Al hilo de mi último artículo, donde defendía que no es lícito adoptar la solución de destruir al embrión como protocolo normal de actuación frente al embarazo ectópico, algunos lectores han criticado una posición que podría ser considerada alejada de la realidad y comprometedora de la salud de la madre. Algunos han llamado mi atención sobre la postura de la Iglesia, supuestamente defensora de tesis contrarias a las que yo defiendo. Incluso otros han indicado que no se pueden considerar estos casos dentro de los de aborto. Voy a tratar de arrojar algo más de luz sobre el tema.

En primer lugar, sí creo que estos casos deban considerarse abortos, pues ocurre exactamente eso: Ab-orto. La terminación de la vida del nasciturus antes de su nacimiento. La clave para tratar de descifrar este problema está en si para tratar un embarazo ectópico el aborto es buscado como solución DIRECTAMENTE o no. Se trata de defender la vida de la madre, comprometida por un embarazo inviable. Pero la vida del embrión merece igualmente ser respetada, con la misma intensidad. Desde un punto de vista bioético, sólo cuando la muerte del hijo es indirecta, es decir no buscada directamente sino consecuencia de una actuación urgente y no-posponible, para salvar la vida de la madre, es lícita dicha intervención que termina, indirectamente, con la vida del hijo.

Respecto a la opinión de la Iglesia Católica sobre el tema, algunos lectores han llamado mi atención sobre un documento de la Conferencia Episcopal de EEUU, de 15 de junio del 2001 titulado “Directivas Éticas y Religiosas en los Servicios de Salud Católicos”.  En dicho documento los obispos norteamericanos abordan diversas cuestiones bioéticas que afectan a los hospitales católicos. La parte cuarta de este documento se refiere a los problemas relativos al comienzo de la vida. En el punto referido al aborto, el número 45, dicen los obispos americanos lo siguiente:

“El aborto, es decir, el intento deliberado de acabar con un embarazo antes de que sea viable el feto, o la intención directa de destruir a un feto viable, nuca está permitido. Cualquier proceso cuyo único efecto inmediato es la finalización del embarazo antes de su viabilidad, es un aborto. Lo cual, en un contexto moral, incluye el tiempo que transcurre desde la concepción hasta la implantación del embrión. Las instituciones sanitarias católicas no pueden realizar abortos, ni siquiera cooperar con su realización en ninguna fase. En este contexto, las autoridades sanitarias católicas han de ser conscientes del peligro de escándalo si llegan a relacionarse con cualquier entidad que favorezca el aborto.”

Me parece que queda meridianamente clara la postura de la Iglesia al respecto. Pero los obispos continúan explicando, y en el punto 47 afirman lo siguiente:
“Es lícito cualquier acto medico (quirúrgico o farmacológico) que tenga como objetivo principal salvar la vida de la mujer embarazada, si ese acto no puede ser pospuesto hasta que el no nacido pueda ser viable (fuera del vientre materno), incluso si, a consecuencia de dicha intervención se produce la muerte del embrión.”

Aquí parecería que se desdicen, y opinan justo lo contrario que en el punto anterior. A algunos pudiera parecerles que la Iglesia justifica la destrucción del embrión, pues el objetivo sería salvar la vida de la madre y no puede posponerse hasta que el no nacido pueda ser viable (alrededor de la semana 20). Sin embargo, la actuación preventiva para destruir al embrión en realidad busca también salvaguardar la fertilidad de la madre. Porque su vida, si se permite que el embrión muera solo, y la madre está bajo supervisión médica, no corre peligro. Me parece que no existe contradicción alguna, sino una profunda congruencia con el principio de respeto a la vida, que acepta, ante una situación inevitable, buscar la salvación de la madre. Y que como consecuencia no buscada de ello, se produce la destrucción del hijo. Porque el derecho a la vida es más importante que el de seguir siendo fértil. Me parece que este aspecto queda mucho más evidente en el punto siguiente, el 48, donde los obispos americanos afirman simple y rotundamente:

“En el caso de embarazo ectópico no es moral ninguna intervención que suponga un aborto directo.”

Y para entender qué significa aborto directo, hacen, de nuevo, referencia al punto 45, que lo prohíbe claramente. La clave está en comprender la diferencia entre un aborto directo y uno indirecto. Porque en el embarazo ectópico estamos ante un feto no viable (en casi un 100% de los casos). Y la Iglesia insiste en que no es moral intentar deliberadamente acabar directamente con él. Es necesario comprender qué significa la dignidad humana, y el respeto que merece su vida, aunque esté enferma, desde el mismo momento de su comienzo, para entender la razón por la que hay que dejar al embrión ectópico que muera cuando le corresponda (en muchos casos, absorbido por la madre) y no destruirlo preventivamente. Lo cual implica estar pendiente de intervenir si el embrión rompe las trompas. Por el contrario, la indicación del uso del metotrexato como práctica recomendada, lo que busca es destruir el ADN del embrión, impidiendo de ese modo la multiplicación de sus células antes de que llegue a ser potencialmente peligroso para la madre. Y eso es un aborto directo. Que la Iglesia (y la moral natural) condenan.