No puede ser padrino ni madrina de bautismo o confirmación quien tiene "comportamiento transexual", más concretamente, quien tiene "una actitud opuesta a la exigencia moral de resolver el propio problema de identidad sexual según la verdad del propio sexo".
Así lo ha dictaminado la Congregación de Doctrina de la Fe cuando ha sido consultada formalmente por el obispo de Cádiz y Ceuta, Rafael Zornoza, a raíz del caso de una mujer que declara sentirse hombre y se viste y presenta como tal y reclama ser padrino de bautismo, afirmando ser "buen católico" y señalando que "el Código de Derecho Canónico no dice nada en contra. En realidad, en el Catecismo se pide que los padrinos sean personas con un "comportamiento congruente" con la enseñanza católica.
El tema, pues, no es tanto de "sentimiento" o de "sentir", como de "comportamiento", la palabra usada por el catecismo y ahora por Doctrina de la Fe. Se deduce que una persona con problemas de identidad sexual pero fiel a la enseñanza católica y que no practicara un comportamiento transexual podría ser padrino.
Alex Salinas, aunque en la foto parezca un hombre, declare ser un hombre y el Estado español le dio en febrero de 2014 un DNI que lo declara "varón" a efectos estatales, en realidad es una mujer. Está en lista de espera para que una operación quirúrgica mutile sus órganos femeninos y fabrique artificialmente órganos de aspecto visualmente masculinos. Pide ser "padrino" de bautismo de su sobrino.
La diócesis de Cádiz ha difundido el dictamen llegado del vaticano mediante el siguiente comunicado en primera persona firmada por el obispo Rafael Zornoza.
»En relación con las declaraciones aparecidas en diferentes medios en referencia a la denegación o aceptación como padrino de bautismo de una persona que se presenta como transexual, tengo el deber pastoral de manifestar pública y definitivamente lo siguiente:
»Los padrinos del Sacramento del Bautismo asumen, ante Dios y su Iglesia y en relación con el bautizado, el deber de cooperar con los padres en su formación cristiana, procurando que lleve una vida congruente con la fe bautismal y cumpla fielmente las obligaciones inherentes.
»En vista de esa responsabilidad, el Catecismo de la Iglesia Católica pide que los padrinos sean "creyentes sólidos, capaces y prestos a ayudar al nuevo bautizado ... en su camino de la vida cristiana"(CEC, n. 1255).
»Por todo ello, al ser una función eclesial la ley de la Iglesia exige, entre otras condiciones, que sólo sea admitido como padrino o madrina quien tenga capacidad para asumir seriamente estas responsabilidades y lleve un comportamiento congruente con ellas (cf.CIC, can. 874 §1, 3).
»Si no fuera posible hallar una persona que reúna las cualidades necesarias, el párroco puede conferir el Bautismo sin padrinos, que no son necesarios para celebrar este Sacramento.
»Ante la confusión provocada entre algunos fieles al haberme sido atribuidas palabras que no he pronunciado, y por la complejidad y relevancia mediática alcanzada por este asunto, teniendo en cuenta las posibles consecuencias pastorales de cualquier decisión al respecto, he elevado una consulta formal ante la Congregación para la Doctrina de la Fe, cuya respuesta ha sido: “Sobre este particular le comunico la imposibilidad de que se le admita. El mismo comportamiento transexual revela de manera pública una actitud opuesta a la exigencia moral de resolver el propio problema de identidad sexual según la verdad del propio sexo. Por tanto resulta evidente que esta persona no posee el requisito de llevar una vida conforme a la fe y al cargo de padrino (CIC can 874 §3), no pudiendo por tanto ser admitido al cargo ni de madrina ni de padrino. No se ve en ello una discriminación, sino solamente el reconocimiento de una objetiva falta de los requisitos que por su naturaleza son necesarios para asumir la responsabilidad eclesial de ser padrino".
El obispo Zornoza con el Papa Francisco; su comunicado cita las enseñanzas de Francisco en Laudato Si´ 155
»En efecto, el Papa Francisco ha afirmado en varias ocasiones, en continuidad con el Magisterio de la Iglesia, que esta conducta es contraria a la naturaleza del hombre. En su última encíclica acaba de escribir: “La ecología humana implica también algo muy hondo: la necesaria relación de la vida del ser humano con la ley moral escrita en su propia naturaleza, necesaria para poder crear un ambiente más digno. Decía Benedicto XVI que existe una «ecología del hombre» porque «también el hombre posee una naturaleza que él debe respetar y que no puede manipular a su antojo». En esta línea, cabe reconocer que nuestro propio cuerpo nos sitúa en una relación directa con el ambiente y con los demás seres vivientes. La aceptación del propio cuerpo como don de Dios es necesaria para acoger y aceptar el mundo entero como regalo del Padre y casa común, mientras una lógica de dominio sobre el propio cuerpo se transforma en una lógica a veces sutil de dominio sobre la creación. Aprender a recibir el propio cuerpo, a cuidarlo y a respetar sus significados, es esencial para una verdadera ecología humana. También la valoración del propio cuerpo en su femineidad o masculinidad es necesaria para reconocerse a sí mismo en el encuentro con el diferente. De este modo es posible aceptar gozosamente el don específico del otro o de la otra, obra del Dios creador, y enriquecerse recíprocamente. Por lo tanto, no es sana una actitud que pretenda «cancelar la diferencia sexual porque ya no sabe confrontarse con la misma»” (Laudato si, n.155).
»Por estas razones,se ha hecho saber a los interesados que no puede aceptarse su solicitud.
»La Iglesia acoge a todas las personas con caridad queriendo ayudar a cada uno en su situación con entrañas de misericordia, pero sin negar la verdad que predica, que a todos propone como un camino de fe para ser libremente acogida.
Rafael Zornoza Boy,
obispo de Cádiz y Ceuta
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