El Papa Francisco ha inaugurado en Roma el Jubileo 2025. Me temo que muchos no saben ni lo que es. Dicho de manera muy simple y sencilla, es un año de júbilo, en el sentido de que la Iglesia, con el poder de atar y desatar que Cristo le concedió en los evangelios, otorga muchas mayores facilidades para ganar una indulgencia plenaria, visitando los templos y lugares designados (por el Papa, en Roma; por el obispo de cada diócesis, en el resto del mundo) como "jubilares", esto es, aptos para ganar un jubileo (con su indulgencia plenaria asociada).

¿Y qué es una indulgencia? Algunos tienden a confundirla con el perdón de los pecados, pero este solo puede obtenerse, de manera ordinaria, por el sacramento de la confesión; la indulgencia libra de la pena temporal (purgatorio) debida por nuestros pecados, en unos casos de forma total (como en el jubileo); en otros, de forma parcial. Efectivamente, cuando uno se confiesa, Dios le perdona totalmente la culpa y, en el caso de los pecados mortales, también de la condenación eterna, pero hay un aspecto de la justicia que todavía queda por satisfacer, por restablecerse, reparar o purificar (y esto se hace en el purgatorio). 

Por poner un ejemplo aclaratorio, si yo destrozo el coche a alguien, puedo arrepentirme y pedir perdón, pero lo justo es que, aunque me perdonen, yo repare los daños e, incluso, haga algo que me suponga un esfuerzo suplementario y reparatorio que manifieste mi arrepentimiento sincero (igual dar un plus a la persona damnificada). O si he estado despreciando a alguien, no solo tendré que pedirle perdón, sino también poner algo de mí, por ejemplo una sonrisa franca cada vez que le vea en adelante.... Es decir, no basta solo perdonar o que te perdonen, sino que ha de restablecerse la justicia, reparar la ofensa cometida (incluso, si puede ser, con creces). Yo puedo, por ejemplo, perdonar a quien ha matado a un familiar, pero mi perdón no exime de que el culpable tenga que pagar su delito con los años de cárcel que dictaminen los tribunales; es decir, mi perdón no exime de la justicia, de que se restablezca la justicia, de que se haga justicia, al menos en un cierto grado. 

La indulgencia, en este sentido, es ya el colmo de la misericordia de Dios, que va más allá de la estricta justicia que, en pago por nuestras ofensas, mereceríamos. Y es que esta vida es tiempo de gracia, tiempo de misericordia, que debemos aprovechar. Ahora bien, ganar la indulgencia supone que la persona no solo tiene que hacer el acto que la gana, sino cumplir cuatro condiciones (confesarse y comulgar días antes o después de dicho acto, rezar por las intenciones del papa y hacer un acto de contrición perfecta, de desapego a todo pecado, incluso al pecado venial). Eso ya es un esfuerzo, poner algo de uno mismo, por lo que hay una cierta penitencia purificativa que sustituye a la pena que deberíamos “pagar” en el purgatorio. En suma, es mucho menos costoso limpiarse aquí que allá, pero está claro que también aquí la persona pone algo de su parte, mucho más suave que lo que tendría que poner allá. 

En resumen, ¿qué es la indulgencia? Es el modo de quitarnos purgatorio de encima, ya sea de forma total (si ganamos una indulgencia plenaria, como la que tiene asociada el jubileo) o de forma parcial. ¿En qué se diferencia de la confesión? Se diferencia en que la confesión perdona los pecados, mientras que la indulgencia perdona o libra de la pena temporal (purgatorio) debida por nuestros pecados. Son dos conceptos distintos, pero que, a menudo, se confunden. Los católicos, al menos, deberíamos tenerlos claros y no pensar que solo con pasar por el templo o lugar “jubilar” ya se nos perdonan los pecados sin necesidad de la confesión sacramental. La confusión de indulgencia con perdón de los pecados nos puede llevar a este equívoco que es preciso desmantelar. Tengamos las ideas claras.