El Pleno del Senado aprobó este miércoles la prohibición del uso del «burka» y el hyjab» islámicos en «espacios o acontecimientos públicos que no tengan una finalidad estrictamente religiosa», y que obstaculicen así la identificación y la comunicación visual.
El Senado aprobó esta prohibición con 131 votos a favor, 129 en contra y ninguna abstención, la moción presentada por el Grupo Popular para pedir al Gobierno que prohiba el velo integral en los espacios públicos, gracias al apoyo de UPN y CiU.
En concreto, por la moción el Senado «insta al Gobierno a realizar las reformas legales y reglamentarias necesarias para prohibir el uso en espacios o acontecimientos públicos que no tengan una finalidad estrictamente religiosa, de vestimentas o accesorios en el atuendo que provoquen que el rostro quede completamente cubierto y dificulten así la identificación y la comunicación visual, al suponer esta práctica una discriminación contraria a la dignidad de las personas y lesiona la igualdad real y efectiva de los hombres y las mujeres».
En cuanto a la forma en que se podría materializar esta prohibición del velo integral, Sánchez Camacho planteó en su intervención incorporarlo al Reglamento de la Ley de Igualdad, extremo en el que coincidió con Candini, quien declaró a los medios de comunicación su intención de plantear esta medida por escrito la próxima semana. No obstante, la moción no matiza nada al respecto.
Sobre el ámbito de aplicación de la prohibición, la moción señala que no se podrá llevar velo integral en los «espacios públicos», lo que según explicó Sánchez Camacho en rueda de prensa posterior «es mucho más amplio que lo aprobado en los ayuntamientos» porque incluye todos los espacios, «entre los que están las vías públicas y las calles» de todos los pueblos y ciudades españolas.
En España no existe legislación sobre el uso de los velos islámicos en los espacios públicos y las formaciones políticas han intensificado el debate sobre la conveniencia de aprobarla.
El «burka» es una túnica que tapa a la mujer completamente, de pies a cabeza, y que tiene una rejilla a la altura de los ojos para permitir la visión, y el «niqab» es un velo que sólo deja los ojos al descubierto.
En las últimas semanas varias ciudades de la región de Cataluña (noreste) han prohibido ya el uso de estas prendas en los recintos municipales, como Barcelona, Lérida, El Vendrell y Reus.
Hace unos meses el juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez expulsó de la sala a una testigo que se negó a levantarse el «burka» para declarar en una vista, después de explicarle que en los tribunales españoles es obligatorio declarar con el rostro descubierto. Cinco días después declaró mostrando la cara.
En abril, un instituto público de Madrid prohibió asistir a clase a Najwa, una alumna que usaba el pañuelo «hiyab», y que finalmente se trasladó a otro centro donde sí se le permite llevar esa prenda.