El Supremo EEUU dicta por amplia mayoría 2 importantes sentencias en favor de la libertad religiosa
La Corte Suprema de EEUU ha dictado dos sentencias cuyo fondo es una defensa de la libertad religiosa en el país y cuya votación ha tenido un resultado idéntico: 7 votos contra 2.
La primera de ellas da la razón a las Hermanitas de los Pobres en su larga batalla judicial contra el mandato abortista y anticonceptivo establecido durante el gobierno de Obama y que obliga a estas religiosas a proporcionar estos servicios en sus planes de salud.
La segunda sentencia apoya a las escuelas católicas en su derecho a contratar o despedir a los profesores que considere idóneos según el ideario de estos centros sin que el gobierno interfiera en ello.
150 años ayudando al prójimo
Con respecto al histórico triunfo de las Hermanitas de los Pobres, el juez Clarence Thomas, representando a la mayoría de jueces de la Corte que las han apoyado escribía en la sentencia que durante más de 150 años, las Hermanitas se han comprometido en un fiel servicio y sacrificio motivado por el llamado religioso a dedicarse al bien de sus hermanos”.
El juez de la Corte Suprema, Clarence Thomas, realizó el escrito de la mayoría de los magistrados en este caso.
Sin embargo, en los últimos siete años –agrega el juez- “ellas como muchos otros objetores religiosos que han participado en el litigio y en la disputa legal que han llevado a la decisión de hoy –han tenido que luchar por la posibilidad de continuar su noble trabajo sin violar sus firmes convicciones religiosas”.
Este caso comenzó con la demanda del estado de Pensilvania contra estas religiosas con el objetivo de poner fin a la exención que tenía la congregación del mandato anticonceptivo del Departamento de Salud y Servicios Humanos.
Tras la decisión del Supremo, los obispos de EEUU se han felicitado por la decisión, valorada por monseñor Thomas Wensky, responsable del Comité de Libertad Religiosa de la Conferencia Episcopal.
“La anticoncepción no es cuidado de la salud y el gobierno nunca debió haber ordenado que los empleadores la proporcionaran”, afirmó. “Sin embargo, luego de eso hubo múltiples ocasiones para que las autoridades del gobierno hicieran lo correcto y exceptuaran a los objetores de conciencia. Una vez tras otra, las personas a cargo y los abogados rechazaron respetar los derechos de las Hermanitas de los Pobres y la fe católica que encarnan, para operar de acuerdo a la verdad sobre la sexualidad y la persona humana”, agregó.
En defensa de las escuelas católicas
La segunda sentencia también supone un espaldarazo a la libertad religiosa al defender el derecho de las escuelas católicas de contratar o despedir a los profesores que considere idóneos.
El juez Alito, representante de la mayoría en esta sentencia de la Corte Suprema, indica que “la educación religiosa y la formación de los estudiantes es la razón misma de la existencia de la mayoría de escuelas religiosas privadas, y por ello de la selección y supervisión de los profesores a quienes las escuelas confían este trabajo que está en el corazón de su misión”.
“La revisión judicial sobre la forma en que las escuelas religiosas encargan esas responsabilidades minan la independencia de las instituciones religiosas de una forma que la Primera Enmienda no tolera”, indicó el juez.