El Constitucional avala la «Ley Celaá»: la religión no cuenta... y educar en género es «pedagógico»
El Tribunal Constitucional ha cogido carrerilla. Lo que no había logrado hacer en más de una década, con el famoso recurso de la Ley del aborto del Partido Popular, ahora lo ha llevado a cabo con varias leyes determinantes y en apenas unas semanas de diferencia.
Primero avaló el aborto, este mismo miércoles ha sido la eutanasia y hoy jueves le ha tocado a la ley que condena la educación diferenciada, degrada la religión a materia no computable y convierte la perspectiva de género en un principio pedagógico.
Ideología de género constitucional
Siete votos contra cuatro, ese ha sido el resultado de la votación de los miembros del Tribunal Constitucional sobre la llamada "Ley Celaá". El alto tribunal ha decretado la legalidad de la reforma educativa, que prevé, entre otras cosas, el fin de la financiación pública de los colegios de educación diferenciada.
Con esta decisión se rechaza íntegramente el recurso presentado por Vox, y se obliga al ponente, Ricardo Enríquez, a rehacer su escrito. Posteriormente se redactará una nueva sentencia en la que se declarará que toda la Lomloe es conforme a la Constitución. Este nuevo borrador tendrá que volver al Constitucional para ser aprobado definitivamente.
Puedes ver aquí algunas de las medidas que recoge la ley validada por el Constitucional.
El Constitucional avala por tanto aspectos, que ya aparecían en el dictamen inicial, como que la religión no esté incluida como asignatura computable o que figure la perspectiva de género como principio pedagógico.
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