Estos días hemos conocido el caso de una estafa a gran escala en la zona del Levante español referente a las células madre de la sangre del cordón (SCU): Un desalmado, antiguo comercial de una empresa del sector, decide montar el negocio por su cuenta y realiza contratos falsos con padres que quieren conservar la SCU de sus hijos al nacer, a los que promete enviarla a un banco en Alemania para que sea allí procesada y conservada. Pero en lugar de enviar la SCU tras recogerla después del parto, parece ser que la tira o la manada a otro banco diferente en otro país. Este extremo no está claro todavía, porque a estas alturas la policía continúa sus pesquisas. Lo que sí está claro es que las muestras no llegaban a donde se prometía. El individuo en cuestión había trabajado de comercial en la zona de Valencia, Alicante y Murcia para una empresa palentina, Stem Cell, que actúa de intermediario entre los padres y un banco de SCU en Alemania (Medizinische Laboratorien Bonn), a donde enviaban las unidades que recogía de las incautas familias que confiaban en él. La empresa empezó a sospechar de su comercial cuando vio que no llegaban a ser procesadas todas las unidades que supuestamente estaba contratando. Y es que al parecer, el tipo en cuestión había montado una red paralela, con dos páginas web muy atractivas: Instituto Celular y Representaciones Biomédicas de Levante. A través de esas páginas atraía a las familias que terminaban contratando sus servicios, pensando de este modo en conservar un seguro biológico para su bebé. Hoy, ambas páginas están desactivadas.
El punto de partida es la sangre de cordón, una fuente muy rica de células madre, que al contrario de las embrionarias (las cuales requieren la destrucción del embrión para su utilización) no plantea ningún problema ético, puesto que de no utilizarse, sería un material biológico de desecho. La sangre de cordón contiene células progenitoras de la sangre, que pueden ayudar a personas con enfermedades de ámbito hematológico. Conservarlas privadamente puede suponer una alternativa terapéutica clave en el caso de que un hermano compatible sea susceptible de trasplante. Incluso en el trasplante autólogo, siempre que la enfermedad no sea genética, tendría mucha utilidad. También estas células son muy interesantes para la medicina regenerativa, que es la medicina del futuro. Disponer de estas células posibilitará al niño el día de mañana acceder a tratamientos que las utilizan como material de base.
Siendo esto es así, ¿por qué no todo el mundo guarda la SCU de sus hijos? En primer lugar, por desconocimiento: No todos son conscientes de la ventaja de conservar este tesoro biológico y las oportunidades que están dando con ello a sus hijos. Y en segundo lugar por precio: Se trata de un servicio relativamente caro (unos 2.000 € por conservar las células durante 20 años), aunque la salud no tiene precio, si se llegan a necesitar. Además, en España tenemos la mayor red mundial de bancos públicos de SCU, que almacenan unas 53.000 unidades hasta la fecha. Esto supone una gran garantía de éxito en trasplantes, puesto que la estrategia nacional pasa por disponer de 60.000 unidades, con las que tendríamos cubiertas las necesidades de trasplante del 90% de la población nacional. Podemos estar satisfechos de la gran labor que la ONT ha hecho en este campo.
No obstante, también hay puntos de oscuridad, que son precisamente los que han propiciado que surjan casos de estafa como el ya citado. Y es que la ley que regula, entre otras cosas el funcionamiento de los bancos privados de SCU es el RD 1301/2006. Un decreto que la ONT tenía listo para publicar prohibiendo en él la existencia de bancos privados de SCU, como ya ocurre en Francia. El oportuno nacimiento de la Infanta Leonor y el anuncio del Príncipe de que habían conservado las células madre de su cordón fue el detonante de la demanda de este servicio, hasta entonces prácticamente desconocido en España. La ONT tuvo que amañar el RD que ya estaba listo para su publicación, introduciendo con calzador la posibilidad de existencia de bancos privados de SCU, siempre que las unidades en ellos depositadas se pusieran a disposición universal. Aceptando su existencia como inevitable, se trataba de limitar el desarrollo de los bancos privados. Para ello se recurrió al oxímoron de denominar al depósito privado "donación autóloga". Como si alguien se pudiera donar algo propio a sí mismo. Pero de este modo se hacía recaer sobre los depósitos privados los mismos requisitos que a las donaciones para un tercero. Y a cambio se creaba una figura absurda, cual es la de la obligación de donación. Ya se puede entender que obligar a donar no parece ser la mejor manera de respetar la dignidad humana. Entre otras cosas, está prohibido en el mismo RD 1301/2006 cuando señala que "la donación de células y tejidos será, en todo caso, voluntaria y altruista" (art. 3.1). Pero se caía en el contrasentido de obligar a la puesta a disposición de terceros de las muestras conservadas privadamente (art. 27). Además se permitía el traslado de la sangre para procesar en Europa, siempre que se hiciera en un banco autorizado en su país. Es esta última triquiñuela la que han aprovechado muchos para lanzar un servicio con el nombre de "banco" de células madre, cuando en realidad se trata de meros brókeres logísticos, intermediarios entre la familia y el banco extranjero con el que tienen el acuerdo de procesamiento. Solo existe en España una empresa en estos momentos que tenga laboratorio propio en nuestro país y ofrezca el procesamiento y conservación de la SCU en nuestro territorio. El resto son todos meros intermediarios logísticos. Esto es lo que ha facilitado el fraude, pues la actividad de tales empresas (autodenominadas "banco de SCU") escapa del control de las autoridades sanitarias españolas. Las familias y los ginecólogos harían bien en decidir en qué banco conservar la sangre del cordón buscando aspectos de calidad y garantía que nunca puede ofrecer un intermediario logístico.