(Efe) Además, ha añadido que en caso de no prosperar este trámite, la Agencia interpondrá recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por considerar que se está vulnerando el derecho de las personas a proteger sus datos personales. El Tribunal Supremo anuló recientemente la sentencia de la Audiencia Nacional que consideraba los libros de bautismo ficheros de datos en los que se podían añadir anotaciones de cancelaciones de inscripción en la Iglesia católica, admitiendo así el recurso de casación que interpuso el Arzobispado de Valencia. La sentencia del Supremo declaró también nula, por no ser ajustada a derecho, una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos de 23 de mayo de 2006 que obligaba al arzobispado de Valencia a anotar en el libro de bautismo la solicitud de cancelación de dicha inscripción cuando así lo pidiera una persona.