Partamos de lo qué se entiende por ideología de género. El escritor y abogado Jesús Trillo-Figueroa, especialista en la cuestión y autor de varios libros al respecto, afirma: «En España hoy vivimos la hegemonía de la ideología de género, que se ha impuesto en el discurso social, político y legal de nuestro país». Así, el género «se concibe como una realidad independiente del sexo biológico, y se asimila al sexo». No obstante, «Uno nace biológicamente hombre o mujer, y por tanto la naturaleza humana da lugar a personas con condición sexuada. Pero esto no les importa a las ideologías. Y se puede legislar sobre una falsedad, como se ha hecho en España desde 2004. No sólo fue el programa máximo del presidente Zapatero, sino que sigue ahí» (de Revolución jurídica en España: política sexual e ideología de género, XX Semana de la Familia, Diócesis de Zamora, 9 de abril de 2013).

Esta ideología, inicialmente desde su elaboración teórica y, actualmente, desde la praxis, configura una verdadera revolución política, cultural, social y antropológica; ulterior fase del marxismo revolucionario del que en buena medida se nutre, pues persiguiendo el control del poder, pretende transformar la sociedad y dominar a los individuos. Pero, ya antes de alcanzar el poder en España de la mano de José Luis Rodríguez Zapatero, la ideología de género venía ejerciendo una creciente influencia desde poderosos lobbys, como el gay y el feminista radical. Así, han desplegado diversas tácticas: la manipulación del lenguaje; el control de la educación; la penetración en los medios de comunicación. Y desde una perspectiva pseudocientífica vienen manipulando y falsificando diversas estadísticas que “acreditarían” la necesidad de sus políticas; particularmente mediante la denominada discriminación positiva de la mujer, que ignora la prevalencia masculina en el suicidio, la supremacía femenina en la Universidad, y la atención exclusiva a la mujer en diversos programas preventivos de salud, ignorando dolencias típicamente masculinas. Pero para ello se han apoyado en la aprobación de una legislación positiva acorde a esa ideología de género, con sus prácticas perversas de la inversión de la carga penal de la prueba, el fenómeno de las denuncias falsas (particularmente la conocida como «bala de plata»), las prácticas de un auténtico Derecho penal de autor, y la extensión de una subvencionada «industria del maltrato» de la que se benefician económicamente numerosos colectivos feministas y algunas de sus usuarias.

La situación existente, respecto a los avances legislativos y políticos de esta ideología de género en el resto de Europa varía mucho según el país. No obstante, la tendencia es evidente: España marca la tendencia, si bien con antecedentes ya avanzados en otros países.

El caso francés, en relación a la reciente aprobación del «matrimonio homosexual» es significativo. Hollande, pese a haber perdido aceleradamente crédito en los índices de popularidad, fundamentalmente por su política económica, no ha dudado en implantar un programa de ingeniería social, en la estela de Rodríguez Zapatero. No obstante, debemos destacar algunas cuestiones. En primer lugar, la unanimidad en los partidos del centro derecha al oponerse a su aprobación, en consonancia con los valores de su electorado. En segundo lugar, la movilización popular: masiva, sin complejos y a las claras. No han empleado eufemismos para defender al matrimonio. Por último, 10 parlamentarios de la izquierda votaron en contra, lo que indica la existencia de un debate abierto, transversal y plural. Circunstancias que, ciertamente, no concurren en España. No obstante, la situación no tiene por qué, globalmente considerada con otras circunstancias sociales, entenderse como mejor. Y nos referimos a la potentísima presencia de una minoría musulmana que ya ha empezado a movilizarse reclamando la legalización de la poligamia. La sharia, pues, en el corazón de Europa…


Decíamos que la tendencia avanza en la dirección del experimento español. Nos referiremos, a título de ejemplo muy significativo, a la resolución A7-0383/2012 de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, «sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea (2010-2011)» aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 12 de diciembre de 2012.

Con la referencia introductoria a 23 normas y articulados fundamentales, y 13 considerandos, recomendaba 197 actuaciones concretas. Además de las orientadas a modo general, recogía otras centradas en el ámbito de discriminación, protección de minorías, igualdad de oportunidades, jóvenes, ancianos y discapacitados, protección de datos, migrantes y refugiados, derechos del niño, víctimas y acceso a la justicia y ciudadanía. Además, las recomendaciones 86 a 99 respondían a «Orientación sexual e identidad de género». Así, la 89 afirma que «Acoge con satisfacción las propuestas de la Comisión relativas a la competencia y la ley aplicable a los efectos patrimoniales de los matrimonios y las uniones registradas; considera, no obstante, que la elección de dos instrumentos diferentes y de un enfoque separado para las uniones registradas y los matrimonios es injustificada; considera que debería imponerse la misma competencia y la misma ley aplicable en ambos casos». Y la 99: «Considera que hay más probabilidades de que se protejan los derechos fundamentales de las personas LGTB [Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales] si estas tienen acceso a instituciones jurídicas como la convivencia, la unión registrada o el matrimonio; acoge con satisfacción que en la actualidad 16 Estados miembros ofrecen estas posibilidades, y pide a los demás Estados miembros que consideren la posibilidad de ofrecerlas igualmente».

Pero, aunque la legislación sobre el aborto no sea una competencia europea, la resolución expresaba en su apartado 79 « (…) su preocupación ante las recientes restricciones del acceso a servicios de salud sexual y reproductiva en algunos Estados miembros, en particular al aborto seguro y legal, la educación sexual y los recortes financieros en el ámbito de la planificación familiar».

Y para asegurarse el cumplimiento de sus políticas «igualitarias», paso a paso, desde la recomendación 86 se «Insta a la Comisión a que proponga una refundición de la Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal, de forma que se incluyan otras formas de delitos motivados por prejuicios, entre otros, por motivos de orientación sexual, identidad de género y expresión de género». Por su parte, la número 49 incluye expresamente « (…) otras formas de violencia y odio contra todo grupo minoritario, incluido el odio verbal; insta a los Estados miembros a que garanticen que los delitos motivados por prejuicios, como los que tienen carácter racista, xenófobo, antisemita, islamófobo, homófobo o tránsfobo, se sancionan en el marco del sistema de Derecho penal (…)».

Mezclando conceptos, tipologías penales diversas, en un tendencioso tótum revolútum, preconfigura una verdadera «policía del pensamiento».

De esta manera, esta resolución A7-0383/2012 escenifica por donde se quiere orientar a Europa desde sus élites políticas: limitando el derecho a la vida, disolviendo la fortaleza del matrimonio y de la familia, imponiendo la ideología de género, y comportándose como policía del pensamiento. Pero todo ello ya venía de tiempo atrás. Es el caso del documento «OPINIÓN de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (20-09-2011) para la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea. Destaquemos del mismo: «6. Subraya que las mujeres son las principales víctimas de la violencia de género»; «7. Toma nota del conjunto de medidas de la Comisión relativas a las víctimas; lamenta que la violencia contra las mujeres no se tenga en cuenta adecuadamente; pide a la Comisión que ponga en marcha un enfoque político completo contra la violencia de género, así como una directiva que aborde la lucha y eliminación de todo tipo de discriminación y violencia contra las mujeres y las niñas en todos los Estados miembros de la UE»; «9. Acoge con satisfacción la inclusión de los derechos de los transexuales por la Agencia Europea de Derechos Fundamentales en su informe sobre homofobia, transfobia y discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género (…) »; «12. Subraya la necesidad de respaldar la reducción de estereotipos y comportamientos discriminatorios mediante programas, medidas y campañas especiales en las que participen Estados miembros, interlocutores sociales, ONG, instituciones y parlamentarios»; «13. Manifiesta su preocupación por los derechos y la salud sexuales y reproductivos de las mujeres en algunos Estados miembros (…) »; «15. Lamenta la calidad relativamente baja de los datos recogidos por los órganos de igualdad en algunos Estados miembros, 16. Destaca la importancia de recoger datos precisos sobre la situación específica de las mujeres en relación con los derechos humanos en la Unión Europea».

Maurizio Mosca, uno de los técnicos del European Institute for Gender Equality, con motivo de la cumbre de Madrid de abril de 2013 expresó la urgente necesidad de «unificar las definiciones de violencia de género en Europa» para integrar de forma igualitaria todos los datos. Debido a estas diferencias en la manera de contabilizar las víctimas y de catalogar la violencia, el EIGE sólo puede afirmar que, en los Estados miembro, entre el 12% y el 35% de las mujeres sufren violencia doméstica física. Un ejemplo, entendemos, de manipulación estadísticas y criminalización a priori de los varones europeos. Por otra parte, únicamente cuatros países de la UE (España, Francia, Portugal y Suecia) habían introducido en sus respectivos códigos penales, la definición de violencia de género. Mosca, por último, aseguró que la Ley Integral contra la Violencia de Género en España «es un ejemplo efectivo que debe servir como inspiración política y cultural para toda la Unión Europea».

Es evidente, pues: España experimenta, Europa impone, los demás países se adaptan…

Pero si hemos visto las «sombras» de Europa, veamos sus «luces», que también cuestionan al actual Gobierno del Partido Popular desde otra perspectiva muy distinta: la de la familia.

Podemos asegurar que el Partido Popular, mientras mantiene la perspectiva de género, sigue sin apoyar efectivamente a la familia. Así, el Instituto de Política Familiar (IPF) elaboró un informe demoledor, sobre la falta de ayuda a la institución familiar en España, hecho público el pasado 13 de abril de 2013. Titulado «Documentos de la UE sobre la familia. Selección de textos», el estudio revela que España es el país de Europa que menos ayuda a las familias. Y ello a pesar de que «la Unión Europea ha instado a los distintos Estados miembros a que desarrollen políticas de cara a lograr un mayor apoyo a la maternidad, la demografía, la perspectiva de familia, etc.». Tal política sería decisiva tanto para salir de la crisis, como para encarar el rápido envejecimiento de la población europea. Así, nuestro país no destina ni siquiera el 1% de su PIB a las ayudas familiares, que en España, al contrario que en el resto de la Unión Europea, no son universales. Están limitadas a unas rentas tan bajas que, según concluye el IPF, nueve de cada diez familias no pueden beneficiarse de ellas.

Otra cuestión que manifestó el IPF se refiere a la conciliación de la vida laboral y familiar. De este modo, la baja por maternidad en España -de 16 semanas- está por debajo de las 18 recomendadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), mientras que la de paternidad es de tan solo dos semanas; al tiempo que muchas mujeres siguen siendo discriminadas en sus empresas por el mero hecho de ejercer su derecho a ser madres.

También, desde Bruselas, se recomienda la adopción de políticas fiscales que no discriminen ni perjudiquen a las familias en función de su dimensión, destacando la necesidad de crear subsidios específicos en todos los Estados miembros y los Estados adherentes, en particular para los casos de hijos con discapacidad, familias numerosas o nacimientos múltiples. No obstante, según la denuncia el Instituto de Política Familiar, las ayudas a las familias con necesidades especiales son tan bajas que apenas se las puede considerar una verdadera ayuda.

El informa enumera otros incumplimientos de las recomendaciones comunitarias, destacando que «no se desarrolla una política integral de familia ni se aplica la perspectiva de familia, además de que no se dispone ni de un plan integral de apoyo de familia ni de ley de familia».

Denuncia, igualmente, que España «no está preservando ni garantizando el derecho de los padres a la estabilidad conyugal y el de los hijos a vivir en un hogar estable», pues, a juicio del IPF, la vigente Ley de divorcio exprés incentivó «la cultura de la ruptura en lugar de la reconciliación, disparando las rupturas definitivas y la conflictividad y convirtiéndola en el principal problema de las familias españolas».

Se ha acusado al Partido Popular de carecer de una política cultural, de descuidar la “batalla de las ideas”; de gestionar más que nada la crisis económica heredada del anterior gobierno socialista. Discutible o no el anterior juicio, lo que es incuestionable es su indiferencia ante la situación de las familias españolas; única base sobre la que construir el futuro de la nación.

Fernando José Vaquero Oroquieta