(F. Carrasco/Abc) Por vez primera un asunto entre una hermandad y la parroquia donde radica será dirimida por un tribunal ajeno a la Iglesia. En concreto se trata del enfrentamiento que desde el año 2006 mantienen la Hermandad de Nuestra Señora de la Asunción de Cantillana y el párroco de la parroquia del mismo nombre, donde radica la corporación, por la propiedad de unos ángeles lampadarios que se llevaron a restaurar por parte de la cofradía y que el párroco reclama como suyos. Este enfrentamiento desembocó en una denuncia interpuesta por el propio párroco contra la Hermandad, hecho por el que tuvo que intervenir el Arzobispado que, esta pasada Cuaresma, propuso la creación de un árbitro que no fuese de la Iglesia para dilucidar la cuestión. Ahora, el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Diócesis, ha remitido un escrito, tanto a la Hermandad de Nuestra Señora de la Asunción de Cantillana, como al párroco, en el que señala que el propio Arzobispado, «dado que ambos letrados -los de las dos partes litigantes- han acogido muy favorablemente este instrumento jurídico», ha dado trámite «para la realización del mismo, según los dispuesto por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre -Ley de Arbitraje- y la legislación canónica recurrente». Igualmente, el Arzobispado justifica en el escrito que, lejos de ser una «cesión» de jurisdicción, «sigue estrictamente el espíritu de ordenamiento canónico», recordando Francisco Román Castro, director del Departamento de Asuntos Jurídicos, que el canon 1.446, parágrafo 1 del Código de Derecho Canónico, establece que «todos los fieles, y en primer lugar los Obispos, han de procurar con diligencia que, sin perjuicio de la justicia, se eviten en lo posible los litigios en el pueblo de Dios y se arreglen pacíficamente cuanto antes». Asimismo, Román Castro precisa que el canon 1.713 señala que «para evitar los litigios judiciales, es útil emplear la transacción o reconciliación, o someter la controversia al juicio de uno o varios árbitros». Primer caso civil El abogado de la Hermandad de Nuestra Señora de la Asunción, Joaquín Moeckel, señaló a ABC de Sevilla que esta decisión por parte del Arzobispado se da entrada, por vez primera, a un tribunal de arbitraje ajeno a la Iglesia, con todo lo que ello supone. A partir de ahora, los abogados de cada parte -hermandad y párroco- propondrán un árbitro y la Diócesis un dirimente. Igualmente, según precisó Moeckel, hay que dilucidar ahora qué es lo que va a ser materia de arbitraje -que no es otra que la propiedad de los ángeles lampadarios-, y si va a ser un arbitraje en derecho o equidad. Resueltas todas estas cuestiones, entre los tres árbitros «se tendrán que poner de acuerdo -abundó el letrado sevillano- y dictaminar lo que se denomina un «Laudo arbitral», equivalente a una sentencia judicial». Como ya informó ABC de Sevilla en la pasada Cuaresma, concretamente el día 21 de febrero, Joaquín Moeckel es partidario de designar a un catedrático de reconocido prestigio en la disciplina de Derecho Civil, «ya que se trata de un asunto de propiedad y/o posesión, y al remitir el Derecho Canónico al Código Civil, es el Derecho Común el que debe dar respuesta». Moeckel fue de la opinión de que esta pionera medida podría haber solventado otras cuestiones anteriores. «Es una pena que el arbitraje no se haya llevado a cabo antes en otras cuestiones que atañen a las cofradías», recordando, en el caso de las cofradías de la capital, los litigios surgidos con las nazarenas, la creación de nuevas hermandades, el cambio de día de la Hermandad de la Resurrección o cuestiones que seguirán produciéndose, «como la ampliación de la Carrera Oficial, sin ir más lejos».