El pleno de Les Corts Valencianes ha aprobado este miércoles, con el respaldo entusiasta de todos los grupos (excepto por la abstención del PP) una ley de privilegios y multas LGTBI que se convierte en la ley más radical de las aprobadas en España.

La diputada del PP Blanca Garrigues ha indicado que la postura de su grupo es una “abstención muy positiva”, porque "son más las cosas que nos unen que las que nos separan" y en su formación no se oponen a una norma que “debería unir a toda la sociedad y aunar todas las sensibilidades”. Ya en febrero el Foro de la Familia criticó la postura del PP por "descafeinada".

Por su parte, Ciudadanos ha mostrado entusiasmo y pleno apoyo a esta ley radical de multas LGTBI.

Blanca Garrigues, del PP: "Es más lo que nos une que lo que nos separa";
el PP no se ha opuesto a la ley de multas, solo se ha abstenido

Fomentar lo LGTB en todas partes con el dinero de todos

La ley crea todo tipo de organismos para fomentar la ideología LGTB de forma positiva en escuelas, bibliotecas, deporte, etc..., a menudo con el dinero de los contribuyentes.

Mónica Oltra, vicepresidenta valenciana, con diputados y activistas LGTB que celebran la nueva ley valenciana de multas y privilegios gays

Es usted culpable hasta que se demuestre su inocencia

En caso de conflicto y denuncias invierte la carga de la prueba, es decir, el acusado de lgtbfobia tiene que demostrar que es inocente, no es el acusador el que tiene que demostrar los hechos que denuncia. Esto ya se daba en la ley de multas y privilegios LGTBI catalana y es algo absolutamente anómalo en la legislación española.

(No se da en casos de agresiones o ataques por cristianofobia, por ejemplo, en que el denunciante tiene que demostrar los hechos mientras que al acusado se le respeta la presunción de inocencia).

Multas por realizar o difundir terapias

La ley castiga también con duras multas "la realización o difusión de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las personas". Se considera grave (multa de 200 a 3.000 euros), y si hay reincidencia o los responsables se niegan a retirar sus materiales (por ejemplo, vídeos en Internet) puede considerarse muy grave y con multas de 20.001 hasta 45.000 euros.

(Aquí muchos terapeutas responderán que sus terapias para maximizar el potencial heterosexual o explorar el potencial heterosexual de una persona no son de "aversión, conversión o contracondicionamiento").

¿Hechos homófobos en su local? Usted será responsable

Otras ideas tomadas de la ley catalana de multas LGTBI es la que exige a los dueños de espacios públicos (por ejemplo, el dueño de un bar) poner medios para evitar comportamientos homófobos. "Las personas titulares de dichos establecimientos adoptarán las medidas necesarias para prevenir y eliminar cualquier acto de violencia o agresión física o verbal que pudiera producirse contra personas LGTBI por motivos discriminatorios", dice la norma. Unos activistas LGTB que quisieran cerrar o acosar un bar podrían acusarlos de LGTBfobia, escenificar o provocar una agresión, y acusar al dueño de no haber impedido tales actos poniendo medios: de nuevo, el acusado debe demostrar su inocencia.

Las autoridades velarán de oficio, sin necesidad de denuncia

Además, una cláusula asegura que las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana y el Síndic de Greuges velarán contra toda discriminación por razones LGTBI y podrán actuar de oficio, sin necesidad de denuncia o queja (algo que no sucede con muchas otras situaciones de discriminación).

¿Libertad de cátedra, ideario del colegio? No se reconocen

El PP puso una objeción a la ley referida a la educación con una enmienda que pedía "garantizar que todas las personas que conforman la comunidad educativa puedan ejercer los derechos fundamentales que ampara la legislación, los centros educativos, respetando la legislación vigente y la libertad de cátedra y la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión y el ideario o carácter propio del centro". La enmienda fue rechazada y esa libertad, esa autonomía y el ideario del centro no se reconocen ni mencionan en la ley.

Con dinero de los contribuyentes se creará además el Consejo valenciano LGTBI "como órgano de participación ciudadana en derechos y libertades" y "servicio de información, orientación y asesoramiento integral a estas personas y sus allegados".

También con dinero público se creará "el Espacio de la Memoria LGTBI" para promover el conocimiento e investigación sobre la historia del colectivo.

Las bibliotecas se llenarán de materiales LGTBI

En el proyecto aprobado leemos también: "Todas las bibliotecas de titularidad de la Generalitat y las bibliotecas de titularidad municipal tendrán que contar con un fondo bibliográfico y filmográfico específico en materia de diversidad sexual, familiar, de género y de características sexuales. El contenido de los materiales deberá ser respetuoso con los derechos humanos. En las ciudades de más de 20.000 habitantes conformarán una sección específica".

Es decir, las bibliotecas se llenarán de propaganda LGTBI con el dinero de los contribuyentes y cuando un niño vaya a la biblioteca municipal a buscar un cómic de Tintín o Superlópez se encontrará con la sección LGTBI.

La ley exige promover "la visibilidad de los colectivos LGTBI en el ámbito del deporte, dando a conocer referentes de estos colectivos, especialmente de los menos representados públicamente".

Protocolos de "lenguaje inclusivo" para incorporar el "respeto"

Además, se vigilará a los medios de comunicación, también los privados, también las redes sociales. "La Generalitat velará para que los medios de comunicación, mediante autorregulación y códigos deontológicos, incorporen el respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, tanto en contenidos informativos y de publicidad, como en el lenguaje empleado. Se aprobarán protocolos de lenguaje inclusivo para llevar a cabo este precepto. Esta disposición afectará a todos los medios, incluidas las nuevas tecnologías.

También se anuncia que se facilitará el acceso a la "reproducción asistida". Es decir, se usará tecnología (con todos los riesgo que implica para los embriones, las gestantes, etc...) para producir artificialmente niños que carecerán o de padre o de madre... 

ALGUNAS DISPOSICIONES DE LA LEY LGTBI VALENCIANA

Artículo 52. Derecho de admisión.
1. Las condiciones de acceso y permanencia en los establecimientos abiertos al público, así como el uso y disfrute de los servicios que en ellos se prestan, no se podrán limitar, en ningún caso, por razones de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

2. Las personas titulares de dichos establecimientos adoptarán las medidas necesarias para prevenir y eliminar cualquier acto de violencia o agresión física o verbal que pudiera producirse contra personas LGTBI por motivos discriminatorios.

Artículo 53. Inversión de la carga de la prueba.
En los procedimientos administrativos incoados en virtud de lo dispuesto en el presente título, cuando la persona interesada aporte hechos, o indicios razonablemente fundamentados, de haber sufrido discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, corresponde a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada, objetiva y razonable de las medidas adoptadas.

Faltas Graves
g) Realizar actos que impliquen aislamiento, rechazo o menosprecio público y notorio de personas por causa de orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar.

h) La implantación, el impulso o la tolerancia de prácticas laborales discriminatorias.

i) La elaboración, utilización o difusión en centros educativos de la Comunitat Valenciana de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales o grupo familiar, o que inciten a la violencia por este motivo.

j) La realización o difusión de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las personas.

Faltas muy graves

d) La negativa a la retirada inmediata de la puesta en marcha o difusión de métodos, programas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las personas.

Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de 200 a 3.000 euros.

2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 3.001 hasta 20.000 euros. Además, podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:

a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Generalitat por un periodo de un año.
b) Prohibición de contratar con la Generalitat, sus organismos autónomos o entes públicos por período de un año.

3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias.

(Puede verse el texto de la ley aquí en la web de la Generalitat Valenciana en formato DOC)

En La Vanguardia lo presentan como una ley "muy avanzada"... pero lo ilustran con imágenes que pueden herir sensibilidades y el buen gusto