El mismo día que Doctrina de la Fe ha presentado en el Vaticano el documento La Reina de la Paz sobre la devoción ligada a Medjugorje, el obispo de Mostar, Pétar Palic ha difundido su decreto episcopal sobre el asunto, dando libertad a fieles y sacerdotes de su diócesis para adherirse a esta espiritualidad, pero reconociendo la abundancia de frutos. 

Preguntado por periodistas en Roma el cardenal Fernández, prefecto de Doctrina de la Fe, dijo que "como se ha aprobado ya el culto público [a la Reina de la Paz], es posible construir un santuario; el visitador puede hablarlo con el obispo, no se ha decidido aún". No parece pues, lejano, que se pueda hablar de "santuario" y "peregrinos" y no meramente de fieles que acuden a una parroquia.

Copiamos el decreto completo del obispo traducido al español.

***

Decreto en relación a la experiencia espiritual relacionada con Medjugorje

– Considerando tanto la necesidad de concluir el discernimiento sobre los fenómenos vinculados a la devoción a María Reina de la Paz en Medjugorje, especialmente a la luz de la situación actual y de las decisiones ya tomadas en materia de orientación pastoral, como la necesidad de ofrecer algunas aclaraciones en este respecto;

– A la luz de las Normas para proceder en el discernimiento de supuestos fenómenos sobrenaturales, emitidas por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe el 17 de mayo de 2024;

– El Santo Padre Francisco ya ha tomado medidas para garantizar el acompañamiento espiritual de los fieles que deseen adherirse a esta propuesta espiritual;

– El Visitador Apostólico, que reside en el lugar, expresó una opinión muy positiva sobre el ambiente espiritual y las manifestaciones de devoción en Medjugorje;

– Acogiendo con obediencia filial la Nota La Reina de la Paz – sobre la experiencia espiritual vinculada a Medjugorje” , aprobada por el Santo Padre Francisco el 28 de agosto de 2024 y emitida por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe el 19 de septiembre de 2024, con lo que declara que, respecto de la experiencia espiritual citada, "se dan las condiciones para proceder a la determinación de un nihil obstat ";

– Recordando la valoración positiva y también las aclaraciones que la Nota citada expresa sobre los mensajes vinculados a la experiencia espiritual de Medjugorje, en particular el hecho de que el conjunto de mensajes atribuidos a la Reina de la Paz de Medjugorje posee un gran valor espiritual y expresa, en palabras diferentes, las constantes enseñanzas del Evangelio, poniendo siempre en el centro la confianza en Dios a través de la confianza plena en María, para ser instrumentos de paz;

– Conscientes de otros aspectos positivos y no secundarios de estos mensajes – bien recordados en la Nota citada – como:

- aquellos que sitúan la intercesión y la obra de María claramente subordinadas a Jesucristo, autor de la gracia y de la salvación en cada persona;
- aquellos que ofrecen una visión fuertemente teocéntrica de la vida espiritual e invitan al abandono confiado en Dios que es amor;
- las que se refieren a la importancia de pedir la ayuda del Espíritu Santo
- y a la necesidad de abandonar el estilo de vida mundano y el excesivo apego a los bienes terrenales con frecuentes llamados a la conversión, condiciones esenciales para obtener la verdadera paz en el mundo;
- los que nos instan a no subestimar la gravedad del mal y el pecado y a luchar contra el mal y la influencia de Satanás;
- quienes destacan que el compromiso cristiano fundamental es el de la oración, junto con la recomendación de un amor fraterno concreto, que acompaña, da, sirve, perdona, está cerca de los pobres,
- sin descuidar nunca la dimensión eclesial de la comunión con toda la Iglesia, con los Pastores y por tanto con el Santo Padre;

– Vista la abundancia de testimonios de fieles y pastores sobre los numerosos frutos positivos vinculados a la devoción a María "Reina de la Paz";

– Por último, teniendo en cuenta que este fenómeno trasciende ampliamente la diócesis de Mostar-Duvno hasta el punto de que la devoción se ha extendido por todo el mundo;

DECRETO

– que nihil obstat «apreciar el valor pastoral y […] promover también la difusión de esta propuesta espiritual, también a través de posibles peregrinaciones» ( Normas , n. 17);

– que, en referencia a la devoción a María “Reina de la Paz”, los fieles «están autorizados a darle su adhesión de manera prudente» ( Normas , art. 22, §1: cf. Benedicto XVI, Verbum Domini , n. . 14), aunque esto no implica una declaración del carácter sobrenatural del fenómeno en cuestión (cf. Normas , art. 22, §2), recordando que los fieles no están obligados a creer en él;

– que los sacerdotes de esta Diócesis, aceptando y respetando la decisión de la Iglesia, son libres de adherirse o no a esta propuesta espiritual;

– que el Visitador Apostólico sea respetado y obedecido en las decisiones que tomará ante las situaciones que se presenten.

Dada la amplia difusión de la devoción a María "Reina de la Paz" en todo el mundo, sin perjuicio de la facultad de cada Obispo Diocesano de decidir al respecto según el art. 7, §3 de las Reglas para proceder al discernimiento de supuestos fenómenos sobrenaturales, dispongo que este decreto se dé a conocer el 19 de septiembre de 2024.

Se enviará una copia del decreto al Dicasterio para la Doctrina de la Fe y otra a la Presidencia de la Conferencia Episcopal de Bosnia y Herzegovina.

Mostar, 19 de septiembre de 2024.

Don Stipe Gale
Canciller

✠ Petar Palić
Obispo