ElDiario.es, digital de izquierda radical dirigido por Ignacio Escolar, publica que en el obispado de Alcalá hay "cursos ilegales y clandestinos para 'curar' la homosexualidad" y el lobby "Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia" anuncia que "llevaremos esta información de @ElDiarioEs inmediatamente ante el Gobierno Regional para que aplique la ley LGTB de la Comunidad de Madrid y se sancione. Las terapias que intentan corregir la homosexualidad son ilegales en nuestra región".

Esto se publica, precisamente, cuando todos los obispos de España están reunidos en Madrid en su asamblea plenaria. Es el momento que aprovecha el periodista Jesús Bastante (que escribe tanto en ReligionDigital -siempre crítico contra el obispo de Alcalá- como en ElDiario.es) para publicar un artículo de contexto (o descontextualización) titulado "Reig Pla, el obispo que imagina a los gays en el infierno mientras hace misas por la salvación de Franco". 

[En la Semana Santa de 2012, Reig Pla hizo una homilía transmitida por TVE, en la que hablaba del sufrimiento de los niños y jóvenes que, desorientados o manipulados, entraban en el mercadeo sexual de clubes y de prostitución gay; su sufrimiento en ese entorno era terrible, doloroso como un infierno, venía a decir. Muchos medios anticlericales manipularon el texto asegurando que el obispo deseaba o auguraba que todos los homosexuales irían al infierno después de la muerte. La homilía extractada, aquí ; para saber más sobre chicos -a menudo hetero- en prostitución gay, leer aquí].

Reig Pla es un obispo valiente que ha ganado ya infinidad de juicios a lobbies gays, feministas y abortistas, se sabe apoyado por sus diocesanos y no se va a arredrar

"Quieren provocar miedo"... a los cristianos

El obispado de Alcalá, que en los últimos años ha ganado cinco demandas, denuncias o querellas de lobbies LGTB, tiene ya la piel curtida, no se deja amedrentar y ha reaccionado rápidamente con una nota de prensa: "Un medio de comunicación ha publicado sendas noticias referidas al Obispado de Alcalá de Henares que van desde la absoluta falsedad a la desinformación. [...] La publicación coordinada de estas noticias en la semana en la que está reunida la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española no es casual; más allá del intento de hacer daño, se trata de una operación para intentar provocar miedo y coartar la libertad de la Iglesia".

¿Provocar miedo al obispo de Alcalá, Reig Pla? No: como decimos, ha ganado ya 5 casos, sabe que en España hay aún bastante libertad de expresión, su diócesis le apoya y no se asusta. Al final los jueces, analizando los textos y frases, siempre dictaminan que no hay delito. Léase, por ejemplo, el varapalo judicial a la denuncia de un lobby LGBT en 2014 aquí y otro caso de libertad expresión ganado en 2012 aquí. También fue capaz de declarar en su día, cuando gobernaba el PP, que este partido era "una estructura de pecado", ganándose unos cuantos enemigos más. Reig Pla no se asusta nunca.

La nota parece referirse más bien a provocar miedo a "la Iglesia", es decir, a los otros obispos.

Los obispos españoles reunidos esta semana en Madrid... no muchos han denunciado las leyes regionales de multas LGTB que permiten denunciar a cualquiera que critique la ideología de género

Pero miedo, ¿a qué? Por un lado, al alboroto mediático, porque muchos clérigos tienen un miedo terrible a salir en prensa. Por otro, a las multas de las nuevas leyes de privilegios LGTB de distintas autonomías, como la que Cristina Cifuentes y el PP aprobaron en 2016 en Madrid, que castiga "con multa de 20.001 hasta 45.000 euros" por "la promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona", aunque la persona misma sea un adulto plenamente consciente que lo solicite libremente.

¿De verdad el lobby gay quiere llevar a juicio a la Iglesia por "terapias"?

En España aún no se ha multado a nadie por esto. ¿De verdad intentan los lobbies gays llevar a todo un obispado, a la Iglesia, al primer juicio de este tipo, donde lo máximo que conseguirán es una multa de 45.000 euros, ningún "arrepentido" y muchos debates sobre la libertad en España en pleno periodo electoral? Parece más fácil pensar que se trata de una campaña para afectar más bien las relaciones entre obispos: siempre habrá obispos contentos de "marcar" a Reig Pla.

Sin embargo, judicialmente las grabaciones con cámara oculta suelen ser desestimadas por jueces. Quizá por eso el lobby gay de Alcalá, Kifkif, busca chivatos y delatores que acudan a ElDiario: "Si has sido víctima de una de estas terapias y quieres contar tu caso, puedes escribir al mail de la investigación periodística pistas@eldiario.es. También puedes acudir a nuestro servicio jurídico".

Pero ya en 2012 el obispado mismo publicó testimonios de personas con sentimientos homosexuales que daban gracias por estas terapias (pueden leerse aquí).

El obispado de Alcalá responde: acoge según el Magisterio

Por su parte, ahora en 2019, la respuesta del obispado de Alcalá es que "se trata de acusaciones antiguas, del mismo ámbito ideológico, que ahora intentan apoyarse en un montaje teatral construido «ad hoc», en el que un periodista «haciéndose pasar por un joven que quiere cambiar su orientación» pide ayuda y orientación en primera instancia, para provocar después una conversación manipulada referida a la ideología de género y su amparo legislativo en la que expresiones en condicional o que expresan hipótesis son tomadas por afirmaciones, provocando así mismo la recopilación de textos que, naturalmente, impugnan los postulados de género. En resumen estamos ante la fabricación de fake news, en el colmo de la desinformación de la que habla el Papa Francisco".

"En todo caso el Obispado de Alcalá de Henares recuerda el respeto y el amor que se debe a todas las personas, al tiempo que no renuncia a acoger y acompañar a las personas que libremente lo solicitan. Dicho acompañamiento integral, pastoral y espiritual, en ésta como en todas las materias, siempre se hace - desde la fe y la razón, con amor y verdad - a la luz de la Palabra de Dios y del Magisterio de la Iglesia Católica".

O dicho de otra forma: el obispado no admitirá la palabra "terapia", sino que dirá que "acoge y acompaña, a la luz del Magisterio".

Pero la ley LGTB de Cifuentes de 2016 llama "terapia de aversión o conversión" a "todas las intervenciones [...] religiosas o de cualquier otra índole que persigan la modificación de la orientación sexual" (la ley no define qué es la orientación sexual).

¿Si una chica reza a Dios para que un chico que le gusta deje la vida gay y se enamore de ella, es una "intervención religiosa", es decir, una "terapia de conversión" y puede castigarse con 45.000 euros? Un abogado del lobby LGTB podría reclamarlo con la ley Cifuentes en la mano, y un juez admitirlo.

Para saber más sobre estudios e investigaciones acerca de la "exploración de la fluidez en la atracción sexual", puede visitarse la sección de investigación de la asociación NARTH (aquí en inglés).

También son muy relevantes, en español, los libros de Richard Cohen, Comprender y sanar la homosexualidad y Abriendo la puerta del armario, que explican cómo puede darse esta fluidez en la atracción sexual. Y el libro-testimonio Yo fui gay de Luca di Tolve, que muestra cómo cambió su atracción sexual.

El aviso en 2016 de 3 obispos valientes

En 2016, el obispo Reig Pla, desde Alcalá, y los obispos López de Andújar y Rico Pavés, desde Getafe, publicaron una clarificadora nota denunciando los peligros de la ley LGTB de la región madrileña aprobada por el PP (el arzobispo de Madrid y sus auxiliares no firmaron).

Tres obispos valientes denunciaron la ley madrileña de multas LGTB en 2016

Señalaban que esta ley es:

a. Un ataque a la libertad religiosa y de conciencia (Ej: Art. 3-o, Art. 70-4-c, Art. 72-3).
b. Un ataque y censura al derecho de los padres a educar a sus hijos según sus propias creencias y convicciones. Del mismo modo es un atropello a los idearios que inspiran la libertad de enseñanza (Cf. Capítulo XI, Medidas en el ámbito educativo. Ej: Art. 29-2, Art. 31-9, Art. 32, Art. 34).
c. Un atentado a la libertad de expresión, a la libertad de cátedra, a la libertad de los científicos y profesionales en la búsqueda de la verdad, y a la libertad de las personas para orientar su vida o para pedir ayuda, incluso religiosa, en aquello que crean necesitar (Cf. Capítulo XI, Medidas en el ámbito educativo; y Capítulo XII, Medidas en el ámbito de la salud. Ej: Art. 3-o, Art. 31, Art. 36, Art. 70-4-c, Art. 72-3). Consideramos, por ello, que se trata, en su esencia, de una ley arbitraria que no contempla ni siquiera la objeción de conciencia.

LO QUE DICE LA LEY LGTB AUTONÓMICA de CIFUENTES y el PP de 2016

A continuación, recogemos lo que dice la Ley Cifuentes del 2016, aprobada por el PP, sobre los intentos de modificar algo tan etéreo y debatible como la "orientación sexual" (¿cuántas hay, cómo se miden, quién dice que no son variables y no cambian, es tema científico o ideológico?) y la "identidad de género". [Ley entera, aquí]

Cristina Cifuentes y el PP de Madrid con la plana mayor
de las asociaciones LGTB madrileñas; aprobaron en 2016 una ley de multas LGTB
que los obispos criticaron y permite multar a colegios, familias, médicos y a cualquiera que critique la ideología de género

Son infracciones muy graves: [...] La promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Para la comisión de esta infracción será irrelevante el consentimiento prestado por la persona sometida a tales terapias.

Terapia de aversión o de conversión de orientación sexual e identidad de género: Por este término se entienden todas las intervenciones médicas, psiquiátricas, psicológicas, religiosas o de cualquier otra índole que persigan la modificación de la orientación sexual o de la identidad de género de una persona. [Nota: la ley no define qué es la "orientación sexual"]

Identidad sexual o de género: es el sexo autopercibido por cada persona, sin que deba ser acreditado ni determinado mediante informe psicológico o médico, pudiendo corresponder o no con el sexo asignado en el momento del nacimiento, y pudiendo o no involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, atendiendo a la voluntad de la persona.

SANCIONES: Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:

a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad de Madrid por un período de hasta tres años.

b) Inhabilitación temporal por un período de hasta tres años para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a las prestación de servicios públicos.

c) Prohibición de contratar con la Administración, sus organismos autónomos o entes públicos por un período de hasta tres años.

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