La Santa Sede ha aprobado este jueves la revisión y actualización de la normativa aprobada en 2001, que hace frente a los casos de pederastia cometidos por sacerdotes. Tras esta revisión, la nueva normativa entra a formar parte del derecho canónico por el que se rige la Iglesia.
 
Una de las principales novedades que introduce esta revisión es la ampliación del período de tiempo del que dispone una persona para interponer una denuncia canónica por abusos sexuales contra un sacerdote, desde que cumple la mayoría de edad.
 
Hasta hoy, este periodo era de 10 años, es decir, los 28 años suponían el tope máximo para poder denunciar los abusos. La Santa Sede siempre ha sido consciente de que este periodo era insuficiente y ya antes de la nueva normativa aceptó algunas denuncias que habían «caducado« según este criterio.
 
Ahora, de forma oficial, se amplia el periodo de 10 a 20 años para poder interponer estas denuncias desde que se cumple la mayoría de edad.
 
Por otro lado, la nueva normativa establece que la posesión o distribución de material pornográfico que tenga por objeto a menores por parte de sacerdotes supone un delito tan grave como los abusos sexuales y es castigado con la reducción del religioso al estado laico, sin necesidad de un juicio, cuando las pruebas sean "muy graves y claras".
 
Asimismo, la revisión incluye la equiparación del abuso sexual de sacerdotes sobre discapacitados con el abuso a menores. De hecho, la palabra menores incluye, a efectos de derecho canónico, tanto a los menores de edad como a las personas que sufren una discapacidad psíquica permanente.
 
Por último, la nueva normativa establece de manera clara y precisa que «el intento de ordenar a una mujer como sacerdote» constituye uno de los «más graves crímenes» contra la legislación canónica.
 
Por su parte, el portavoz de la Santa Sede, el padre Federico Lombardi, señala en una nota que entre las novedades «hay que subrayar ante todo las que tienen como fin que los procedimientos sean más rápidos, así como la posibilidad de no seguir "el camino procesal judicial", sino proceder "por decreto extrajudicial", o la de presentar al Santo Padre, en circunstancias particulares, los casos más graves en vista de la dimisión del estado clerical».
 
Según Lombardi, «la publicación de estas normas supone una gran contribución a la claridad y a la certeza del derecho en un campo en el que la Iglesia en estos momentos está muy decidida a actuar con rigor y con transparencia, para responder plenamente a las justas expectativas de tutela de la coherencia moral y de la santidad evangélica que los fieles y la opinión pública nutren hacia ella, y que el Santo Padre ha reafirmado constantemente».
 
«Naturalmente, también son necesarias otras muchas medidas e iniciativas, por parte de diversas instancias eclesiásticas. La Congregación para la Doctrina de la Fe, por su parte, está estudiando cómo ayudar a los episcopados de todo el mundo a formular y poner en práctica con coherencia y eficacia las indicaciones y directrices necesarias para afrontar el problema de los abusos sexuales de menores por parte de miembros del clero o en el ámbito de actividades o instituciones relacionadas con la Iglesia, teniendo en cuenta la situación y los problemas de la sociedad en que trabajan», añade.
 
Finalmente señala que este «doloroso caso de la crisis debida a los abusos sexuales por parte de miembros del clero» será «un paso crucial en el camino de la Iglesia que deberá traducirlas en praxis permanente y ser siempre consciente de ellas».