¿Es posible pasar de la homosexualidad a la heterosexualidad? El asunto fue sometido en 1973 a una votación de la Asociación de Psiquiatras americanos con el siguiente resultado: No, 5816; Sí, 3817, es decir, se aprobó con una mayoría del 60,3%. No cuento los votos en blanco ni las abstenciones, bastante numerosas. Para los partidarios del no, la orientación sexual forma parte de la naturaleza del individuo y no puede modificarse. Tras esta votación se llegó a la conclusión de no volver a someter cuestiones científicas a votación. En consecuencia la Organización Mundial de la Salud retiró en 1990 la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, lo que no significa que haya unanimidad entre los psiquiatras sobre esto. Ahora bien, en agosto del 2009 la Asociación de Psiquiatras Americanos autorizó a sus terapeutas a tratar la homosexualidad, permitiéndoles que ayuden a los homosexuales a rechazar o controlar sus impulsos, con una nueva terapia basada en la fe y en la identidad sexual.
Es decir, la comunidad psiquiátrica está dividida, pues muchos piensan que lo que se ha conseguido con ello es privar a los pacientes del tratamiento que necesitan. Además, si no es ninguna enfermedad ni trastorno, ¿por qué solicitan de la sanidad pública servicios especiales? Por otra parte, hay bastantes psiquiatras que no se atreven a iniciar la terapia, por miedo a las multas salvajes y a ser tildados de homófobos, incluso si sus pacientes se lo piden.
Para los que piensan que es posible llegar a la heterosexualidad, avalados por muchos que sí lo han conseguido, la homosexualidad no es una condición óptima, ni puede ser presentada como un ideal en materia de sexualidad, ni es una alternativa a la heterosexualidad, dado que la anatomía humana apunta hacia ésta.
Pero como nuestros políticos carecen de sentido del ridículo, la mayor parte de las comunidades autónomas han publicado leyes a favor de la ideología de género. Por su repercusión tomo como referencia la ley madrileña, es decir la “Ley 3/2016, de 22 de julio de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid”, publicada el 10 de agosto de 2016. Aprobada por unanimidad, menos dos del PP que se ausentaron por fidelidad a su conciencia. Leemos en esta Ley sobre nuestro asunto:
“Artículo 70. Son infracciones muy graves: c) La promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. Para la comisión de esta infracción será irrelevante el consentimiento prestado por la persona sometida a tales terapias".
"Artículo 72.- Sanciones. 3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros”.
En pocas palabras, si un médico intenta ayudar a un paciente que le pide ayuda para salir de la homosexualidad -y recordemos que cada día hay más personas en el mundo que lo están consiguiendo- se le impide el libre ejercicio de su profesión, porque aunque los hechos digan lo contrario, son los hechos los que están equivocados, nunca la ideología. Un amigo mío, médico en Madrid, me contaba que hablando con sus colegas, no le podían creer, por lo que la discusión terminaba pidiéndoles su email y mandándoles la Ley.
Más recientemente el Parlamento andaluz ha aprobado por unanimidad la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar, según ellos, los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía, que en muchas cosas supone una vuelta de tuerca más en la violación de los Derechos Humanos. Así podemos leer:
"Artículo 62. Infracciones muy graves.
e) Promover, difundir o ejecutar por cualquier medio cualquier tipo de terapia para modificar la orientación sexual y la identidad de género con el fin de ajustarla a un patrón heterosexual y/o cisexual".
"Artículo 65. Sanciones 3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 hasta 120.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes”.
Por su parte, en nuestro parlamento nacional está avanzando una “Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género…”. Copio de esta Ley en tramitación:
“Artículo 94. 4. Son infracciones muy graves: c) Promover o llevar a cabo terapias de reversión de la orientación sexual o de la identidad de género. Para la comisión de esta infracción, será irrelevante el consentimiento prestado por la persona sometida a las mismas”.
"Artículo 96. Sanciones: 3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20001 euros hasta 45000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes. 4. Ante cualquier infracción, cualquiera sea su naturaleza, se procederá al decomiso y destrucción, borrado o inutilización de libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte…”.
Uno de los primeros libros a destruir sería la Biblia, pues considera los actos homosexuales como graves desviaciones del plan de Dios sobre el hombre (Lev 18,22; 20,13; Sab 14,26; Rom 1,14-28; 1 Cor 6,9). El recuerdo de las fotos de la quema de libros en la Alemania nazi es inevitable, pues estas leyes nazicomunistas coartan las libertades cívicas de los homosexuales y de los médicos, prohibiéndose a unos el intentar liberarse de sus ataduras y a los otros el libre ejercicio de su profesión.
Estoy ahora recién llegado de la Vigilia Pascual. En ella no he podido por menos de pensar que estas leyes son éxitos del demonio en su lucha contra el Bien y la religión, como ya señaló el entonces cardenal Bergoglio cuando sobre el matrimonio homosexual escribió: “No seamos ingenuos; no se trata de una simple lucha política, es la pretensión destructiva al plan de Dios. No se trata de un mero proyecto legislativo (éste es sólo el instrumento) sino de una 'movida' del padre de la mentira que pretende confundir y engañar a los hijos de Dios”. Pero la Resurrección de Cristo nos da la certeza del triunfo definitivo de Cristo sobre Satán y del Bien sobre el Mal.