el gobierno puede legislar para intentar aumentar la representación tanto de las mujeres como de aquellas que se identifican como del sexo opuesto, pero por separado, dado que ambos grupos tienen protecciones especiales en virtud de la Ley de Igualdad de 2010.

La definición de 'mujer' excluye al hombre biológico

La sentencia del tribunal, dictada por la jueza superior Lady Dorrian, afirmó que “las disposiciones a favor de las mujeres” como las previstas en la Ley de Representación de Género, “por definición excluyen a quienes son biológicamente varones”. Las llamadas “mujeres trans” ya tienen sus propias leyes que las protegen y son distintas a las de la mujer.

La juez afirmó que “no está permitido cambiar las definiciones de características protegidas, incluso con el fin de lograr el objetivo de reconocimiento de género”, y en este sentido la Ley en cuestión “está fuera de su competencia legislativa”.

Trina Budge, directora de For Women Scotland, expresó su alegría por la decisión y criticó a los parlamentarios por permitir “una legislación defectuosa”, y afirmó: “Preferiríamos que nuestros parlamentarios cumplieran con su deber y examinaran minuciosamente los proyectos de ley en lugar de dejar que los tribunales los desenredaran más tarde”.

“Estamos encantados de que esto se haya corregido en la ley y que los jueces hayan reafirmado que la característica protegida del sexo se refiere a un hombre o una mujer y que las disposiciones a favor de las mujeres deben, por definición, excluir a aquellos que son biológicamente hombres”, concluyó.

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