La semana pasada el profesor José López Guzmán pronunció en el Colegio de Farmacéuticos de Madrid una interesantísima conferencia sobre la Píldora del Día Después, organizada por La Red de Farmacia Responsable.
Como ustedes saben, el 28 de septiembre del 2009 el Ministerio de Sanidad autorizó la venta de la PDD sin receta (ya se venía vendiendo desde algunos años antes con receta médica), a pesar de no contar con datos científicos que avalaran ese cambio de criterio. Según el RD 1345/07, de 11 de octubre, el expediente de modificación debe contener los nuevos datos científicos y sanitarios que justifican la reevaluación del fármaco, y hasta la fecha, no se conocen dichos datos. Es más, el 7 de Octubre del 2009 la AEM realizó un informe demoledor, que todavía no ha hecho público, (aunque la Prensa lo ha filtrado) en el que se ponen en duda muchos de los presupuestos del Ministerio.
En su conferencia el profesor López Guzmán se refirió a las mentiras que hay alrededor de esta píldora. Mentiras que se dicen con el objetivo de no frenar su dispensación, a pesar de los peligros que representa para la salud pública. Les resumo los siguientes puntos que a mí me llamaron especialmente la atención:
MENTIRA Nº 1. En el folleto educativo que el ministerio ha circulado para su distribución en farmacias se afirma, en el punto 1, que la PDD es «un anticonceptivo de emergencia». Un anticonceptivo es, como su propio nombre indica, algo que actúa ANTES de la concepción. La ficha técnica tanto del Norlevo como del Postinor dice: «No se conoce el mecanismo de acción preciso (…) También puede producir cambios endometriales que dificultan la implantación». Dificultar la implantación es impedir la anidación de un óvulo fecundado, de un embrión. Sin embargo, el propio folleto, insiste en la mentira, y en su punto nº 3 afirma que «la píldora es un medicamento hormonal que impide o retrasa la ovulación y en la mayoría de los casos evita el embarazo, pero nunca lo interrumpe». Esto mismo se reconoce en el informe de la AEM, que afirma en el apartado 2.2: «La acción principal parece ser la inhibición de la ovulación, si se administra en la fase preovulatoria. También puede producir cambios endometriales que dificultan la implantación del óvulo fecundado».
MENTIRA Nº 2. La ministra de Sanidad se basa en estos mismos datos para decir lo que le conviene. Así, preguntada en una entrevista si la PDD es una píldora abortiva, afirmó que no, «ya que este medicamento no es eficaz una vez se ha implantado en el útero». Es decir, para ella, un embrión mientras recorre las trompas y va camino de su implantación, aunque es un embrión humano, no es nada. Para ella, que es de las que usan el término «pre-embrión» (el cual, por cierto, no tiene la más mínima base científica), destruir ese embrión antes de la implantación no es abortar. Esto es engañar a las personas de buena fe, creando la falsa creencia de que la PDD no interfiere con el embrión.
MENTIRA Nº 3. Se afirma en el punto 6 del folleto educativo que la PDD «es un medicamento seguro para la salud, por lo que no precisa de ningún reconocimiento ni análisis previo a su toma».
Sin embargo, la ficha técnica de la PDD indica que no está indicado su uso en el caso de padecer enfermedades del intestino delgado, problemas graves de hígado, antecedentes de embarazo ectópico, salpingitis, etc. Asímismo, el punto 7 indica que entre los efectos secundarios pueden aparecer náuseas, dolor de cabeza y desarreglos menstruales. La ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios dice en su artículo 10 que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios otorgará la autorización a un medicamento si este es seguro, entendiendo como tal que no produzca «en condiciones normales de utilización efectos tóxicos o indeseables desproporcionados al beneficio que procura». Evidentemente, para las autoridades sanitarias, todas las complicaciones derivadas del uso de la PDD se compensan con el supuesto «beneficio» de verse libres de un embarazo no deseado. Por tanto, en sentido jurídico, el medicamento es seguro. Pero este aspecto nos lleva a la siguiente mentira.
Sin embargo, la ficha técnica de la PDD indica que no está indicado su uso en el caso de padecer enfermedades del intestino delgado, problemas graves de hígado, antecedentes de embarazo ectópico, salpingitis, etc. Asímismo, el punto 7 indica que entre los efectos secundarios pueden aparecer náuseas, dolor de cabeza y desarreglos menstruales. La ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios dice en su artículo 10 que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios otorgará la autorización a un medicamento si este es seguro, entendiendo como tal que no produzca «en condiciones normales de utilización efectos tóxicos o indeseables desproporcionados al beneficio que procura». Evidentemente, para las autoridades sanitarias, todas las complicaciones derivadas del uso de la PDD se compensan con el supuesto «beneficio» de verse libres de un embarazo no deseado. Por tanto, en sentido jurídico, el medicamento es seguro. Pero este aspecto nos lleva a la siguiente mentira.
MENTIRA Nº 4. Suministrar esta información a la población entra claramente dentro de lo que se conoce como «publicidad engañosa». Así, el Real Decreto 1416/1994, de 24 de junio, por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano dice en su artículo 6.1.b que «la publicidad de un medicamento destinado al público no podrá incluir ningún elemento que sugiera que carece de efectos secundarios». Y la publicidad, en este caso, viene del propio Ministerio de Sanidad, pues como la citada Ley indica en su artículo 1.2, «se entenderá por publicidad de medicamentos toda forma de oferta informativa, de prospección o de incitación destinada a promover la prescripción, la dispensación, la venta o el consumo de medicamentos».
MENTIRA Nº 5. Ocultan los efectos secundarios, graves, que pueden producirse por el hecho de que se dispensa sin receta. El citado informe de la AEM indica que «no puede descartarse el riesgo de tromboembolismo venoso en mujeres que hicieran un uso no recomendado (repetido y frecuente) de los preparados de anticoncepción de urgencia». Al considerarla un «anticonceptivo de emergencia», dado que se prima la ventaja de poder acceder rápidamente a la PDD, se ocultan los graves efectos secundarios que puede llegar a tener.
MENTIRA Nº 6. Al autorizar su dispensación sin receta se pretende darle difusión como anticonceptivo de emergencia, porque el objetivo es reducir el número de embarazos no deseados. La realidad es tozuda, y en todos los países de nuestro entorno la PDD no ha conseguido reducir el número de embarazos, sino todo lo contrario. En el año 2001 se produjeron en España 69.857 abortos, y se dispensaron 100.000 PDD. En el año 2008, las cifras son de 115.812 abortos y 540.000 PDD. A la vista de estos datos, no parece que el aumento de dispensación de la PDD vaya precisamente en relación con una disminución en la tasa de abortos…